III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2021-15645)
Resolución de 18 de mayo de 2021, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de las actuaciones realizadas por las entidades locales en el marco del plan extraordinario y urgente por el empleo de Castilla-La Mancha, ejercicios 2015 a 2017.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 231
Lunes 27 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 118024
Las ocho entidades que no presentaron ningún proyecto en el marco del Programa Garantía +55
fueron los Ayuntamientos de Alcaudete de la Jara, Cabanillas del Campo, Cuenca, Quintanar del
Rey, Socovos, la EATIM Alberche del Caudillo y las Mancomunidades Ribera del Júcar y Riberas
del Tajo.
De esta línea de subvenciones se realizaron dos convocatorias, una en 2016 mediante la Orden de
la Consejería de Economía, Empresas y Empleo de 24 de mayo de 2016 y otra en 2017 mediante
la Orden de 12 de septiembre de 2017.
Las 27 entidades presentaron un total de 157 proyectos de los que 24 fueron desestimados,
veintiuno en la convocatoria de 2016 y tres en la convocatoria de 2017. De los 133 proyectos que
se ejecutaron, 75 correspondieron a la convocatoria de 2016 y 58 a la convocatoria de 2017. El 56
% de estos proyectos se concentraron en ocho entidades Ayuntamientos de Azuqueca de Henares,
Ciudad Real (a través de su organismo autónomo IMPEFE), Hellín, Illescas, Tomelloso,
Valdepeñas y Villarrobledo, todos ellos con una población superior a 25.000 habitantes.
De acuerdo con las bases de las convocatorias de estas subvenciones, para la aprobación de los
proyectos dentro del Programa Garantía +55 años, en el marco del Plan de Empleo, estos debían
cumplir los siguientes requisitos:
a) Que se tratase de proyectos de utilidad social, que fueran de la competencia de las entidades
locales beneficiarias o que se encontrasen dentro de sus fines u objeto.
b) Que en su ejecución o prestación se favoreciese la formación y práctica profesional de las
personas desempleadas participantes, a fin de facilitar la actualización y adquisición de
nuevas competencias.
Veinte de las 27 entidades que ejecutaron proyectos, el 74 %, definieron las tareas a desarrollar de
forma que no permitía identificar las actuaciones necesarias para la ejecución de los proyectos; en
dieciséis entidades solo se hizo referencia a los criterios antedichos, mientras que en los
Ayuntamientos de Alcázar de San Juan, Puertollano, Sacedón y el Organismo Autónomo IMPEFE
(Ciudad Real), el único criterio de selección fue la atención a las necesidades de los distintos
servicios municipales.
Solamente en los Ayuntamientos de Albadalejo, Albatana, Guadalajara, y Valdepeñas se definieron
criterios medioambientales acordes a la naturaleza de los proyectos a realizar y en el de Illescas se
incluyó un criterio especial consistente en que el desarrollo de los proyectos fuese sencillo y
accesible a cualquier persona para facilitar la incorporación de personas con poca especialización y
formación.
Respecto al órgano y procedimiento para la selección de los proyectos a presentar, únicamente los
Ayuntamientos de Toledo y Albadalejo constituyeron una comisión de valoración y selección de
proyectos a presentar a la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. En el resto de entidades
participantes la selección se realizó por la Alcaldía, el Pleno, los servicios de empleo o servicios
técnicos e, incluso, por la unidad de obra.
Las bases reguladoras de las distintas convocatorias señalaban como posibles ámbitos de
actuación de los proyectos los siguientes:
- Colaboración en acciones relacionadas con el medioambiente: conservación y mantenimiento
del medio natural, huertos ecológicos urbanos y comunales.
- Actividades relacionadas con la difusión y conocimiento del patrimonio histórico-artístico.
- Atención a personas en riesgo de exclusión social.
- Acompañamiento a personas de la tercera edad.
- Atención a personas enfermas u hospitalizadas.
- Información y promoción turística y cultural.
