III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Subvenciones. (BOE-A-2021-15754)
Orden TED/1015/2021, de 20 de septiembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones de la Fundación Biodiversidad, F.S.P., para apoyar a los centros de rescate depositarios de especímenes vivos decomisados que contribuyan a la conservación de las especies amenazadas de fauna y flora silvestres por su comercio ilegal incluidas en el Convenio CITES, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y se aprueba la convocatoria correspondiente al año 2021.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 232

Martes 28 de septiembre de 2021

Sec. III. Pág. 119200

3. El seguimiento y comprobación del estado de ejecución del proyecto, de las
actuaciones y del cumplimiento de objetivos, se podrá llevar a cabo a través de
reuniones, visitas in situ, petición y evaluación de documentación, e informes de
seguimiento. Con este objetivo, el beneficiario remitirá a la FB, cuando esta lo solicite, un
informe de seguimiento con los trabajos desarrollados hasta ese momento incluyendo los
indicadores establecidos en el artículo 39 de esta convocatoria y tantos documentos
justificativos resulten exigibles en el marco del PRTR.
4. Los modelos para el seguimiento y comprobación de las ayudas, serán
proporcionados por la FB donde se establecerán los datos y formatos necesarios a
recabar por el beneficiario.
5. La FB convocará al beneficiario a tantas reuniones de seguimiento como se
estimen necesarias para garantizar la correcta ejecución de los fondos.
Artículo 38. Difusión de la información.
1. Toda la información técnica y el material audiovisual derivado de los proyectos
financiados por la FB podrán ser empleados por la misma para su difusión a través de
sus canales (página web, redes sociales, otros) al objeto de garantizar su difusión,
general conocimiento y puesta en valor.
2. Las entidades beneficiarias deberán aportar un resumen ejecutivo de carácter
divulgativo de su proyecto junto con la memoria final del proyecto en la fase de
justificación. Este resumen ejecutivo será considerado como un producto final del
proyecto y podrá ser utilizado para la comunicación y difusión de los resultados de éste.
En el caso de que la FB pudiera estar interesada en el uso de los resultados generados
en los proyectos beneficiarios de esta convocatoria, estos serán requeridos a la entidad
beneficiaria para su cesión.
Artículo 39. Indicadores.
1. Conforme a lo indicado en el artículo 19 de las bases reguladoras, los
indicadores a reportar por parte de la entidad beneficiaria serán los siguientes:

2. Asimismo, en el marco de los compromisos del PRTR se tendrá en cuenta el
cumplimiento del objetivo 69, inversión 2 del componente 4. En particular, en
cumplimiento con lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo
y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, y su normativa de desarrollo, en particular la
Comunicación de la Comisión «Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no
causar un perjuicio significativo» en virtud del Reglamento relativo al Mecanismo de
Recuperación y Resiliencia», así como con lo requerido en la Decisión de Ejecución del
Consejo relativa a la aprobación de la evaluación del plan de recuperación y resiliencia
de España, todos los proyectos deben respetar el llamado principio de «no causar un
perjuicio significativo al medioambiente» (DNSH) y las condiciones del etiquetado
climático y digital. Ello incluye el cumplimiento de las condiciones específicas asignadas
previstas en el componente 4, así como en la inversión 2, en la que se enmarcan dichos
proyectos y especialmente las recogidas en los apartados 3, 6 y 8 del documento del

cve: BOE-A-2021-15754
Verificable en https://www.boe.es

a) Número de nuevos especímenes vivos recogidos y apéndices del convenio en
los que están incluidos.
b) Número total de especímenes vivos albergados.
c) Número de empleos directos generados, desagregado por género de las
personas empleadas.
d) Número de campañas educativas y de prevención.
e) Número de personas beneficiarias de las campañas educativas y de prevención,
desagregadas por colectivos y por género.
f) Número de personas que han trabajado en el proyecto, desagregadas por
género.
g) Número de entidades con las que se ha trabajado en red.