III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2021-15928)
Resolución de 17 de septiembre de 2021, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Concesión administrativa de la parcela Área Comercial Portuaria puerto de Granadilla, para instalación de astillero en Granadilla de Abona (Tenerife)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 30 de septiembre de 2021

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municipal correspondiente, sin que puedan perjudicar el adecuado funcionamiento de la
futura EDARI prevista en el ámbito.
Para analizar la posible contaminación derivada del funcionamiento del proyecto, el
promotor indica, en la adenda al documento ambiental, el establecimiento de dos puntos
de control, un primer punto en la zona del dique y el segundo, correspondiente al punto
de control en la zona A del puerto. Los parámetros de control propuestos para vigilar la
calidad del agua son: pH; temperatura; % saturación de oxígeno; turbidez; salinidad;
conductividad; sólidos en suspensión y disueltos; DBO5 y DQO; nitrógeno total; fósforo
total; aceites y grasas; hidrocarburos; fenoles; plomo; cadmio; mercurio; arsénico; cromo
VI. La frecuencia propuesta de muestreo es semestral. Los parámetros de control
propuestos para vigilar la calidad de los sedimentos son: COT, DBO5 y DQO; nitrógeno
total; fósforo total; plomo; cadmio; mercurio; arsénico; cromo VI. La frecuencia propuesta
de muestreo es anual.
De acuerdo a lo indicado por el Consejo Insular de Aguas de Tenerife, también se
deberá tomar un blanco fuera del puerto para analizar la posible contaminación derivada
de la actividad. Los citados informes de seguimiento periódico de la calidad del agua y
de los sedimentos marinos bajo el dique flotante se deberán remitir, además de al citado
organismo de cuenca, a la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife para su
integración en el marco del seguimiento global de la calidad de las aguas del puerto de
Granadilla. La remisión de la información se deberá realizar en el tiempo y la forma
determinados por la planificación hidrológica insular. Para realizar un control adecuado y
efectivo de la calidad del agua y de los sedimentos marinos durante el funcionamiento
del proyecto, los puntos de muestreo así como la periodicidad y la duración de los
controles deberán ser revisados y acordados por el promotor con el Consejo Insular de
Aguas de Tenerife.
Tal y como indica la Dirección General de Salud Pública del Gobierno de Canarias
uno de los riesgos que en mayor medida podrían afectar a la población es el de los
vertidos al medio marino. Según indica la citada administración, en el ámbito de
actuación del proyecto y en la dirección favorable de las corrientes marinas se
encuentran playas de gran afluencia: El Medio, el Tanque de Vidrio, la Rajita, la Jaquita,
el Salado, el Cabezo, el Médano, Leocadio Machado o Montaña Roja.
Para evitar la posible contaminación de zonas de baño tanto por el incremento de la
turbidez como por la presencia de sustancias nocivas, el promotor deberá llevar a cabo
los controles periódicos adicionales necesarios que permitan hacer un seguimiento
adecuado de la calidad de las aguas de estas zonas. Los puntos de muestreo concretos
así como la periodicidad y la duración de los controles deberán ser acordados por el
promotor con la autoridad competente.
c).2 Materiales y residuos. El promotor indica en el documento ambiental del
proyecto la necesidad de unos 100.000 m3 de material para la ejecución de la explanada
terrestre. Según indica el promotor, el material utilizado para estos rellenos será el
autorizado por la Autoridad Portuaria, material de las excavaciones del polígono
industrial de Granadilla, canteras autorizadas o material de las excavaciones de otras
obras con la autorización correspondiente. El Observatorio Ambiental de Granadilla
(OAG) indica en su informe la problemática observada con anterioridad en referencia a
los puntos de préstamo de materiales ajenos al polígono industrial de Granadilla. Por
este motivo, el OAG comprobará, de forma exhaustiva y como viene haciendo hasta
ahora, el origen autorizado de estos suministros de materiales externos. Adicionalmente,
se considera necesario que el promotor acuerde con el citado OAG el origen de estos
materiales de forma previa al inicio de las obras.
De acuerdo a lo indicado por el Observatorio Ambiental de Granadilla (OAG), los
materiales para la construcción de las dos edificaciones deben respetar los criterios de
adecuación cromática recogidos en el Plan de Vigilancia Ambiental en fase operativa del
puerto de Granadilla.
El promotor indica en el documento ambiental que durante el funcionamiento del
dique flotante se prevé la retirada y posterior eliminación a través de empresas

cve: BOE-A-2021-15928
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 234