I. Disposiciones generales. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Sistema gasista. (BOE-A-2021-15779)
Resolución de 26 de septiembre de 2021, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se aprueba el Plan de actuación invernal para la operación del sistema gasista.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 29 de septiembre de 2021

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julio de 2009, sobre normas comunes para el mercado interior de la electricidad y del gas
natural, el Ministerio mantiene la competencia para aprobar la normativa necesaria «para
garantizar el necesario nivel de suministro de gas natural del sistema a corto y medio
plazo» (artículo 5.7 por el que se modifica el artículo 65 de la Ley 34/1998, de 7 de
octubre).
Conforme a lo anterior, el GTS, mediante escrito de fecha 14 de julio de 2021,
presentó una propuesta de Plan de actuación invernal para el período 2021-2022, que es
la base del presente plan, donde se determinan los volúmenes mínimos de gas natural
licuado (GNL) que los usuarios han de mantener durante el periodo comprendido entre
el 1 de noviembre y el 31 de marzo del año siguiente al objeto de minimizar el coste
social y económico de una situación excepcional de escasez de suministros, ante la
posibilidad de que el mercado no valore suficientemente las consecuencias de
acontecimientos que pudieran conducir a una situación sobrevenida de tensión en los
suministros e, incluso desabastecimiento, durante el invierno.
En la elaboración del presente Plan se ha tenido en cuenta que a final del mes de
agosto de 2021 los almacenamientos subterráneos contenían únicamente 24,890 TWh
de gas natural frente a los 31,693 TWh del mismo mes del año anterior (disminución
del 21,5 %), situación que se repite también a nivel europeo, donde los almacenamientos
se encuentran a niveles históricamente bajos. Por otra parte, el 20 de septiembre
de 2021 el gas natural con entrega al día siguiente cotizaba en el mercado nacional
a 71,5 €/MWh, cuando un año anterior lo hacía a 11,65 €/MWh. Dichas circunstancias,
bajos niveles de almacenamiento y altos precios en el mercado, son un reflejo de la
intranquilidad de los mercados internacionales y podrían anticipar una situación de
tensión en los suministros semejante a la vivida durante el mes de enero de 2021,
cuando el precio de referencia del gas natural con entrega para el día siguiente alcanzó
58,66 €/MWh en el mercado español MIBGAS.
En consecuencia, a la vista de las circunstancias anteriores, y de acuerdo con las
alegaciones presentadas por el GTS, se ha optado por incrementar en dos días
adicionales la obligación de mantenimiento de existencias que han de mantener los
usuarios en el periodo invernal, pasando de 3,5 a 5,5 días de la capacidad de entrada a
la red de transporte contratada de más de un día de duración. Al igual que en el Plan
anterior y atendiendo a su mayor disponibilidad, la totalidad de las existencias se
deberán mantener en forma de gas natural licuado (GNL), ya que las plantas de GNL no
tienen las limitaciones de capacidad de extracción que sufren los almacenamientos
subterráneos. Estas existencias se mantendrán exclusivamente mediante existencias
propias o arrendadas, ya sea en los propios tanques de las plantas de GNL o en barcos
próximos a descargar.
Al objeto de reducir el coste asociado al incremento de la obligación y facilitar su
cumplimiento, se ha incluido un calendario preestablecido para la constitución y
liberación de las reservas, de tal manera que solo será obligado mantener el 100% de la
reserva de 5,5 días durante el mes de enero, disminuyendo la cuantía de la obligación el
resto de los meses en función de la probabilidad de olas de frio. Por otra parte, se
mantiene la facultad del GTS para modificar el periodo de aplicación o establecer
condiciones menos restrictivas.
A pesar del aumento de la obligación máxima durante el mes de enero en relación al
plan vigente, el coste total soportado por el conjunto de usuarios para cumplir las nuevas
obligaciones es menor, concretamente de 10,4 millones € frente al coste de 11 millones €
del plan vigente, como consecuencia de la disminución de la obligación en el resto de los
meses. Este cálculo se ha realizado aplicando los precios actuales del mercado
mayorista español de gas natural (MIBGAS).
Por último, se exime del mantenimiento de existencias a los usuarios cuya obligación
sea inferior a 8 GWh (15 GWh en la resolución actual). Estos comercializadores en su
mayor parte se abastecen directamente en el Punto Virtual de Balance (PVB) y no
utilizan de manera habitual las instalaciones en las que se requiere constituir las
reservas, las plantas de GNL. Asimismo, esta medida favorece la liquidez del sistema

cve: BOE-A-2021-15779
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Núm. 233