III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2021-15664)
Resolución de 15 de septiembre de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el III Convenio colectivo de Kutxabank, SA.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 231
Lunes 27 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 118470
En función de la organización actual de estas Áreas y/o Servicios el referido carácter
necesario de esta jornada afecta concretamente a los siguientes puestos:
Área y/o Servicio
Salas.
Originación.
Gestión Patrimonial.
Puestos
Dirección.
Operadores/as.
Dirección.
Subdirección.
Dirección.
Operadores/as.
Dirección.
Back Office.
Subdirección.
Puestos de Middle Office.
Dirección.
Sedex.
Dirección de Red Exterior.
A esta jornada podrán acogerse asimismo, mediante acuerdo individual con el
Banco, todas las personas de las Áreas de Banca de Inversiones que acrediten la debida
idoneidad a juicio de la Entidad.
La jornada de todos los días de trabajo tendrá una duración de 7 horas y 5 minutos,
interrumpiéndose al mediodía para la comida mediante el establecimiento de turnos de
salida de 1 hora y 40 minutos de duración, dentro del horario comprendido entre las 13 y
las 16 horas.
Los días en que permanezca abierto alguno de los mercados y sean festivos en
Bilbao, serán considerados laborables a todos los efectos para quienes desarrollan su
actividad en relación con tal mercado, compensando ese día de trabajo con 1 día de
libranza a disfrutar en función de las necesidades del Servicio y con la conformidad de la
jefatura superior inmediata, y percibiendo un importe de 178,76 euros (importe
a 01/01/2020) por ese día trabajado.
El personal afectado por esta Jornada Especial dispondrá como compensación, en
función de las necesidades de servicio y con la conformidad de la jefatura superior
inmediata, de 4 días de libranza no acumulables a vacaciones, y obtendrá, asimismo
como compensación mientras realice esta jornada, un complemento económico
de 762,34 euros mensuales (importe a 1 de enero de 2020).
Siempre que a juicio del Banco queden debidamente atendidas las necesidades de
servicio y sin detrimento del cumplimiento por cada persona de la jornada íntegra anual
obligatoria, la Entidad podrá establecer cada año sistemas para la cobertura con plantilla
reducida del servicio de tarde de los viernes.
La atención de las tareas operativas de los mercados que exijan una extensión
ininterrumpida, que actualmente el sistema TARGET establece desde las 7:00 horas
hasta las 21:00 horas, determinará la programación periódica por la Entidad de quienes
deban anticipar su horario de jornada para ocuparse de la apertura diaria de mañana,
realizando su tiempo de jornada diaria en régimen continuado a partir de las 7:00 horas,
y de quienes deban posponer su horario de jornada para ocuparse del cierre diario de
tarde realizando su tiempo de jornada diaria de forma que concluya una vez finalizadas
las tareas de cierre diario hasta las 21:00 horas, en régimen continuado. En el segundo
caso, como alternativa a la posposición del horario de la jornada de quienes deban
atender al cierre del sistema TARGET, siempre que las necesidades del servicio queden
adecuadamente cubiertas a juicio de la Entidad, y con la conformidad de la jefatura
cve: BOE-A-2021-15664
Verificable en https://www.boe.es
Dirección de Corresponsales.
Núm. 231
Lunes 27 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 118470
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necesario de esta jornada afecta concretamente a los siguientes puestos:
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Salas.
Originación.
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Puestos
Dirección.
Operadores/as.
Dirección.
Subdirección.
Dirección.
Operadores/as.
Dirección.
Back Office.
Subdirección.
Puestos de Middle Office.
Dirección.
Sedex.
Dirección de Red Exterior.
A esta jornada podrán acogerse asimismo, mediante acuerdo individual con el
Banco, todas las personas de las Áreas de Banca de Inversiones que acrediten la debida
idoneidad a juicio de la Entidad.
La jornada de todos los días de trabajo tendrá una duración de 7 horas y 5 minutos,
interrumpiéndose al mediodía para la comida mediante el establecimiento de turnos de
salida de 1 hora y 40 minutos de duración, dentro del horario comprendido entre las 13 y
las 16 horas.
Los días en que permanezca abierto alguno de los mercados y sean festivos en
Bilbao, serán considerados laborables a todos los efectos para quienes desarrollan su
actividad en relación con tal mercado, compensando ese día de trabajo con 1 día de
libranza a disfrutar en función de las necesidades del Servicio y con la conformidad de la
jefatura superior inmediata, y percibiendo un importe de 178,76 euros (importe
a 01/01/2020) por ese día trabajado.
El personal afectado por esta Jornada Especial dispondrá como compensación, en
función de las necesidades de servicio y con la conformidad de la jefatura superior
inmediata, de 4 días de libranza no acumulables a vacaciones, y obtendrá, asimismo
como compensación mientras realice esta jornada, un complemento económico
de 762,34 euros mensuales (importe a 1 de enero de 2020).
Siempre que a juicio del Banco queden debidamente atendidas las necesidades de
servicio y sin detrimento del cumplimiento por cada persona de la jornada íntegra anual
obligatoria, la Entidad podrá establecer cada año sistemas para la cobertura con plantilla
reducida del servicio de tarde de los viernes.
La atención de las tareas operativas de los mercados que exijan una extensión
ininterrumpida, que actualmente el sistema TARGET establece desde las 7:00 horas
hasta las 21:00 horas, determinará la programación periódica por la Entidad de quienes
deban anticipar su horario de jornada para ocuparse de la apertura diaria de mañana,
realizando su tiempo de jornada diaria en régimen continuado a partir de las 7:00 horas,
y de quienes deban posponer su horario de jornada para ocuparse del cierre diario de
tarde realizando su tiempo de jornada diaria de forma que concluya una vez finalizadas
las tareas de cierre diario hasta las 21:00 horas, en régimen continuado. En el segundo
caso, como alternativa a la posposición del horario de la jornada de quienes deban
atender al cierre del sistema TARGET, siempre que las necesidades del servicio queden
adecuadamente cubiertas a juicio de la Entidad, y con la conformidad de la jefatura
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