III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2021-15661)
Resolución de 15 de septiembre de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Autotransporte Turístico Español, SA.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 231
Lunes 27 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 118348
B) Complementos de Calidad o Cantidad
Artículo 38.
Incentivos.
1. Todo el personal de base adscrito a los grupos profesionales de operaciones y
mantenimiento, a excepción de los niveles I A, II A y II B y los empleados nombrados
«Assistant Manager», percibirán, de acuerdo a los resultados obtenidos en la TSQI, y
durante la vigencia del Convenio Colectivo, las siguientes cantidades:
– Si la base alcanza el porcentaje de la media alcanzada por el conjunto de las
bases en el grupo Enterprise a nivel global, 75 euros brutos por empleado y mes.
– Si la base supera en, al menos, 2 puntos, el porcentaje de la media alcanzada por
el conjunto de las bases en el grupo Enterprise a nivel global, 100 euros brutos por
empleado y mes.
Tendrán derecho al cobro de las cantidades mencionadas anteriormente aquellos
empleados que hayan prestado trabajo efectivo en la Empresa, al menos, el 50% de los
días laborables del periodo considerado (tres meses anteriores). Los importes referidos
se establecen y devengan para la prestación de servicios a jornada completa. Si la
prestación de servicios fuese inferior, se devengará el importe proporcional a la jornada
efectivamente realizada.
2. Se establece una paga anual por objetivos de acuerdo a la consecución de los
siguientes logros, según lo que se fije en los objetivos del grupo España para cada uno
de los años de vigencia del Convenio Colectivo:
– Ingreso por vehículo.
– Porcentaje de días ganados.
– Incremento en días ganados:
• Un objetivo logrado: 200 euros brutos por empleado.
• Dos objetivos logrados: 400 euros brutos por empleado.
• Tres objetivos logrados: 600 euros brutos por empleado.
– Objetivo anual 31/7/2021:
• Ingreso por vehículo: 890 euros.
• Porcentaje de días ganados: 86,8%.
• Incremento en días ganados: 28%.
El pago de los mencionados objetivos se realizará con carácter anual en virtud de los
resultados alcanzados en dicho periodo. Tendrán derecho al cobro de las cantidades
mencionadas anteriormente aquellos empleados que hayan prestado trabajo efectivo en
la Empresa, al menos, 90 días en el periodo considerado (año fiscal anterior agosto/
julio). Los importes referidos se establecen y devengan para la prestación de servicios a
jornada completa y anual. Si la prestación de servicios fuese inferior se devengará el
importe proporcional a la jornada efectivamente realizada.
Artículo 39.
Entregas y recogidas.
Las entregas y recogidas de vehículos que obliguen a la prolongación de jornada, y
cuya realización será voluntaria por parte del trabajador, salvo las motivadas por retrasos
cve: BOE-A-2021-15661
Verificable en https://www.boe.es
– Resto de años de vigencia del Convenio Colectivo: de acuerdo a los objetivos del
grupo España. La comunicación de los mismos se llevará a cabo en el mes de
septiembre del ejercicio fiscal que comience.
Núm. 231
Lunes 27 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 118348
B) Complementos de Calidad o Cantidad
Artículo 38.
Incentivos.
1. Todo el personal de base adscrito a los grupos profesionales de operaciones y
mantenimiento, a excepción de los niveles I A, II A y II B y los empleados nombrados
«Assistant Manager», percibirán, de acuerdo a los resultados obtenidos en la TSQI, y
durante la vigencia del Convenio Colectivo, las siguientes cantidades:
– Si la base alcanza el porcentaje de la media alcanzada por el conjunto de las
bases en el grupo Enterprise a nivel global, 75 euros brutos por empleado y mes.
– Si la base supera en, al menos, 2 puntos, el porcentaje de la media alcanzada por
el conjunto de las bases en el grupo Enterprise a nivel global, 100 euros brutos por
empleado y mes.
Tendrán derecho al cobro de las cantidades mencionadas anteriormente aquellos
empleados que hayan prestado trabajo efectivo en la Empresa, al menos, el 50% de los
días laborables del periodo considerado (tres meses anteriores). Los importes referidos
se establecen y devengan para la prestación de servicios a jornada completa. Si la
prestación de servicios fuese inferior, se devengará el importe proporcional a la jornada
efectivamente realizada.
2. Se establece una paga anual por objetivos de acuerdo a la consecución de los
siguientes logros, según lo que se fije en los objetivos del grupo España para cada uno
de los años de vigencia del Convenio Colectivo:
– Ingreso por vehículo.
– Porcentaje de días ganados.
– Incremento en días ganados:
• Un objetivo logrado: 200 euros brutos por empleado.
• Dos objetivos logrados: 400 euros brutos por empleado.
• Tres objetivos logrados: 600 euros brutos por empleado.
– Objetivo anual 31/7/2021:
• Ingreso por vehículo: 890 euros.
• Porcentaje de días ganados: 86,8%.
• Incremento en días ganados: 28%.
El pago de los mencionados objetivos se realizará con carácter anual en virtud de los
resultados alcanzados en dicho periodo. Tendrán derecho al cobro de las cantidades
mencionadas anteriormente aquellos empleados que hayan prestado trabajo efectivo en
la Empresa, al menos, 90 días en el periodo considerado (año fiscal anterior agosto/
julio). Los importes referidos se establecen y devengan para la prestación de servicios a
jornada completa y anual. Si la prestación de servicios fuese inferior se devengará el
importe proporcional a la jornada efectivamente realizada.
Artículo 39.
Entregas y recogidas.
Las entregas y recogidas de vehículos que obliguen a la prolongación de jornada, y
cuya realización será voluntaria por parte del trabajador, salvo las motivadas por retrasos
cve: BOE-A-2021-15661
Verificable en https://www.boe.es
– Resto de años de vigencia del Convenio Colectivo: de acuerdo a los objetivos del
grupo España. La comunicación de los mismos se llevará a cabo en el mes de
septiembre del ejercicio fiscal que comience.