III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Subvenciones. (BOE-A-2021-15757)
Orden TED/1018/2021, de 20 de septiembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones de la Fundación Biodiversidad, F.S.P., para fomentar actuaciones dirigidas a la renaturalización y resiliencia de ciudades españolas, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y se aprueba la convocatoria correspondiente al año 2021.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 28 de septiembre de 2021

Sec. III. Pág. 119272

En materia de gestión del medio hídrico y riesgos asociados, igualmente derivados
de la normativa europea destacan los Planes hidrológicos de cuenca (PHC) y los Planes
de gestión del riesgo de inundación (PGRIs) de los que derivan un conjunto de medidas
integrados en los programas de medidas de estos planes, coordinados con las
previsiones del PNACC.
Todos estos planes y estrategias establecen la generación de conocimiento y la
investigación dentro de sus ámbitos como uno de los elementos fundamentales para la
implementación de medidas efectivas y consecución de objetivos.
El papel de la ciencia y el conocimiento es fundamental para contribuir a la
renaturalización de las ciudades. En esta línea, el objeto de la Ley 14/2011, de 1 de
junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, subraya que la promoción de la
investigación, el desarrollo experimental y la innovación son los elementos sobre los que
ha de asentarse un desarrollo sostenible. A su vez, la Estrategia Española de Ciencia,
Tecnología e Innovación 2021-2027, aprobada el 8 de septiembre de 2020, contempla
entre sus líneas estratégicas la exploración, análisis y prospectiva de la biodiversidad.
Además, los planes y estrategias mencionados responden a los compromisos
adquiridos por España en el ámbito internacional y comunitario en la aplicación de
convenios y convenciones y las decisiones aprobadas en las Conferencias de las Partes,
como son el Convenio relativo a los Humedales de Importancia Internacional,
especialmente como Hábitat de Aves Acuáticas, el Convenio de Naciones Unidas sobre
Diversidad Biológica, el Convenio sobre el Comercio Internacional de Especies
Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres, la Convención Marco de las Naciones Unidas
sobre el Cambio Climático, la Convención de las Naciones Unidas de Lucha contra la
Desertificación, el Convenio sobre la protección y utilización de los cursos de agua
transfronterizos y de los lagos internacionales, Convenio sobre el Agua o de Helsinki, el
Convenio para la protección del mar Mediterráneo contra la contaminación, el Convenio
sobre la protección del medio marino del Atlántico Nordeste o la Convención sobre la
Conservación de las Especies Migratorias.
Igualmente, cabe mencionar la Agenda Urbana Española, tomada en consideración
por el Consejo de ministros el 22 de febrero de 2019, que integra una visión sostenible
que compatibiliza la prosperidad económica, el aumento del bienestar social, la
reducción de la pobreza, el mejor aprovechamiento de los recursos naturales y
tecnológicos, la disminución de la contaminación, la mejora del medio ambiente y la
preservación de los valores culturales.
La Fundación Biodiversidad F.S.P (en adelante FB) es una fundación del sector
público estatal de las previstas en el artículo 84.1 e) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público, constituida en escritura pública de 22 de
diciembre de 1998 e inscrita en el Registro de Fundaciones de competencia estatal con
el número 1AGR.
La FB, de acuerdo con la Ley 40/2015, de 1 de octubre y a sus Estatutos, tiene como
objeto la realización de actividades de interés general relacionadas con las competencias
de su Ministerio de adscripción, el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto
Demográfico, en el ámbito de la conservación, el estudio y el uso sostenible de la
biodiversidad y el patrimonio natural, principalmente en sus aspectos ambientales,
sociales, económicos y culturales.
Cabe destacar entre sus objetivos el de fomentar la investigación y la capacitación
científica y actuar de foro de desarrollo y diseminación de información sobre sus líneas
de actuación (biodiversidad terrestre, biodiversidad marina y litoral, cambio climático y
calidad ambiental, economía y empleo verde y relaciones internacionales), así como
cuidar de los aspectos culturales, científicos, sociales, ambientales histórico artísticos,
antropológicos, etnológicos, sociológicos, económicos, jurídicos y de cualesquiera otros
relacionados con sus ámbitos de actuación.
La disposición adicional decimosexta de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones establece que las fundaciones del sector público únicamente
podrán conceder subvenciones cuando así se autorice a la correspondiente fundación de

cve: BOE-A-2021-15757
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Núm. 232