III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2021-15643)
Resolución de 18 de mayo de 2021, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de los expedientes de reconocimientos extrajudiciales de crédito aprobados por las entidades locales en el ejercicio 2018.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 231
Lunes 27 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 117822
El Ayuntamiento cuenta con un tramitador electrónico de expedientes, según establece el artículo
70.2 de la LPAC, sin embargo no está vinculado con contabilidad, por lo que no se produce el
registro automático de los asientos.
La entidad en cumplimiento de la Instrucción del Tribunal de Cuentas de 3 de julio de 2018 remitió,
el 27 de febrero de 2019, la relación anual de contratos celebrados al amparo de la LCSP durante
2018.
En relación con las obligaciones de transparencia, el artículo 8.1 de la LTAIPBG exige la publicación
de determinados datos relativos a los contratos que formalicen las entidades –entre otros, objeto y
duración del contrato, importe de licitación y de adjudicación, procedimiento utilizado, información
sobre la publicidad de la licitación y modificaciones− y, a su vez, artículo 347 de la LCSP establece
la obligatoriedad de incluir en la página web institucional de la entidad un enlace a los perfiles de
contratante de sus órganos de contratación situados en la Plataforma de Contratación del Sector
Público.
En el Ayuntamiento de Alcázar de San Juan únicamente están disponibles los contratos
formalizados por el perfil correspondiente a una Concejalía, sin constar el perfil de contratante de
otros órganos del Ayuntamiento. Tampoco se publica la relación de contratos menores, cuya
actualización de información debe ser trimestral.
Contratación menor
La entidad tiene regulados en las Bases de ejecución los procedimientos de anticipos de caja fija y
de pagos a justificar, aunque estos no se utilizan de forma habitual, sino que los gastos pequeños
se tramitan a través de la contratación menor, para la cual se exige la aprobación del gasto previa
a su ejecución y, además, la solicitud de tres ofertas en caso de gastos mayores de 2.000 euros,
salvo que se justifique la necesidad de adjudicación directa.
En el REC analizado se incluyeron 270 facturas por importe conjunto de 90.706,30 euros para las
que no se dispuso de crédito en el ejercicio en el que se generaron y, por lo tanto, no se imputaron
al presupuesto en el momento debido. La cuantía individualizada de las facturas es, en todos los
casos, de pequeño importe, por lo que la utilización del sistema de anticipos de caja fija o la
concertación de contratos menores con la retención de crédito y aprobación del gasto previas a
ejecutar la prestación, hubiera evitado el compromiso de gasto sin consignación presupuestaria.
Licitación de contratos
Además, a través del expediente analizado se imputaron 250.556,70 euros al presupuesto de 2018
que se habían comprometido en 2017 sin contar con cobertura contractual. El detalle de las
prestaciones es el siguiente:
Cuadro 15. Prestaciones facturadas sin cobertura contractual incluidas en el REC.
Alcázar de San Juan
Nº de Facturas
Importe
Servicio vigilancia de edificios públicos
24
132.550,68
Suministro electricidad
38
74.999,32
1
43.006,70
63
250.556,70
Mantenimiento aplicaciones informáticas
Total
Fuente: Elaboración propia a partir de la información remitida por las entidades.
cve: BOE-A-2021-15643
Verificable en https://www.boe.es
Prestación
Núm. 231
Lunes 27 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 117822
El Ayuntamiento cuenta con un tramitador electrónico de expedientes, según establece el artículo
70.2 de la LPAC, sin embargo no está vinculado con contabilidad, por lo que no se produce el
registro automático de los asientos.
La entidad en cumplimiento de la Instrucción del Tribunal de Cuentas de 3 de julio de 2018 remitió,
el 27 de febrero de 2019, la relación anual de contratos celebrados al amparo de la LCSP durante
2018.
En relación con las obligaciones de transparencia, el artículo 8.1 de la LTAIPBG exige la publicación
de determinados datos relativos a los contratos que formalicen las entidades –entre otros, objeto y
duración del contrato, importe de licitación y de adjudicación, procedimiento utilizado, información
sobre la publicidad de la licitación y modificaciones− y, a su vez, artículo 347 de la LCSP establece
la obligatoriedad de incluir en la página web institucional de la entidad un enlace a los perfiles de
contratante de sus órganos de contratación situados en la Plataforma de Contratación del Sector
Público.
En el Ayuntamiento de Alcázar de San Juan únicamente están disponibles los contratos
formalizados por el perfil correspondiente a una Concejalía, sin constar el perfil de contratante de
otros órganos del Ayuntamiento. Tampoco se publica la relación de contratos menores, cuya
actualización de información debe ser trimestral.
Contratación menor
La entidad tiene regulados en las Bases de ejecución los procedimientos de anticipos de caja fija y
de pagos a justificar, aunque estos no se utilizan de forma habitual, sino que los gastos pequeños
se tramitan a través de la contratación menor, para la cual se exige la aprobación del gasto previa
a su ejecución y, además, la solicitud de tres ofertas en caso de gastos mayores de 2.000 euros,
salvo que se justifique la necesidad de adjudicación directa.
En el REC analizado se incluyeron 270 facturas por importe conjunto de 90.706,30 euros para las
que no se dispuso de crédito en el ejercicio en el que se generaron y, por lo tanto, no se imputaron
al presupuesto en el momento debido. La cuantía individualizada de las facturas es, en todos los
casos, de pequeño importe, por lo que la utilización del sistema de anticipos de caja fija o la
concertación de contratos menores con la retención de crédito y aprobación del gasto previas a
ejecutar la prestación, hubiera evitado el compromiso de gasto sin consignación presupuestaria.
Licitación de contratos
Además, a través del expediente analizado se imputaron 250.556,70 euros al presupuesto de 2018
que se habían comprometido en 2017 sin contar con cobertura contractual. El detalle de las
prestaciones es el siguiente:
Cuadro 15. Prestaciones facturadas sin cobertura contractual incluidas en el REC.
Alcázar de San Juan
Nº de Facturas
Importe
Servicio vigilancia de edificios públicos
24
132.550,68
Suministro electricidad
38
74.999,32
1
43.006,70
63
250.556,70
Mantenimiento aplicaciones informáticas
Total
Fuente: Elaboración propia a partir de la información remitida por las entidades.
cve: BOE-A-2021-15643
Verificable en https://www.boe.es
Prestación