III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2021-15662)
Resolución de 15 de septiembre de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Safety Kleen España, SA.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 231

Lunes 27 de septiembre de 2021

Sec. III. Pág. 118374

10. Por el tiempo indispensable para la obtención del carné de conducir, recayendo
la licencia en el día concreto del examen y hasta un máximo de tres ocasiones.
11. Por el tiempo establecido para disfrute de los derechos educativos generales y
de formación profesional, en los supuestos y en las formas reguladas por la legislación
vigente.
12. Para realizar funciones sindicales o de representación del personal en los
términos establecidos en el E.T. y Ley Orgánica de Libertad Sindical.
Como regla general, en cualquiera de los casos contemplados en los diferentes
apartados la persona trabajadora deberá justificar debidamente ante la empresa su
incursión en alguna de estas licencias.
En casos extraordinarios debidamente acreditados, tales licencias se otorgarán por el
tiempo necesario según las circunstancias, conviniendo las condiciones de concesión y
pudiendo acordarse la no percepción de haberes.
Artículo 36.

Permiso por asistencia a consultorio médico.

Cuando por razón de enfermedad propia o de familiares en primer grado por
consanguinidad, las personas trabajadoras que precisen la asistencia a consultorio
médico en horas coincidentes con la de su jornada laboral, tendrán derecho a dicho
permiso, sin pérdida de retribución siempre y cuando se justifique con el correspondiente
volante visado por el facultativo o persona acreditada de la Seguridad Social, incluyendo
el tiempo utilizado o transcurrido en dicha asistencia al centro público de salud.
CAPÍTULO 5
Suspensión del contrato
Artículo 37. Excedencias Forzosa y Voluntaria.
1.

Forzosa.

a) La excedencia forzosa se concederá por la designación o elección de un cargo
público que imposibilite la asistencia al trabajo mientras dure el ejercicio de su cargo
representativo.
b) Quienes ostenten cargos electivos a nivel provincial, autonómico o estatal en las
organizaciones sindicales más representativas.
c) Cumplimiento de un deber público.
La situación de excedencia forzosa da derecho a reserva del puesto de trabajo y al
cómputo de la antigüedad de su vigencia. El reingreso a la Empresa deberá ser
comunicado dentro del mes siguiente al cese en el cargo.
Voluntaria.

a) La persona trabajadora con, al menos, una antigüedad de un año en la empresa
tiene derecho a solicitar la excedencia voluntaria por un período no menor a cuatro
meses y no mayor a cinco años.
Este derecho sólo podrá ser ejercitado otra vez por el mismo trabajador si han
transcurrido tres años desde el final de la anterior excedencia.
Las peticiones de excedencia serán resueltas por la empresa en el plazo máximo de
un mes, teniendo en cuenta las necesidades del trabajo y que aquellas peticiones se
fundamenten en terminación de estudios, exigencias familiares y otras análogas.
La persona trabajadora que no solicite el reingreso antes de la terminación de su
excedencia voluntaria causará baja definitivamente en la empresa.
El período en que la persona trabajadora permanezca en situación de excedencia
voluntaria no computa a efectos de antigüedad, conservando el derecho preferente al

cve: BOE-A-2021-15662
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2.