III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2021-15664)
Resolución de 15 de septiembre de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el III Convenio colectivo de Kutxabank, SA.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 231
Lunes 27 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 118461
los empleados y empleadas podrán dedicar los 35 o 40 minutos de jornada restantes
(hasta las 14:45 o 14:50 según la distribución establecida en el calendario laboral) al
desarrollo efectivo de las acciones formativas que ofrezca la Entidad al empleado o
empleada. Si los empleados o empleadas realizaran, en aplicación de las previsiones
sobre horario flexible, la salida del centro de trabajo una vez aseguradas las tareas
vinculadas al cierre, cuadre y arqueo de la oficina (a las 14:10 horas), esos 35 o 40
minutos diarios restantes de jornada se irán acumulando y se compensarán con los
tiempos empleados de manera efectiva por el empleado o empleada en el desarrollo
efectivo de las acciones formativas que ofrezca la Entidad al empleado o empleada.
Se compensarán de la misma manera, es decir, con los tiempos empleados de
manera efectiva por el empleado o empleada en el desarrollo efectivo de las acciones
formativas que le ofrezca la Entidad al empleado o empleada, el tiempo del descanso por
jornada continuada recogido en el artículo 34 del Estatuto de los Trabajadores («pausa
de café», almuerzo, etc), por no tener tal descanso la consideración de tiempo efectivo
de trabajo.
Los jueves por la tarde, de octubre a abril de cada año, de 16:45 a 19:15 horas. El
horario de trabajo los jueves por la tarde se extenderá entre las 16:15 y las 19:30 horas.
En el supuesto de que por la extensión de las acciones formativas de que se trate, no
fuera suficiente, con carácter general, la aplicación de los criterios establecidos en los
párrafos anteriores para la compensación de los tiempos exigidos efectivamente por
tales requerimientos formativos, se negociará con la representación legal de los
trabajadores y trabajadoras el posible establecimiento de compensaciones específicas
adicionales, tomando como referencia tanto el esfuerzo formativo realizado como las
compensaciones establecidas a estos efectos en ocasiones anteriores en la Entidad.
La Entidad se reserva el derecho a modificar en cada momento los horarios de
apertura al público, debiendo informar a la representación legal de los trabajadores y
trabajadoras con la mayor antelación que le resulte posible, y sin que tal alteración de los
horarios de apertura al público suponga en ningún caso rebasamiento alguno del caudal
horario anual, asignación de un mayor número de días de trabajo en régimen de jornada
partida de mañana y tarde semanales en el período de octubre a abril ni afecte al
mecanismo de compensación de jornada con el desarrollo efectivo de acciones
formativas ofrecidas por la Entidad.
2.
Oficinas de Atención Comercial Reforzada (Oficinas ACR).
En determinadas oficinas, con un máximo de 50 oficinas de la Red Minorista en el
conjunto de la Entidad, a determinar en cada momento por la Entidad, se establece una
atención comercial reforzada para dar respuesta a las necesidades de los y las clientes
de la Entidad.
El horario de atención comercial (apertura al público) tendrá las siguientes
características:
De lunes a viernes, durante todo el año, de 8:30 a 14:00 horas. El horario de trabajo
comenzará a las 8:15 horas y terminará a las 14:40 horas. Una vez cerrada la oficina al
público y transcurridos 10 minutos para el desarrollo de las tareas vinculadas al cierre y
cuadre del puesto, los empleados y empleadas podrán dedicar los 30 minutos de jornada
restantes, hasta las 14:40, al desarrollo efectivo de las acciones formativas que le
ofrezca la Entidad al empleado o empleada. Si los empleados o empleadas realizaran,
en aplicación de las previsiones sobre horario flexible, la salida del centro de trabajo una
vez aseguradas las tareas vinculadas al cierre y cuadre de su puesto (a las 14:10 horas),
esos 30 minutos diarios restantes de jornada se irán acumulando y se compensarán con
los tiempos empleados de manera efectiva por el empleado o empleada en el desarrollo
efectivo de las acciones formativas que le ofrezca la Entidad al empleado o empleada.
cve: BOE-A-2021-15664
Verificable en https://www.boe.es
2.1 Horario de atención comercial y desarrollo de acciones formativas en oficinas
ACR.
