III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2021-15667)
Resolución de 14 de septiembre de 2021, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Ampliación planta fotovoltaica Sabinar Hive de 63,2 MWn/83 MWp en el término municipal de Alarcón (Cuenca)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 27 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 118669
evaluación del proyecto inicial), con resultados del seguimiento telemétrico (periodo
noviembre 2019 – abril 2020), de dos ejemplares pertenecientes sendos territorios
existentes en el área crítica declarada como Zona Sensible, coincidente con el espacio
Red Natural 2000 ZEC ES4230006 «Hoces de Alarcón». Los territorios se identifican
como como Alarcón I (subadulto macho) y Alarcón II (subadulto hembra), y arrojan una
intensidad de uso por parte de las águilas baja en el perímetro del proyecto inicial,
Sabinar HIVE.
El EsIA prevé que los recintos vallados de la PFV actúen como reservorio de presas
para la avifauna (como los conejos, por ejemplo), ya que la conservación del suelo y su
uso en momentos determinados como zona de pastizal para ganado resulta compatible
con la utilización de la zona por estas especies como biotopo. Además, debe tenerse en
cuenta la protección frente a los depredadores terrestres que proporciona el vallado y
que los terrenos de la planta estarán vedados para la caza.
Además, como medida compensatoria se propone adoptar medidas para mejorar la
disponibilidad de presas en una zona propicia para las aves, dentro de su zona de
campeo más habitual, y en zonas con menor riesgo de electrocución y colisión. Incluirá
la realización de desbroces y clareos en zonas de matorral y bosque, siembra de
especies de alto valor nutricional para población presa y medidas para el fomento de
conejo silvestre o de perdiz roja. Se prevé que los terrenos donde se realicen estas
medidas se sitúen dentro de la ZEC «Hoces de Alarcón», dentro del MUP que alberga.
El Servicio de Medio Natural y Biodiversidad de la Consejería de Desarrollo Sostenible
en Cuenca propone el arrendamiento de derechos cinegéticos para mejorar la
efectividad de esta medida, que el promotor acepta, y se ha desarrollado en el apartado
de condiciones de la presente resolución.
Por otra parte, dada la importancia de la avifauna rupícola, propone, también como
medida compensatoria, la corrección de apoyos de líneas eléctricas peligrosas en la
zona de campeo de las aves. Se propone el acondicionamiento de un total de cinco
apoyos. La ubicación de los apoyos se acordará con el Organismo competente de
Comunidad Autónoma. Se escogerán aquéllos en los que se haya detectado riesgo para
la avifauna por situarse próximos a la ZEC y que no se encuentren adaptados a las
condiciones técnicas recogidas en el Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto, por el
que se establecen medidas para la protección de la avifauna contra la colisión y la
electrocución en líneas eléctricas de alta tensión.
El Servicio de Medio Natural y Biodiversidad de la Consejería de Desarrollo
Sostenible en Cuenca indica que el promotor debería aportar un informe actualizado con
el análisis de los resultados de telemetría de la captura y marcaje de los ejemplares de
águila perdicera que se hayan ido obteniendo desde noviembre de 2019, con el nuevo
perímetro que adopte la ampliación y modificación propuesta del conjunto de la planta
original y la ampliación, para cuantificar número y porcentaje de localizaciones,
trayectorias de vuelo y áreas de campeo, con el fin de tomarlo como referencia en
estudios de seguimiento sucesivos. Esta información deberá ser enviada a ese Servicio
provincial para su informe. Además, el organismo establece dos condiciones para el
seguimiento de la especie, que se han incluido en el apartado 3d, correspondiente al
Programa de Vigilancia Ambiental (PVA) de la presente resolución, y que el promotor ha
aceptado.
Se confirma también, la presencia de grulla, con el avistamiento de tres bandos en la
época de invernada, en migración pre-reproductora. Esto constata el uso de las
inmediaciones del embalse de Alarcón como zona de concentración previa a la
migración. El promotor considera que se producirá una pérdida directa de su zona de
alimentación; por ello, ha establecido como medida compensatoria la mejora del hábitat
mediante acuerdos con agricultores, para la aplicación de buenas prácticas agrarias en
terrenos cercanos. Dado que la planta Sabinar HIVE inicialmente ocupaba una superficie
efectiva de 467 ha y con la aplicación de la mejora tecnológica, entre plata inicial y
ampliación, ocuparían en conjunto 451,45 ha, no se proponen superficies adicionales a
las ya recogidas en la declaración de impacto ambiental correspondiente a la planta
cve: BOE-A-2021-15667
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 231
Lunes 27 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 118669
evaluación del proyecto inicial), con resultados del seguimiento telemétrico (periodo
noviembre 2019 – abril 2020), de dos ejemplares pertenecientes sendos territorios
existentes en el área crítica declarada como Zona Sensible, coincidente con el espacio
Red Natural 2000 ZEC ES4230006 «Hoces de Alarcón». Los territorios se identifican
como como Alarcón I (subadulto macho) y Alarcón II (subadulto hembra), y arrojan una
intensidad de uso por parte de las águilas baja en el perímetro del proyecto inicial,
Sabinar HIVE.
