III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2021-15643)
Resolución de 18 de mayo de 2021, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de los expedientes de reconocimientos extrajudiciales de crédito aprobados por las entidades locales en el ejercicio 2018.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 231

Lunes 27 de septiembre de 2021

Sec. III. Pág. 117845

obligaciones debidamente comprometidas e indebidamente comprometidas que se ha expuesto en
el Apartado II.1.1 de este Informe, son todas indebidamente comprometidas.
En el siguiente gráfico se muestra su distribución según el tipo de gasto:
Gráfico 8.

Obligaciones incluidas en los REC. Ayuntamiento de Santander.

Distribución por tipo de gasto

14,95%

Servicios y asimilados
Suministros

85,05%

Fuente: Elaboración propia a partir de la información remitida por las entidades.

Los gastos no fueron tramitados por la vía ordinaria por carecer de cobertura contractual. En el 98
% –7.731.129,64 euros–, el contrato correspondiente había finalizado sin que se hubiera tramitado
una nueva licitación, y el resto −129.877,16 euros− se tramitó a través de contratación menor
cuando hubiera sido procedente la licitación de un contrato al superar los umbrales temporales o
cuantitativos de la contratación menor.
En relación con la totalidad de estos gastos se emitió informe de omisión de fiscalización previa por
el órgano de Intervención de la entidad, lo que resulta procedente en tanto son obligaciones para
las que no se habían tramitado las fases presupuestarias de autorización y compromiso (AD), las
cuales están sujetas a fiscalización previa. No consta el inicio de actuaciones tendentes a la
depuración de las posibles responsabilidades.
A continuación se analizan las áreas de gestión que mayor implicación tienen en la tramitación de
obligaciones a través de reconocimientos extrajudiciales de crédito.

La Intervención del Ayuntamiento de Santander está clasificada de clase 1ª, tal y como establece el
artículo 8 del RDFHN para las entidades de población superior a 20.000 habitantes.
La plaza de Intervención se encuentra cubierta por nombramiento definitivo desde el 10 de abril de
2006, por Resolución de 6 de marzo de 2006, de la Dirección General de Cooperación Local, por la
que se resuelve el concurso unitario de traslados de funcionarios de Administración Local con
habilitación de carácter nacional, y se encuentra asistida por un puesto de colaboración, 4 puestos
de técnicos A1/A2 y 10 puestos de administrativos/auxiliares de los subgrupos C1/C2.

cve: BOE-A-2021-15643
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