III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2021-15643)
Resolución de 18 de mayo de 2021, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de los expedientes de reconocimientos extrajudiciales de crédito aprobados por las entidades locales en el ejercicio 2018.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 231
Lunes 27 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 117844
Como hechos posteriores al periodo fiscalizado y al amparo de lo establecido en el artículo 29 de la
LCSP −que establece la posibilidad de que un contrato se pueda prorrogar hasta que comience la
ejecución del siguiente por un periodo de nueve meses siempre que se cumplan determinados
requisitos y que el anuncio de licitación del nuevo contrato se haya publicado con una antelación
mínima de tres meses respecto de la fecha de finalización del contrato originario− el Ayuntamiento
de Mazarrón aprobó una normativa para regular esta casuística, estableciendo que las facturas de
ejercicio corriente y para las que exista crédito adecuado y suficiente se imputarán al propio
ejercicio, y declara objeto de reconocimiento extrajudicial de créditos a todas aquellas que no
cumplan con alguna o ambas condiciones.
Registro en contabilidad de las operaciones y procedimiento de facturación
El Ayuntamiento de Mazarrón no tiene la consideración de municipio de gran población, por lo que
no es obligatoria la separación de las funciones de contabilidad y de fiscalización de la gestión
económico-financiera. Esta segregación tampoco se ha realizado de forma voluntaria,
concentrándose ambas funciones en un mismo departamento.
La unidad dedicada a la contabilización dispone de cuatro efectivos y contabiliza todas las fases del
gasto, incluido el pago material, lo que dificulta el adecuado cumplimiento de las funciones
asignadas al Departamento de Tesorería por el Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que
se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter
nacional, referidas al aseguramiento del cumplimiento de la normativa sobre morosidad y la
adecuación de los flujos al Plan de Disposición de Fondos.
El Ayuntamiento de Mazarrón cuenta con un registro electrónico de facturas a través de su adhesión
al sistema FACe del Estado, que se encuentra, además, vinculado con el sistema contable.
Las facturas de importe inferior a 5.000 euros pueden ser presentadas en papel en el registro
administrativo. Posteriormente, se incluyen en el registro electrónico y son, al igual que las
presentadas en soporte digital, remitidas al gestor para su conformidad. No obstante, como se ha
señalado en el análisis relativo a la contratación, en el expediente analizado, se han producido
retrasos en relación con estos trámites.
Por lo que se refiere a las operaciones de cierre de ejercicio, en la entidad está regulado que las
facturas de un ejercicio puedan ser reconocidas en el presupuesto correspondiente hasta el 20 de
enero del ejercicio siguiente, siempre que exista crédito suficiente y adecuado y que dicho
presupuesto no se hubiera liquidado.
La entidad cumplió en el ejercicio fiscalizado el periodo medio de pago a proveedores establecido
en la normativa de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera.
Del examen realizado se aprecia que la incidencia más significativa que ha influido en la utilización
de expedientes de reconocimiento extrajudicial de crédito ha sido la realización de prestaciones,
fundamentalmente de servicios, continuadas en el tiempo sin la adecuada cobertura contractual.
Además, la falta de falta de expedientes electrónicos y la ausencia de instrucciones de cierre pueden
derivar en retrasos en la tramitación de la justificación documental de las obligaciones.
El Ayuntamiento de Santander aprobó tres expedientes de reconocimiento extrajudicial de crédito
por un importe total de 8.715.905,97 euros, por lo que el 4,79 % de las obligaciones reconocidas
netas de 2018 se tramitó a través de un REC. Se han analizado dos expedientes por importe
agregado de 7.861.006,80 euros.
Todas las obligaciones que conforman los expedientes examinados fueron generadas en 2018, es
decir, corresponden a obligaciones del ejercicio corriente y, de acuerdo con la distinción entre
cve: BOE-A-2021-15643
Verificable en https://www.boe.es
II.2.6. Santander
Núm. 231
Lunes 27 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 117844
Como hechos posteriores al periodo fiscalizado y al amparo de lo establecido en el artículo 29 de la
LCSP −que establece la posibilidad de que un contrato se pueda prorrogar hasta que comience la
ejecución del siguiente por un periodo de nueve meses siempre que se cumplan determinados
requisitos y que el anuncio de licitación del nuevo contrato se haya publicado con una antelación
mínima de tres meses respecto de la fecha de finalización del contrato originario− el Ayuntamiento
de Mazarrón aprobó una normativa para regular esta casuística, estableciendo que las facturas de
ejercicio corriente y para las que exista crédito adecuado y suficiente se imputarán al propio
ejercicio, y declara objeto de reconocimiento extrajudicial de créditos a todas aquellas que no
cumplan con alguna o ambas condiciones.
Registro en contabilidad de las operaciones y procedimiento de facturación
El Ayuntamiento de Mazarrón no tiene la consideración de municipio de gran población, por lo que
no es obligatoria la separación de las funciones de contabilidad y de fiscalización de la gestión
económico-financiera. Esta segregación tampoco se ha realizado de forma voluntaria,
concentrándose ambas funciones en un mismo departamento.
La unidad dedicada a la contabilización dispone de cuatro efectivos y contabiliza todas las fases del
gasto, incluido el pago material, lo que dificulta el adecuado cumplimiento de las funciones
asignadas al Departamento de Tesorería por el Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que
se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter
nacional, referidas al aseguramiento del cumplimiento de la normativa sobre morosidad y la
adecuación de los flujos al Plan de Disposición de Fondos.
El Ayuntamiento de Mazarrón cuenta con un registro electrónico de facturas a través de su adhesión
al sistema FACe del Estado, que se encuentra, además, vinculado con el sistema contable.
Las facturas de importe inferior a 5.000 euros pueden ser presentadas en papel en el registro
administrativo. Posteriormente, se incluyen en el registro electrónico y son, al igual que las
presentadas en soporte digital, remitidas al gestor para su conformidad. No obstante, como se ha
señalado en el análisis relativo a la contratación, en el expediente analizado, se han producido
retrasos en relación con estos trámites.
Por lo que se refiere a las operaciones de cierre de ejercicio, en la entidad está regulado que las
facturas de un ejercicio puedan ser reconocidas en el presupuesto correspondiente hasta el 20 de
enero del ejercicio siguiente, siempre que exista crédito suficiente y adecuado y que dicho
presupuesto no se hubiera liquidado.
La entidad cumplió en el ejercicio fiscalizado el periodo medio de pago a proveedores establecido
en la normativa de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera.
Del examen realizado se aprecia que la incidencia más significativa que ha influido en la utilización
de expedientes de reconocimiento extrajudicial de crédito ha sido la realización de prestaciones,
fundamentalmente de servicios, continuadas en el tiempo sin la adecuada cobertura contractual.
Además, la falta de falta de expedientes electrónicos y la ausencia de instrucciones de cierre pueden
derivar en retrasos en la tramitación de la justificación documental de las obligaciones.
El Ayuntamiento de Santander aprobó tres expedientes de reconocimiento extrajudicial de crédito
por un importe total de 8.715.905,97 euros, por lo que el 4,79 % de las obligaciones reconocidas
netas de 2018 se tramitó a través de un REC. Se han analizado dos expedientes por importe
agregado de 7.861.006,80 euros.
Todas las obligaciones que conforman los expedientes examinados fueron generadas en 2018, es
decir, corresponden a obligaciones del ejercicio corriente y, de acuerdo con la distinción entre
cve: BOE-A-2021-15643
Verificable en https://www.boe.es
II.2.6. Santander