III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Comunidad Autónoma de Andalucía. Convenio. (BOE-A-2021-15714)
Resolución 420/38356/2021, de 22 de septiembre, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Junta de Andalucía y el Ayuntamiento de Córdoba, para la constitución de un derecho de superficie a favor de Invied, O.A., sobre terrenos ubicados en el Parque Industrial "La Rinconada", Córdoba, para la instalación de la Base Logística "General de Ejército Javier Varela".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 232
Martes 28 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 118872
correspondiendo a su Director Gerente, entre otras competencias, celebrar Convenios de
Colaboración [artículo 16.j)].
Por lo expuesto, las partes acuerdan suscribir el presente convenio, de acuerdo con
las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto del convenio: constitución gratuita de un derecho de superficie.
1. La Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio, a través de
la AVRA y el Ayuntamiento se comprometen a constituir gratuitamente un derecho de
superficie sobre la parcela que se describe en la cláusula segunda con una superficie
aproximada de 85 hectáreas y un aprovechamiento máximo en un tanto por ciento a
determinar en el Plan Parcial en trámite, suficiente para llevar a cabo el Proyecto y sus
previsibles ampliaciones, del total del sector sobre la misma, por un plazo de setenta y cinco
años a favor del Instituto de Vivienda, Infraestructura y Equipamiento de la Defensa, en
adelante Invied O.A., para su posterior adscripción a la Defensa Nacional y para su uso por
el Ministerio de Defensa, al amparo de lo dispuesto en los artículos 72, 75.1.b), 76.b) y 77
de la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía una vez aprobada la modificación del
Plan Parcial del Parque Industrial «La Rinconada», tras la tramitación de los documentos
urbanísticos necesarios y la inclusión del inmueble en los distintos patrimonios públicos de
suelo, comprometiéndose dicho Departamento a destinarla a Base Logística «General de
Ejército Javier Varela» durante el citado plazo de setenta y cinco años.
En relación a este último aspecto, las partes se comprometen, en la medida que lo
permita la legislación entonces vigente, a renovar el derecho de superficie objeto de este
convenio, por un plazo de veinticinco años prorrogables por otros veinticinco años,
siempre que las necesidades militares del momento lo hagan aconsejable
2. Previamente, a fin de tramitar el correspondiente expediente de constitución del
derecho de superficie, el Ministerio de Defensa declarará de interés público para la
Defensa Nacional, de acuerdo con la normativa vigente, la instalación de la base
logística en los terrenos del Parque Logístico de «La Rinconada».
3. Por su propia naturaleza, una vez constituido el derecho de superficie no podrá
dejarse sin efecto unilateralmente por parte de las Administraciones autonómica o local
antes del transcurso del citado plazo de setenta y cinco años. En el título constitutivo del
derecho de superficie se hará constar, entre otras, esta circunstancia así como el plazo
para el inicio por parte del Ministerio de la ejecución de las obras de edificación.
1. La Base Logística del Ejército de Tierra se instalará en los terrenos del Parque
Industrial «La Rinconada» en Córdoba, en la parcela delimitada en el plano que, como
anexo, se acompaña a este convenio, formando parte inescindible del mismo.
2. Para delimitar la parcela, de aproximadamente 85 hectáreas, y con un
aprovechamiento máximo a determinar en el documento de modificación del Plan Parcial
del Sector, suficiente para llevar a cabo el Proyecto y sus previsibles ampliaciones sobre
el aprovechamiento total del sector, se ha iniciado, por parte de la Gerencia Municipal de
Urbanismo, la modificación del Plan Parcial del Polígono Industrial «La Rinconada», de
forma que la parcela destinada a base logística tendrá la siguiente descripción:
Parcela situada en Zona Este del Plan Parcial I-6 «Parque empresarial La
Rinconada» del PGOU de Córdoba, con una superficie aproximada de 85 hectáreas. Se
encuentra libre de edificaciones y sus límites son:
– Al Norte: con finca «La Rinconada Alta» en una longitud aproximada de 1.000
metros.
cve: BOE-A-2021-15714
Verificable en https://www.boe.es
Segunda. Delimitación de los terrenos para la ubicación de la Base Logística del
Ejército de Tierra.
