I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Competencias profesionales. (BOE-A-2021-15677)
Orden EFP/1010/2021, de 20 de septiembre, por la que se establece el procedimiento permanente para la evaluación y acreditación de competencias profesionales, adquiridas por la experiencia laboral o vías no formales de formación, en las Ciudades de Ceuta y Melilla, y se formalizan las bases para su desarrollo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 232

Martes 28 de septiembre de 2021

Artículo 5.

Sec. I. Pág. 118747

Documentación que acompaña a la solicitud.

La solicitud de inscripción en el procedimiento irá acompañada de la documentación
justificativa de los requisitos exigidos y será la siguiente:
1. Copia del DNI, NIE o pasaporte de la persona solicitante. Solo deberá
presentarse si la persona solicitante ha manifestado en el apartado correspondiente de la
solicitud su oposición expresa a que el órgano instructor del procedimiento pueda
consultar sus datos de identidad a través del Sistema de Verificación de Datos de
Identidad. No será necesaria su aportación cuando la solicitud se haya presentado por
vía telemática y utilizando para ello un certificado electrónico, conforme a lo regulado en
la Ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los
servicios electrónicos de confianza. En el caso de personas extranjeras deberán aportar
copia del certificado de registro de ciudadanía comunitaria, o la tarjeta de familiar de
ciudadano o ciudadana de la Unión Europea, o la autorización de residencia, o la
autorización de residencia y trabajo en España en vigor.
2. Currículum vitae, redactado de acuerdo con el modelo europeo EUROPASS.
Anexo II.
3. Documentación que acredite la experiencia laboral. Esta documentación en
función de la situación en la que se encuentre el solicitante será la siguiente:
a)

Para trabajadores o trabajadoras asalariados:

– Certificado de la Tesorería General de la Seguridad Social, del Instituto Social de
las Fuerzas Armadas, del Instituto Social de la Marina o de la Mutualidad a la que
estuvieran afiliados, donde conste la empresa, la categoría laboral (grupo de cotización)
y el período de contratación.
– Copia del contrato de trabajo o certificación de la empresa donde haya adquirido la
experiencia laboral, en la que conste específicamente la duración de los períodos de
prestación del contrato, la actividad desarrollada en el sector relacionada con las
unidades de competencia a acreditar y el intervalo de tiempo en que se ha realizado esta
actividad. En caso de aportar contrato en el que conste un puesto o categoría profesional
que no esté claramente relacionado con la cualificación profesional solicitada, se deberá
aportar la referida certificación de la empresa. La certificación de la empresa deberá
estar fechada, sellada y firmada, con identificación clara de la persona que expide la
citada certificación.
Para trabajadores o trabajadoras autónomos o por cuenta propia:

– Certificación de la Tesorería General de la Seguridad Social o del Instituto Social
de la Marina de los períodos de alta en la Seguridad Social en el régimen especial
correspondiente.
– Documentación descriptiva y documentación acreditativa de la actividad
desarrollada en el sector relacionada con las unidades de competencia a acreditar, e
intervalo de tiempo en el que se ha realizado la misma. Como documentación descriptiva
podrá presentarse declaración responsable donde se indique las tareas desarrolladas en
relación con la cualificación profesional y los intervalos de tiempo en los que éstas se
han desarrollado. Esta documentación descriptiva será independiente del < del
currículum vitae. Como documentación acreditativa de la actividad desarrollada podrán
presentarse documentos que justifiquen el nombre, código o epígrafe de las actividades
empresariales y profesionales en las que la persona solicitante esté de alta.
c)

Para trabajadores o trabajadoras voluntarios o becarios:

Certificación de la organización legalmente reconocida como entidad de voluntariado
donde se haya prestado la asistencia como persona voluntaria, o en su caso, de la
entidad donde se haya prestado la asistencia como persona becaria, en la que consten
específicamente, las actividades y funciones realizadas en el sector relacionadas con las

cve: BOE-A-2021-15677
Verificable en https://www.boe.es

b)