I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. (BOE-A-2021-15861)
Orden HFP/1031/2021, de 29 de septiembre, por la que se establece el procedimiento y formato de la información a proporcionar por las Entidades del Sector Público Estatal, Autonómico y Local para el seguimiento del cumplimiento de hitos y objetivos y de ejecución presupuestaria y contable de las medidas de los componentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 234
Jueves 30 de septiembre de 2021
Sec. I. Pág. 119885
3. Las Entidades ejecutoras actualizarán la información sobre los proyectos,
subproyectos o/y líneas de acción de forma continua y permanente a través del sistema
de información de gestión y seguimiento del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia de acuerdo con los criterios establecidos por la Autoridad Responsable.
Igualmente, deberán disponer de los sistemas de control interno que garanticen la
validez y fiabilidad de los datos facilitados y su trazabilidad.
Sección 2.ª
Información de ejecución contable
Artículo 5. Contenido de la información de ejecución contable.
El contenido a remitir sobre el seguimiento de la ejecución contable de los recursos
imputados a los proyectos, subproyectos y actuaciones que conforman las diferentes
medidas del ámbito indicado en el apartado 1 del artículo 2 comprenderá:
1. Para las entidades con presupuesto limitativo, todas las operaciones contables
del ejercicio corriente y de ejercicios posteriores que se hayan registrado en el sistema
de información contable que afecten a dichos proyectos, subproyectos y actuaciones, a
partir del ejercicio 2020, desde 1 de febrero.
2. Para las entidades con presupuesto estimativo, todas las operaciones
devengadas registradas en contabilidad y los compromisos para ejercicios posteriores
que afecten a dichos proyectos, subproyectos y actuaciones, a partir del ejercicio 2020,
desde 1 de febrero.
a) Identificación de la Administración y de la entidad pública ejecutora.
b) Para las entidades con presupuesto limitativo: ejercicio contable y fase de la
operación contable; y para las entidades con presupuesto estimativo: ejercicio contable
en el que se devenga el gasto.
c) Número de operación con el que se haya asentado en el sistema de información
contable, importe íntegro de la operación y fecha contable.
d) Identificación del tercero de la operación contable.
e) Para las entidades con presupuesto limitativo: detalle del importe de la operación
por capítulos y, en caso de que se trate de una operación que comprenda ejercicios
posteriores, por anualidades; y para las entidades con presupuesto estimativo: Detalle
del importe de la operación por tipo de gasto o inversión de acuerdo con el Plan de
Contabilidad aplicable y, en el caso de compromisos para ejercicios posteriores, por
anualidades conforme a la previsión de los devengos.
f) Identificación de la actuación del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia, en el marco del CID, a la que la operación contribuye. La vinculación de la
operación contable con el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia se
establecerá a nivel de actuación.
g) Para los proyectos y subproyectos financiados en el marco del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia, identificación de la convocatoria de la Base
de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS) o del contrato en la Plataforma de
Contratación del Sector Público (PLACSP), en los términos indicados en el anexo de
esta orden.
h) Identificación de otras fuentes de financiación ajenas al Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia con el detalle del importe por cada una de ellas.
Artículo 6.
Procedimiento y formato de envío de información contable.
1. El sistema de información de gestión y seguimiento del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia facilitará a las entidades públicas ejecutoras dos vías para
cve: BOE-A-2021-15861
Verificable en https://www.boe.es
En ambos casos con el detalle que se establece a continuación, bajo las
especificaciones que se indican al referirse al formato de la información a remitir:
Núm. 234
Jueves 30 de septiembre de 2021
Sec. I. Pág. 119885
3. Las Entidades ejecutoras actualizarán la información sobre los proyectos,
subproyectos o/y líneas de acción de forma continua y permanente a través del sistema
de información de gestión y seguimiento del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia de acuerdo con los criterios establecidos por la Autoridad Responsable.
Igualmente, deberán disponer de los sistemas de control interno que garanticen la
validez y fiabilidad de los datos facilitados y su trazabilidad.
Sección 2.ª
Información de ejecución contable
Artículo 5. Contenido de la información de ejecución contable.
El contenido a remitir sobre el seguimiento de la ejecución contable de los recursos
imputados a los proyectos, subproyectos y actuaciones que conforman las diferentes
medidas del ámbito indicado en el apartado 1 del artículo 2 comprenderá:
1. Para las entidades con presupuesto limitativo, todas las operaciones contables
del ejercicio corriente y de ejercicios posteriores que se hayan registrado en el sistema
de información contable que afecten a dichos proyectos, subproyectos y actuaciones, a
partir del ejercicio 2020, desde 1 de febrero.
2. Para las entidades con presupuesto estimativo, todas las operaciones
devengadas registradas en contabilidad y los compromisos para ejercicios posteriores
que afecten a dichos proyectos, subproyectos y actuaciones, a partir del ejercicio 2020,
desde 1 de febrero.
a) Identificación de la Administración y de la entidad pública ejecutora.
b) Para las entidades con presupuesto limitativo: ejercicio contable y fase de la
operación contable; y para las entidades con presupuesto estimativo: ejercicio contable
en el que se devenga el gasto.
c) Número de operación con el que se haya asentado en el sistema de información
contable, importe íntegro de la operación y fecha contable.
d) Identificación del tercero de la operación contable.
e) Para las entidades con presupuesto limitativo: detalle del importe de la operación
por capítulos y, en caso de que se trate de una operación que comprenda ejercicios
posteriores, por anualidades; y para las entidades con presupuesto estimativo: Detalle
del importe de la operación por tipo de gasto o inversión de acuerdo con el Plan de
Contabilidad aplicable y, en el caso de compromisos para ejercicios posteriores, por
anualidades conforme a la previsión de los devengos.
f) Identificación de la actuación del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia, en el marco del CID, a la que la operación contribuye. La vinculación de la
operación contable con el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia se
establecerá a nivel de actuación.
g) Para los proyectos y subproyectos financiados en el marco del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia, identificación de la convocatoria de la Base
de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS) o del contrato en la Plataforma de
Contratación del Sector Público (PLACSP), en los términos indicados en el anexo de
esta orden.
h) Identificación de otras fuentes de financiación ajenas al Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia con el detalle del importe por cada una de ellas.
Artículo 6.
Procedimiento y formato de envío de información contable.
1. El sistema de información de gestión y seguimiento del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia facilitará a las entidades públicas ejecutoras dos vías para
cve: BOE-A-2021-15861
Verificable en https://www.boe.es
En ambos casos con el detalle que se establece a continuación, bajo las
especificaciones que se indican al referirse al formato de la información a remitir: