III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2021-15643)
Resolución de 18 de mayo de 2021, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de los expedientes de reconocimientos extrajudiciales de crédito aprobados por las entidades locales en el ejercicio 2018.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 231

Lunes 27 de septiembre de 2021

Sec. III. Pág. 117833

Uno de los tres REC analizados está conformado por obligaciones debidamente adquiridas en 2017
por importe de 337.852,79 euros, siendo el motivo de la inclusión en el expediente la presentación
de modo extemporáneo de los justificantes de pago, según ha informado el órgano de Intervención.
La existencia de procedimientos de gestión que permitan conocer la evolución de las prestaciones
en curso y el desarrollo de su ejecución, con la correspondiente reclamación de las facturas cuando
sea pertinente, hubiera facilitado la tramitación de la documentación justificativa. Asimismo, una
adecuada operatoria contable regulada por instrucciones de cierre elaboradas al efecto facilita la
correcta imputación de los gastos e ingresos al presupuesto del ejercicio en el que se generan, al
limitar las fechas en las que es posible iniciar procedimientos de gasto.
Este expediente no es propiamente un reconocimiento extrajudicial de crédito, aunque la entidad lo
ha denominado como tal, sino un expediente de reconocimiento extemporáneo de facturas que ha
sido tramitado según la regulación interna de la entidad relativa a este tipo de expedientes.
La Intervención ha puesto en conocimiento del Pleno el incumplimiento de la entidad del plazo legal
de pago de las obligaciones, tal y como le exige el artículo cuarto de la Ley 15/2010, de 5 de julio,
de modificación de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha
contra la morosidad en las operaciones comerciales.
A partir de la entrada en vigor del presupuesto para 2020, el Ayuntamiento de Jumilla únicamente
admite las facturas presentadas por vía electrónica, ajustándose de forma anticipada a lo dispuesto
por la LPAC.
Del examen de los expedientes se aprecia que las incidencias más significativas que han influido
en el uso de expedientes de reconocimiento extrajudicial de crédito han sido la falta de utilización
del presupuesto como herramienta de gestión económico-presupuestaria −lo que requiere de una
adecuada elaboración del presupuesto ajustada a las necesidades del ejercicio al que se va a
aplicar−, así como deficiencias en la gestión de la contratación menor, aspecto en el que podrá
incidir favorablemente la nueva regulación que se ha dado la entidad. Además, la falta de
vinculación entre los registros administrativo y contable en relación con las facturas de importe
inferior a 5.000 euros, la ausencia de instrucciones de cierre y la falta de procedimientos de gestión
que permitan realizar un seguimiento de las prestaciones y de las correspondientes facturas,
suponen riesgos en relación con la tramitación de la justificación documental de las obligaciones.
II.2.4. Logroño
Logroño aprobó 129 expedientes de reconocimiento extrajudicial de crédito en 2018 por un importe
conjunto de 4.663.441,11 euros, lo que supone el 3,18 % de obligaciones reconocidas netas
liquidadas en dicho ejercicio.
Han formado parte de la muestra dos de estos expedientes, cuyo importe agregado es de
774.869,01 euros.

En el siguiente gráfico se muestra su distribución según el tipo de gasto:

cve: BOE-A-2021-15643
Verificable en https://www.boe.es

Todas las obligaciones de los expedientes analizados fueron generadas en ejercicios anteriores a
2018, y de acuerdo con la distinción entre obligaciones debidamente comprometidas e
indebidamente comprometidas que se ha expuesto en el Apartado II.1.1 de este Informe, derivan
de gastos indebidamente comprometidos obligaciones por importe de 708.880,42 euros, y
65.988,59 fueron obligaciones debidamente adquiridas.