- Comedores sociales.
cve: BOE-A-2021-15645
Verificable en https://www.boe.es
- Mejora de infravivienda y condiciones de vida.
Núm. 231
Lunes 27 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 118024
Las ocho entidades que no presentaron ningún proyecto en el marco del Programa Garantía +55
fueron los Ayuntamientos de Alcaudete de la Jara, Cabanillas del Campo, Cuenca, Quintanar del
Rey, Socovos, la EATIM Alberche del Caudillo y las Mancomunidades Ribera del Júcar y Riberas
del Tajo.
De esta línea de subvenciones se realizaron dos convocatorias, una en 2016 mediante la Orden de
la Consejería de Economía, Empresas y Empleo de 24 de mayo de 2016 y otra en 2017 mediante
la Orden de 12 de septiembre de 2017.
Las 27 entidades presentaron un total de 157 proyectos de los que 24 fueron desestimados,
veintiuno en la convocatoria de 2016 y tres en la convocatoria de 2017. De los 133 proyectos que
se ejecutaron, 75 correspondieron a la convocatoria de 2016 y 58 a la convocatoria de 2017. El 56
% de estos proyectos se concentraron en ocho entidades Ayuntamientos de Azuqueca de Henares,
Ciudad Real (a través de su organismo autónomo IMPEFE), Hellín, Illescas, Tomelloso,
Valdepeñas y Villarrobledo, todos ellos con una población superior a 25.000 habitantes.
De acuerdo con las bases de las convocatorias de estas subvenciones, para la aprobación de los
proyectos dentro del Programa Garantía +55 años, en el marco del Plan de Empleo, estos debían
cumplir los siguientes requisitos:
a) Que se tratase de proyectos de utilidad social, que fueran de la competencia de las entidades
locales beneficiarias o que se encontrasen dentro de sus fines u objeto.
b) Que en su ejecución o prestación se favoreciese la formación y práctica profesional de las
personas desempleadas participantes, a fin de facilitar la actualización y adquisición de
nuevas competencias.
Veinte de las 27 entidades que ejecutaron proyectos, el 74 %, definieron las tareas a desarrollar de
forma que no permitía identificar las actuaciones necesarias para la ejecución de los proyectos; en
dieciséis entidades solo se hizo referencia a los criterios antedichos, mientras que en los
Ayuntamientos de Alcázar de San Juan, Puertollano, Sacedón y el Organismo Autónomo IMPEFE
(Ciudad Real), el único criterio de selección fue la atención a las necesidades de los distintos
servicios municipales.
Solamente en los Ayuntamientos de Albadalejo, Albatana, Guadalajara, y Valdepeñas se definieron
criterios medioambientales acordes a la naturaleza de los proyectos a realizar y en el de Illescas se
incluyó un criterio especial consistente en que el desarrollo de los proyectos fuese sencillo y
accesible a cualquier persona para facilitar la incorporación de personas con poca especialización y
formación.
Respecto al órgano y procedimiento para la selección de los proyectos a presentar, únicamente los
Ayuntamientos de Toledo y Albadalejo constituyeron una comisión de valoración y selección de
proyectos a presentar a la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. En el resto de entidades
participantes la selección se realizó por la Alcaldía, el Pleno, los servicios de empleo o servicios
técnicos e, incluso, por la unidad de obra.
Las bases reguladoras de las distintas convocatorias señalaban como posibles ámbitos de
actuación de los proyectos los siguientes:
- Colaboración en acciones relacionadas con el medioambiente: conservación y mantenimiento
del medio natural, huertos ecológicos urbanos y comunales.
- Actividades relacionadas con la difusión y conocimiento del patrimonio histórico-artístico.
- Atención a personas en riesgo de exclusión social.
- Acompañamiento a personas de la tercera edad.
- Atención a personas enfermas u hospitalizadas.
- Información y promoción turística y cultural.
- Comedores sociales.
cve: BOE-A-2021-15645
Verificable en https://www.boe.es
- Mejora de infravivienda y condiciones de vida.