III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2021-15645)
Resolución de 18 de mayo de 2021, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de las actuaciones realizadas por las entidades locales en el marco del plan extraordinario y urgente por el empleo de Castilla-La Mancha, ejercicios 2015 a 2017.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 231

Lunes 27 de septiembre de 2021

Sec. III. Pág. 118010

De manera más específica, se estableció en algunas entidades, el criterio de las necesidades de
conservación de edificios y las actuaciones medioambientales, como ocurrió en los Ayuntamientos
de Manzanares, Miguelturra y Socovos, que si bien concretaron los objetivos a alcanzar y las áreas
en que estos proyectos habían de desarrollarse, tampoco se referían a su contribución a mejorar la
empleabilidad de los participantes.
Los Ayuntamientos de Albacete, Ciudad Real y Tomelloso especificaron los criterios de selección y
además tuvieron en cuenta las disponibilidades presupuestarias para cuantificar los contratos y los
proyectos lo que constituyó una práctica de gestión prudente puesto que la ejecución de los
proyectos exigió una importante aportación económica de los municipios beneficiarios de la
subvención y la evaluación de la disponibilidad presupuestaria prevenía los riesgos asociados a
gastos imprevistos.
La Mancomunidad Riberas del Júcar, dada la naturaleza de sus funciones, aplicó como criterio
único las actuaciones de protección medioambiental que si bien sintonizaba con las tareas
encomendadas a esta entidad no concretaba las actuaciones a desarrollar ni su posible
contribución a la empleabilidad de los trabajadores contratados. La Mancomunidad Riberas del
Tajo estableció como único criterio la cualificación de los posibles empleados, sin definir los
proyectos, las actividades a desarrollar ni los objetivos de carácter público a alcanzar, si bien este
criterio debía contribuir a mejorar la futura empleabilidad de los trabajadores.
Otras entidades locales participantes en esta línea de subvenciones del Plan de Empleo sí
establecieron criterios de selección de proyectos referidos a las necesidades a atender, a la
naturaleza de los proyectos y, sobre todo, a las necesidades del mercado de trabajo, a la oferta de
trabajo disponible y a la adquisición de competencias por parte de los participantes que
garantizasen la mejora de su empleabilidad. Fue el caso de los Ayuntamientos de Azuqueca de
Henares, Illescas, Mota del Cuervo, Quintanar del Rey, Sacedón, Tomelloso, Valdepeñas y
Villarrobledo, y la EATIM Gamonal.
En cuanto al procedimiento y órgano encargado de la selección de proyectos en cada entidad local,
en quince de las entidades la selección se llevó a cabo por los departamentos o servicios de
empleo, en ocho (en su mayoría, entidades de menor dimensión y con una reducida estructura
administrativa) se llevó a cabo directamente por la Alcaldía, en dos ayuntamientos se llevó a cabo
por la Junta de Gobierno, mientras que en otras dos se realizó por la Concejalía de servicios
urbanos y por los servicios técnicos. En las dos mancomunidades se realizó por el Pleno de la
entidad.
En el Ayuntamiento de Valdepeñas la unidad de obras fue la encargada de la selección. Esta
unidad si bien tiene unas funciones técnicas específicas para la ejecución de los proyectos del área
de obras, debía haber actuado conjuntamente con un órgano de gobierno o con el departamento de
empleo competente en las políticas de empleo y en el cumplimiento de los objetivos del Plan de
Empleo.
Por lo que se refiere a los posibles ámbitos de actuación de los proyectos, las bases reguladoras
de las tres convocatorias de esta línea de subvenciones definían como posibles los siguientes:

b) Infraestructuras hidráulicas y de abastecimiento.
c) Trabajos relacionados con el medioambiente: conservación y mantenimiento del medio
natural, gestión y tratamiento de residuos, etc.
d) Urbanismo.
e) Patrimonio histórico-artístico.

cve: BOE-A-2021-15645
Verificable en https://www.boe.es

a) Energías renovables.