III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Comunidad Autónoma de Andalucía. Convenio. (BOE-A-2021-15936)
Resolución de 20 de septiembre de 2021, del Consorcio Centro Nacional de Investigación sobre la Evolución Humana, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Granada, para el desarrollo de un programa de cooperación educativa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 234

Jueves 30 de septiembre de 2021

Sec. III. Pág. 120487

del CENIEH: protecciondedatos@cenieh.es; Delegado de Protección de Datos de la
UGR delegadapd@ugr.es).
El UGR expresamente manifiesta y garantiza que ha obtenido el correspondiente
consentimiento inequívoco de cada uno de los titulares de los datos de carácter
personal, para poder comunicar sus datos para llevar a cabo la tramitación de las
prácticas individuales y para el correcto desarrollo del contenido de la formación práctica
que se concretará en los mismos y, en su caso, para realizar la correspondiente
evaluación. De igual forma, el CENIEH manifiesta y garantiza que los datos de carácter
personal que le sean cedidos, sólo serán usados para los fines antes descritos.
Cuando la ejecución de este Convenio implique el acceso por parte de la persona en
prácticas a información confidencial y datos de carácter personal de los que sea
responsable el CENIEH, aquél deberá seguir las políticas de protección de datos,
instrucciones y medidas de seguridad del centro que le será entregada cuando se
incorpore, además de guardar secreto respecto al resto de la información que puedan
conocer como consecuencia de la realización de las mismas.
Decimocuarta. Titularidad de los resultados.
Las partes se comprometen a cumplir la legislación vigente en materia de propiedad
intelectual y titularidad de los resultados que se puedan conseguir en ejecución de las
actividades objeto de este Convenio.
Decimoquinta.

Confidencialidad.

El estudiante en prácticas asumirá la obligación de guardar el secreto profesional
sobre cualquier información interna del CENIEH a la que tenga acceso durante su
estancia y una vez finalizada ésta. El CENIEH podrá solicitar la firma de un acuerdo de
confidencialidad al estudiante en prácticas.
Decimosexta. Vigencia y régimen de modificación del Convenio.

Decimoséptima. Extinción y causas de resolución.
El Convenio quedará extinguido por el cumplimiento de las actuaciones que
constituyen su objeto o por incurrir en causa de resolución.
Son causas de resolución del presente Convenio:
a) El transcurso del plazo de vigencia del Convenio sin haberse acordado la
prórroga del mismo.
b) El acuerdo unánime de las partes.

cve: BOE-A-2021-15936
Verificable en https://www.boe.es

El Convenio surtirá efectos según lo establecido en el artículo 48.8 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público una vez inscrito
en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector
público estatal, al que se refiere la disposición adicional séptima de la citada ley, y
publicado en el «Boletín Oficial del Estado».
El Convenio entrará en vigor tras la inscripción y publicación mencionadas en el
párrafo anterior y su duración será de cuatro años, prorrogable por acuerdo unánime de
los firmantes, por un período adicional de hasta cuatro años más mediante una adenda
de prórroga al Convenio, manifestada con dos meses de antelación a la finalización del
plazo de vigencia. Asimismo, el Convenio podrá revisarse en cualquier momento a
requerimiento de alguna de las partes y, en su caso, modificarse por acuerdo expreso de
ambas partes mediante una adenda de modificación al mismo.
La modificación del contenido del Convenio requerirá acuerdo unánime de los
firmantes y entrarán en vigor en el momento de su inscripción en el Registro de
Convenios y publicación en el BOE, y los documentos acreditativos de tales variaciones
serán anexados a este Convenio como partes integrantes del mismo.