Núm. 232
Martes 28 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 118872
correspondiendo a su Director Gerente, entre otras competencias, celebrar Convenios de
Colaboración [artículo 16.j)].
Por lo expuesto, las partes acuerdan suscribir el presente convenio, de acuerdo con
las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto del convenio: constitución gratuita de un derecho de superficie.
1. La Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio, a través de
la AVRA y el Ayuntamiento se comprometen a constituir gratuitamente un derecho de
superficie sobre la parcela que se describe en la cláusula segunda con una superficie
aproximada de 85 hectáreas y un aprovechamiento máximo en un tanto por ciento a
determinar en el Plan Parcial en trámite, suficiente para llevar a cabo el Proyecto y sus
previsibles ampliaciones, del total del sector sobre la misma, por un plazo de setenta y cinco
años a favor del Instituto de Vivienda, Infraestructura y Equipamiento de la Defensa, en
adelante Invied O.A., para su posterior adscripción a la Defensa Nacional y para su uso por
el Ministerio de Defensa, al amparo de lo dispuesto en los artículos 72, 75.1.b), 76.b) y 77
de la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía una vez aprobada la modificación del
Plan Parcial del Parque Industrial «La Rinconada», tras la tramitación de los documentos
urbanísticos necesarios y la inclusión del inmueble en los distintos patrimonios públicos de
suelo, comprometiéndose dicho Departamento a destinarla a Base Logística «General de
Ejército Javier Varela» durante el citado plazo de setenta y cinco años.
En relación a este último aspecto, las partes se comprometen, en la medida que lo
permita la legislación entonces vigente, a renovar el derecho de superficie objeto de este
convenio, por un plazo de veinticinco años prorrogables por otros veinticinco años,
siempre que las necesidades militares del momento lo hagan aconsejable
2. Previamente, a fin de tramitar el correspondiente expediente de constitución del
derecho de superficie, el Ministerio de Defensa declarará de interés público para la
Defensa Nacional, de acuerdo con la normativa vigente, la instalación de la base
logística en los terrenos del Parque Logístico de «La Rinconada».
3. Por su propia naturaleza, una vez constituido el derecho de superficie no podrá
dejarse sin efecto unilateralmente por parte de las Administraciones autonómica o local
antes del transcurso del citado plazo de setenta y cinco años. En el título constitutivo del
derecho de superficie se hará constar, entre otras, esta circunstancia así como el plazo
para el inicio por parte del Ministerio de la ejecución de las obras de edificación.
1. La Base Logística del Ejército de Tierra se instalará en los terrenos del Parque
Industrial «La Rinconada» en Córdoba, en la parcela delimitada en el plano que, como
anexo, se acompaña a este convenio, formando parte inescindible del mismo.
2. Para delimitar la parcela, de aproximadamente 85 hectáreas, y con un
aprovechamiento máximo a determinar en el documento de modificación del Plan Parcial
del Sector, suficiente para llevar a cabo el Proyecto y sus previsibles ampliaciones sobre
el aprovechamiento total del sector, se ha iniciado, por parte de la Gerencia Municipal de
Urbanismo, la modificación del Plan Parcial del Polígono Industrial «La Rinconada», de
forma que la parcela destinada a base logística tendrá la siguiente descripción:
Parcela situada en Zona Este del Plan Parcial I-6 «Parque empresarial La
Rinconada» del PGOU de Córdoba, con una superficie aproximada de 85 hectáreas. Se
encuentra libre de edificaciones y sus límites son:
– Al Norte: con finca «La Rinconada Alta» en una longitud aproximada de 1.000
metros.
cve: BOE-A-2021-15714
Verificable en https://www.boe.es
Segunda. Delimitación de los terrenos para la ubicación de la Base Logística del
Ejército de Tierra.