III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Subvenciones. (BOE-A-2021-15754)
Orden TED/1015/2021, de 20 de septiembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones de la Fundación Biodiversidad, F.S.P., para apoyar a los centros de rescate depositarios de especímenes vivos decomisados que contribuyan a la conservación de las especies amenazadas de fauna y flora silvestres por su comercio ilegal incluidas en el Convenio CITES, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y se aprueba la convocatoria correspondiente al año 2021.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 28 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 119175
El Estado dispone de las competencias ejecutivas y, en especial, las contempladas
en el Real Decreto 1333/2006, de 21 de noviembre, por el que se regula el destino de los
especímenes decomisados de las especies amenazadas de fauna y flora silvestres
protegidas mediante el control de su comercio. El Estado ostenta, en virtud del título
competencial antes señalado, las competencias ejecutivas sobre los centros de rescate
de especímenes CITES a los que se refiere este reglamento y a los que van dirigidas
estas ayudas.
La presente orden ministerial se adecúa a los principios de buena regulación
establecidos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y, en particular, a los principios
de necesidad y eficacia, justificada por una razón de interés general, como es el de la
conservación y restauración del patrimonio natural y de la biodiversidad española.
La presente orden ministerial se adecúa igualmente a los principios de eficiencia,
transparencia, seguridad jurídica y proporcionalidad, recogidos en el artículo 129 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre. En relación con los principios de eficiencia y
transparencia, la norma resulta el instrumento más indicado para los intereses que se
persiguen y quedan claros sus objetivos. Por último, en relación con los principios de
seguridad jurídica y proporcionalidad, esta norma es coherente con el ordenamiento
jurídico y contiene la regulación y obligaciones necesarias que exige la normativa sobre
subvenciones.
Asimismo, se ha consultado a las comunidades autónomas, y se ha realizado el
trámite de participación pública mediante la publicación del proyecto en la web del
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
Esta orden se estructura en dos capítulos, 39 artículos, una disposición adicional
única y tres disposiciones finales. En el primer capítulo se regulan las bases reguladoras
para apoyar a los centros de rescate depositarios de especímenes vivos decomisados
que contribuyan a la conservación de las especies amenazadas de fauna y flora
silvestres por su comercio ilegal incluidas en el Convenio CITES en el marco del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia, y en el segundo capítulo se regula la
convocatoria correspondiente a 2021 de dichas subvenciones.
En la tramitación de esta orden se ha recabado informe de la Abogacía General del
Estado y de la Intervención Delegada en el Ministerio para la Transición Ecológica y el
Reto Demográfico, todo ello conforme a lo previsto en el artículo 61.2 del Real Decretoley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la
modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia. Asimismo, esta orden ha sido informada en
la Conferencia Sectorial de Medio Ambiente celebrada el 15 de junio de 2021.
En virtud de todo lo expuesto, dispongo:
CAPÍTULO I
Bases reguladoras para la concesión de subvenciones de la Fundación
Biodiversidad F.S.P., para apoyar a los centros de rescate depositarios de
especímenes vivos decomisados que contribuyan a la conservación de las
especies amenazadas de fauna y flora silvestres por su comercio ilegal incluidas
en el Convenio CITES en el marco del Plan de Recuperación, Transformación
y Resiliencia
Artículo 1. Objeto y finalidad.
1. El objeto de esta orden es el establecimiento de las bases reguladoras de la
Fundación Biodiversidad F.S.P. (en adelante, FB) para la concesión de ayudas para la
financiación de proyectos de apoyo a los centros de rescate depositarios de
especímenes vivos decomisados incluidos en el convenio CITES, que contribuyan a la
cve: BOE-A-2021-15754
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 232
Martes 28 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 119175
El Estado dispone de las competencias ejecutivas y, en especial, las contempladas
en el Real Decreto 1333/2006, de 21 de noviembre, por el que se regula el destino de los
especímenes decomisados de las especies amenazadas de fauna y flora silvestres
protegidas mediante el control de su comercio. El Estado ostenta, en virtud del título
competencial antes señalado, las competencias ejecutivas sobre los centros de rescate
de especímenes CITES a los que se refiere este reglamento y a los que van dirigidas
estas ayudas.
La presente orden ministerial se adecúa a los principios de buena regulación
establecidos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y, en particular, a los principios
de necesidad y eficacia, justificada por una razón de interés general, como es el de la
conservación y restauración del patrimonio natural y de la biodiversidad española.
La presente orden ministerial se adecúa igualmente a los principios de eficiencia,
transparencia, seguridad jurídica y proporcionalidad, recogidos en el artículo 129 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre. En relación con los principios de eficiencia y
transparencia, la norma resulta el instrumento más indicado para los intereses que se
persiguen y quedan claros sus objetivos. Por último, en relación con los principios de
seguridad jurídica y proporcionalidad, esta norma es coherente con el ordenamiento
jurídico y contiene la regulación y obligaciones necesarias que exige la normativa sobre
subvenciones.
Asimismo, se ha consultado a las comunidades autónomas, y se ha realizado el
trámite de participación pública mediante la publicación del proyecto en la web del
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
Esta orden se estructura en dos capítulos, 39 artículos, una disposición adicional
única y tres disposiciones finales. En el primer capítulo se regulan las bases reguladoras
para apoyar a los centros de rescate depositarios de especímenes vivos decomisados
que contribuyan a la conservación de las especies amenazadas de fauna y flora
silvestres por su comercio ilegal incluidas en el Convenio CITES en el marco del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia, y en el segundo capítulo se regula la
convocatoria correspondiente a 2021 de dichas subvenciones.
En la tramitación de esta orden se ha recabado informe de la Abogacía General del
Estado y de la Intervención Delegada en el Ministerio para la Transición Ecológica y el
Reto Demográfico, todo ello conforme a lo previsto en el artículo 61.2 del Real Decretoley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la
modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia. Asimismo, esta orden ha sido informada en
la Conferencia Sectorial de Medio Ambiente celebrada el 15 de junio de 2021.
En virtud de todo lo expuesto, dispongo:
CAPÍTULO I
Bases reguladoras para la concesión de subvenciones de la Fundación
Biodiversidad F.S.P., para apoyar a los centros de rescate depositarios de
especímenes vivos decomisados que contribuyan a la conservación de las
especies amenazadas de fauna y flora silvestres por su comercio ilegal incluidas
en el Convenio CITES en el marco del Plan de Recuperación, Transformación
y Resiliencia
Artículo 1. Objeto y finalidad.
1. El objeto de esta orden es el establecimiento de las bases reguladoras de la
Fundación Biodiversidad F.S.P. (en adelante, FB) para la concesión de ayudas para la
financiación de proyectos de apoyo a los centros de rescate depositarios de
especímenes vivos decomisados incluidos en el convenio CITES, que contribuyan a la
cve: BOE-A-2021-15754
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 232