Núm. 231
Lunes 27 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 118461
los empleados y empleadas podrán dedicar los 35 o 40 minutos de jornada restantes
(hasta las 14:45 o 14:50 según la distribución establecida en el calendario laboral) al
desarrollo efectivo de las acciones formativas que ofrezca la Entidad al empleado o
empleada. Si los empleados o empleadas realizaran, en aplicación de las previsiones
sobre horario flexible, la salida del centro de trabajo una vez aseguradas las tareas
vinculadas al cierre, cuadre y arqueo de la oficina (a las 14:10 horas), esos 35 o 40
minutos diarios restantes de jornada se irán acumulando y se compensarán con los
tiempos empleados de manera efectiva por el empleado o empleada en el desarrollo
efectivo de las acciones formativas que ofrezca la Entidad al empleado o empleada.
Se compensarán de la misma manera, es decir, con los tiempos empleados de
manera efectiva por el empleado o empleada en el desarrollo efectivo de las acciones
formativas que le ofrezca la Entidad al empleado o empleada, el tiempo del descanso por
jornada continuada recogido en el artículo 34 del Estatuto de los Trabajadores («pausa
de café», almuerzo, etc), por no tener tal descanso la consideración de tiempo efectivo
de trabajo.
Los jueves por la tarde, de octubre a abril de cada año, de 16:45 a 19:15 horas. El
horario de trabajo los jueves por la tarde se extenderá entre las 16:15 y las 19:30 horas.
En el supuesto de que por la extensión de las acciones formativas de que se trate, no
fuera suficiente, con carácter general, la aplicación de los criterios establecidos en los
párrafos anteriores para la compensación de los tiempos exigidos efectivamente por
tales requerimientos formativos, se negociará con la representación legal de los
trabajadores y trabajadoras el posible establecimiento de compensaciones específicas
adicionales, tomando como referencia tanto el esfuerzo formativo realizado como las
compensaciones establecidas a estos efectos en ocasiones anteriores en la Entidad.
La Entidad se reserva el derecho a modificar en cada momento los horarios de
apertura al público, debiendo informar a la representación legal de los trabajadores y
trabajadoras con la mayor antelación que le resulte posible, y sin que tal alteración de los
horarios de apertura al público suponga en ningún caso rebasamiento alguno del caudal
horario anual, asignación de un mayor número de días de trabajo en régimen de jornada
partida de mañana y tarde semanales en el período de octubre a abril ni afecte al
mecanismo de compensación de jornada con el desarrollo efectivo de acciones
formativas ofrecidas por la Entidad.
2.
Oficinas de Atención Comercial Reforzada (Oficinas ACR).
En determinadas oficinas, con un máximo de 50 oficinas de la Red Minorista en el
conjunto de la Entidad, a determinar en cada momento por la Entidad, se establece una
atención comercial reforzada para dar respuesta a las necesidades de los y las clientes
de la Entidad.
El horario de atención comercial (apertura al público) tendrá las siguientes
características:
De lunes a viernes, durante todo el año, de 8:30 a 14:00 horas. El horario de trabajo
comenzará a las 8:15 horas y terminará a las 14:40 horas. Una vez cerrada la oficina al
público y transcurridos 10 minutos para el desarrollo de las tareas vinculadas al cierre y
cuadre del puesto, los empleados y empleadas podrán dedicar los 30 minutos de jornada
restantes, hasta las 14:40, al desarrollo efectivo de las acciones formativas que le
ofrezca la Entidad al empleado o empleada. Si los empleados o empleadas realizaran,
en aplicación de las previsiones sobre horario flexible, la salida del centro de trabajo una
vez aseguradas las tareas vinculadas al cierre y cuadre de su puesto (a las 14:10 horas),
esos 30 minutos diarios restantes de jornada se irán acumulando y se compensarán con
los tiempos empleados de manera efectiva por el empleado o empleada en el desarrollo
efectivo de las acciones formativas que le ofrezca la Entidad al empleado o empleada.
cve: BOE-A-2021-15664
Verificable en https://www.boe.es
2.1 Horario de atención comercial y desarrollo de acciones formativas en oficinas
ACR.