III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2021-15645)
Resolución de 18 de mayo de 2021, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de las actuaciones realizadas por las entidades locales en el marco del plan extraordinario y urgente por el empleo de Castilla-La Mancha, ejercicios 2015 a 2017.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 231
Lunes 27 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 118025
- Apoyo y colaboración con movimiento asociativo local.
- Talleres de apoyo educativo de refuerzo extraescolar.
- Apoyo a personas o familias en riesgo de exclusión.
- Participación en programas de respiro para cuidadores de personas dependientes.
- Ocio y tiempo libre.
- Otros proyectos de interés social o común, que no supongan reducción, sustitución o
amortización de puestos de trabajo.
El más utilizado fue el más genérico de ellos, referido a “otros proyectos de interés social o común,
que no supongan reducción, sustitución o amortización de puestos de trabajo”, al que se
adscribieron el 40 % de los 133 proyectos desarrollados por las entidades. El 23 % de los
proyectos se desarrollaron en el ámbito de “colaboración en acciones relacionadas con el
medioambiente y conservación y mantenimiento del medio natural”, un 17 % en “atención a
personas en riego de exclusión social, acompañamiento a personas de la tercera edad y programas
de atención a personas dependientes” y un 11 % en “actividades relacionadas con la difusión y
conocimiento del patrimonio histórico artístico”.
Destacó el escaso carácter social de los proyectos desarrollados en esta línea de ayudas pues, si
bien el concepto de utilidad social se puede entender en sentido amplio como colaboración a los
fines de servir al interés general que tienen las administraciones públicas; solo el 17 % de los
proyectos se destinaron a la atención a personas en riesgo de exclusión social, acompañamiento a
personas de la tercera edad y programas de atención a personas dependientes y un 5 % en apoyo
y colaboración con el movimiento asociativo local, es decir solo un 22 % de los proyectos tuvieron
un claro carácter social.
Al igual que en la línea de ayudas para la contratación de personas desempleadas de larga
duración, se desarrollaron algunos proyectos cuyas tareas estaban, en realidad, reservadas al
personal del ayuntamiento para los que el personal contratado en estos proyectos carecía de
formación específica. En Almansa se desarrollaron dos proyectos de apoyo a entidades del ámbito
local, en Hellín se desarrolló un proyecto relativo al censo de viviendas desocupadas y otro relativo
al desarrollo de la administración electrónica. En Tomelloso se desarrolló un proyecto de atención
al ciudadano y apoyo administrativo y en Villarrobledo uno de mejora y apoyo al ciudadano en la
Administración.
La justificación de los proyectos venía regulada, para cada una de las convocatorias, a través de
las bases reguladoras de las mismas estableciendo la documentación que debía presentarse para
llevar a cabo esta justificación y fijando el plazo de un mes para la presentación de la misma desde
la finalización de cada proyecto.
Sobre la base de esta documentación justificativa, la Junta establecía la liquidación
correspondiente a cada trabajador determinando los días de trabajo subvencionables y la cuantía
que correspondía a cada uno de ellos con el límite de 500 euros mensuales, en el caso de los
adscritos a los trabajos de colaboración social, y de 15.000 euros semestrales para el personal
técnico contratado.
Una vez realizada esta liquidación, se abonaba el 25 % del importe de la subvención pendiente de
abonar (el 75 % ya lo habían cobrado las entidades de la Junta en el momento del inicio de cada
proyecto).
cve: BOE-A-2021-15645
Verificable en https://www.boe.es
El documento fundamental a través del cual se llevaba a cabo esta justificación era la certificación
de finalización del proyecto. Esta certificación especificaba los días de trabajo efectivo, los días de
baja y la causa de las mismas y el importe justificado (que incluía el complemento del subsidio, el
pago a la Seguridad Social, las contingencias profesionales y los gastos de desplazamiento), así
como las fechas de inicio y fin del proyecto.
Núm. 231
Lunes 27 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 118025
- Apoyo y colaboración con movimiento asociativo local.
- Talleres de apoyo educativo de refuerzo extraescolar.
- Apoyo a personas o familias en riesgo de exclusión.
- Participación en programas de respiro para cuidadores de personas dependientes.
- Ocio y tiempo libre.
- Otros proyectos de interés social o común, que no supongan reducción, sustitución o
amortización de puestos de trabajo.
El más utilizado fue el más genérico de ellos, referido a “otros proyectos de interés social o común,
que no supongan reducción, sustitución o amortización de puestos de trabajo”, al que se
adscribieron el 40 % de los 133 proyectos desarrollados por las entidades. El 23 % de los
proyectos se desarrollaron en el ámbito de “colaboración en acciones relacionadas con el
medioambiente y conservación y mantenimiento del medio natural”, un 17 % en “atención a
personas en riego de exclusión social, acompañamiento a personas de la tercera edad y programas
de atención a personas dependientes” y un 11 % en “actividades relacionadas con la difusión y
conocimiento del patrimonio histórico artístico”.
Destacó el escaso carácter social de los proyectos desarrollados en esta línea de ayudas pues, si
bien el concepto de utilidad social se puede entender en sentido amplio como colaboración a los
fines de servir al interés general que tienen las administraciones públicas; solo el 17 % de los
proyectos se destinaron a la atención a personas en riesgo de exclusión social, acompañamiento a
personas de la tercera edad y programas de atención a personas dependientes y un 5 % en apoyo
y colaboración con el movimiento asociativo local, es decir solo un 22 % de los proyectos tuvieron
un claro carácter social.
Al igual que en la línea de ayudas para la contratación de personas desempleadas de larga
duración, se desarrollaron algunos proyectos cuyas tareas estaban, en realidad, reservadas al
personal del ayuntamiento para los que el personal contratado en estos proyectos carecía de
formación específica. En Almansa se desarrollaron dos proyectos de apoyo a entidades del ámbito
local, en Hellín se desarrolló un proyecto relativo al censo de viviendas desocupadas y otro relativo
al desarrollo de la administración electrónica. En Tomelloso se desarrolló un proyecto de atención
al ciudadano y apoyo administrativo y en Villarrobledo uno de mejora y apoyo al ciudadano en la
Administración.
La justificación de los proyectos venía regulada, para cada una de las convocatorias, a través de
las bases reguladoras de las mismas estableciendo la documentación que debía presentarse para
llevar a cabo esta justificación y fijando el plazo de un mes para la presentación de la misma desde
la finalización de cada proyecto.
Sobre la base de esta documentación justificativa, la Junta establecía la liquidación
correspondiente a cada trabajador determinando los días de trabajo subvencionables y la cuantía
que correspondía a cada uno de ellos con el límite de 500 euros mensuales, en el caso de los
adscritos a los trabajos de colaboración social, y de 15.000 euros semestrales para el personal
técnico contratado.
Una vez realizada esta liquidación, se abonaba el 25 % del importe de la subvención pendiente de
abonar (el 75 % ya lo habían cobrado las entidades de la Junta en el momento del inicio de cada
proyecto).
cve: BOE-A-2021-15645
Verificable en https://www.boe.es
El documento fundamental a través del cual se llevaba a cabo esta justificación era la certificación
de finalización del proyecto. Esta certificación especificaba los días de trabajo efectivo, los días de
baja y la causa de las mismas y el importe justificado (que incluía el complemento del subsidio, el
pago a la Seguridad Social, las contingencias profesionales y los gastos de desplazamiento), así
como las fechas de inicio y fin del proyecto.