El EsIA prevé que los recintos vallados de la PFV actúen como reservorio de presas
para la avifauna (como los conejos, por ejemplo), ya que la conservación del suelo y su
uso en momentos determinados como zona de pastizal para ganado resulta compatible
con la utilización de la zona por estas especies como biotopo. Además, debe tenerse en
cuenta la protección frente a los depredadores terrestres que proporciona el vallado y
que los terrenos de la planta estarán vedados para la caza.
Además, como medida compensatoria se propone adoptar medidas para mejorar la
disponibilidad de presas en una zona propicia para las aves, dentro de su zona de
campeo más habitual, y en zonas con menor riesgo de electrocución y colisión. Incluirá
la realización de desbroces y clareos en zonas de matorral y bosque, siembra de
especies de alto valor nutricional para población presa y medidas para el fomento de
conejo silvestre o de perdiz roja. Se prevé que los terrenos donde se realicen estas
medidas se sitúen dentro de la ZEC «Hoces de Alarcón», dentro del MUP que alberga.
El Servicio de Medio Natural y Biodiversidad de la Consejería de Desarrollo Sostenible
en Cuenca propone el arrendamiento de derechos cinegéticos para mejorar la
efectividad de esta medida, que el promotor acepta, y se ha desarrollado en el apartado
de condiciones de la presente resolución.
Por otra parte, dada la importancia de la avifauna rupícola, propone, también como
medida compensatoria, la corrección de apoyos de líneas eléctricas peligrosas en la
zona de campeo de las aves. Se propone el acondicionamiento de un total de cinco
apoyos. La ubicación de los apoyos se acordará con el Organismo competente de
Comunidad Autónoma. Se escogerán aquéllos en los que se haya detectado riesgo para
la avifauna por situarse próximos a la ZEC y que no se encuentren adaptados a las
condiciones técnicas recogidas en el Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto, por el
que se establecen medidas para la protección de la avifauna contra la colisión y la
electrocución en líneas eléctricas de alta tensión.
El Servicio de Medio Natural y Biodiversidad de la Consejería de Desarrollo
Sostenible en Cuenca indica que el promotor debería aportar un informe actualizado con
el análisis de los resultados de telemetría de la captura y marcaje de los ejemplares de
águila perdicera que se hayan ido obteniendo desde noviembre de 2019, con el nuevo
perímetro que adopte la ampliación y modificación propuesta del conjunto de la planta
original y la ampliación, para cuantificar número y porcentaje de localizaciones,
trayectorias de vuelo y áreas de campeo, con el fin de tomarlo como referencia en
estudios de seguimiento sucesivos. Esta información deberá ser enviada a ese Servicio
provincial para su informe. Además, el organismo establece dos condiciones para el
seguimiento de la especie, que se han incluido en el apartado 3d, correspondiente al
Programa de Vigilancia Ambiental (PVA) de la presente resolución, y que el promotor ha
aceptado.
Se confirma también, la presencia de grulla, con el avistamiento de tres bandos en la
época de invernada, en migración pre-reproductora. Esto constata el uso de las
inmediaciones del embalse de Alarcón como zona de concentración previa a la
migración. El promotor considera que se producirá una pérdida directa de su zona de
alimentación; por ello, ha establecido como medida compensatoria la mejora del hábitat
mediante acuerdos con agricultores, para la aplicación de buenas prácticas agrarias en
terrenos cercanos. Dado que la planta Sabinar HIVE inicialmente ocupaba una superficie
efectiva de 467 ha y con la aplicación de la mejora tecnológica, entre plata inicial y
ampliación, ocuparían en conjunto 451,45 ha, no se proponen superficies adicionales a
las ya recogidas en la declaración de impacto ambiental correspondiente a la planta
cve: BOE-A-2021-15667
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 231