I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. (BOE-A-2021-15861)
Orden HFP/1031/2021, de 29 de septiembre, por la que se establece el procedimiento y formato de la información a proporcionar por las Entidades del Sector Público Estatal, Autonómico y Local para el seguimiento del cumplimiento de hitos y objetivos y de ejecución presupuestaria y contable de las medidas de los componentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 234
Jueves 30 de septiembre de 2021
Sec. I. Pág. 119884
m) Órgano gestor: Órgano que en el ámbito de la entidad ejecutora es responsable
de la elaboración, firma y tramitación del Informe de Gestión del Proyecto o Subproyecto.
En los casos en los que exista coste asociado, en el ámbito de los departamentos
ministeriales y entidades de la AGE, el Órgano gestor será la unidad que tiene el
presupuesto asignado; en el ámbito de las Administraciones Autonómica, el titular del
órgano que desempeñe funciones análogas a las de Subsecretario en la correspondiente
Consejería o equivalente. En el caso de las Entidades Locales y resto de participantes, el
Secretario o cargo que desempeñe funciones análogas certificará el resultado que recoja
el informe de gestión conforme a la documentación administrativa y contable relativa al
subproyecto ejecutado por las correspondientes áreas o concejalías de la entidad local.
n) Informe de Gestión: Documento elaborado y firmado, según sea el ámbito, por el
órgano gestor de una entidad ejecutora para el proyecto o el subproyecto o por el órgano
responsable de la medida o el órgano responsable del componente de una entidad
decisora por el que el firmante se hace responsable de la información que consta en el
mismo en relación con la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia. Dicho documento acredita el estado de situación en cada ámbito
(Componente, medida, proyecto o subproyecto) en relación con los correspondientes
Hitos y Objetivos y con el resto de requerimientos del Reglamento de Recuperación y
Resiliencia, así como de la información contable sobre el gasto en que se ha incurrido.
Sección 1.ª
Artículo 4.
Información de seguimiento de proyectos
Seguimiento de proyectos, subproyectos o líneas de acción.
a) Componente al que pertenecen.
b) Reforma o inversión en la que se encuadra.
c) Entidad decisora.
d) Entidad ejecutora.
e) Órgano gestor del proyecto o del subproyecto.
f) El código identificativo único del proyecto, subproyecto o línea de acción
asignado por el sistema de información de gestión y seguimiento.
g) La fuente o fuentes de financiación.
h) Los hitos u objetivos que determinan el cumplimiento del proyecto o línea de
acción.
i) Los indicadores conforme con el mecanismo de verificación definido en el CID, a
través de los que se mide el grado de cumplimiento de los hitos u objetivos y el modo en
que cada uno de esos indicadores contribuye a un indicador de la medida en la que se
integra. La aportación de la medición del indicador a efectos del seguimiento del nivel de
cumplimiento de los hitos u objetivos se efectuará al último nivel de descomposición de
cada proyecto.
j) Las partidas presupuestarias de la entidad ejecutora a través de las que se
financia el proyecto, subproyecto o actuación.
k) Una descripción breve de la finalidad que se pretende alcanzar con el proyecto,
subproyecto o línea de acción.
l) Las fechas de inicio y finalización.
m) Coste estimado.
n) Otra información relevante del proyecto, subproyecto o línea de acción.
cve: BOE-A-2021-15861
Verificable en https://www.boe.es
1. Las entidades ejecutoras de las acciones del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia definirán, en coordinación con las entidades decisoras, los
proyectos o líneas de acción a través de los que se desarrollarán e instrumentarán las
reformas o inversiones en la parte que corresponda a cada entidad ejecutora.
2. Los proyectos, subproyectos o líneas de acción del ámbito indicado en el
apartado 1 del artículo 2 estarán caracterizados, al menos, por:
Núm. 234
Jueves 30 de septiembre de 2021
Sec. I. Pág. 119884
m) Órgano gestor: Órgano que en el ámbito de la entidad ejecutora es responsable
de la elaboración, firma y tramitación del Informe de Gestión del Proyecto o Subproyecto.
En los casos en los que exista coste asociado, en el ámbito de los departamentos
ministeriales y entidades de la AGE, el Órgano gestor será la unidad que tiene el
presupuesto asignado; en el ámbito de las Administraciones Autonómica, el titular del
órgano que desempeñe funciones análogas a las de Subsecretario en la correspondiente
Consejería o equivalente. En el caso de las Entidades Locales y resto de participantes, el
Secretario o cargo que desempeñe funciones análogas certificará el resultado que recoja
el informe de gestión conforme a la documentación administrativa y contable relativa al
subproyecto ejecutado por las correspondientes áreas o concejalías de la entidad local.
n) Informe de Gestión: Documento elaborado y firmado, según sea el ámbito, por el
órgano gestor de una entidad ejecutora para el proyecto o el subproyecto o por el órgano
responsable de la medida o el órgano responsable del componente de una entidad
decisora por el que el firmante se hace responsable de la información que consta en el
mismo en relación con la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia. Dicho documento acredita el estado de situación en cada ámbito
(Componente, medida, proyecto o subproyecto) en relación con los correspondientes
Hitos y Objetivos y con el resto de requerimientos del Reglamento de Recuperación y
Resiliencia, así como de la información contable sobre el gasto en que se ha incurrido.
Sección 1.ª
Artículo 4.
Información de seguimiento de proyectos
Seguimiento de proyectos, subproyectos o líneas de acción.
a) Componente al que pertenecen.
b) Reforma o inversión en la que se encuadra.
c) Entidad decisora.
d) Entidad ejecutora.
e) Órgano gestor del proyecto o del subproyecto.
f) El código identificativo único del proyecto, subproyecto o línea de acción
asignado por el sistema de información de gestión y seguimiento.
g) La fuente o fuentes de financiación.
h) Los hitos u objetivos que determinan el cumplimiento del proyecto o línea de
acción.
i) Los indicadores conforme con el mecanismo de verificación definido en el CID, a
través de los que se mide el grado de cumplimiento de los hitos u objetivos y el modo en
que cada uno de esos indicadores contribuye a un indicador de la medida en la que se
integra. La aportación de la medición del indicador a efectos del seguimiento del nivel de
cumplimiento de los hitos u objetivos se efectuará al último nivel de descomposición de
cada proyecto.
j) Las partidas presupuestarias de la entidad ejecutora a través de las que se
financia el proyecto, subproyecto o actuación.
k) Una descripción breve de la finalidad que se pretende alcanzar con el proyecto,
subproyecto o línea de acción.
l) Las fechas de inicio y finalización.
m) Coste estimado.
n) Otra información relevante del proyecto, subproyecto o línea de acción.
cve: BOE-A-2021-15861
Verificable en https://www.boe.es
1. Las entidades ejecutoras de las acciones del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia definirán, en coordinación con las entidades decisoras, los
proyectos o líneas de acción a través de los que se desarrollarán e instrumentarán las
reformas o inversiones en la parte que corresponda a cada entidad ejecutora.
2. Los proyectos, subproyectos o líneas de acción del ámbito indicado en el
apartado 1 del artículo 2 estarán caracterizados, al menos, por: