III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2021-15667)
Resolución de 14 de septiembre de 2021, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Ampliación planta fotovoltaica Sabinar Hive de 63,2 MWn/83 MWp en el término municipal de Alarcón (Cuenca)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 27 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 118675
ámbito autonómico frente a los riesgos presentes en la Comunidad Autónoma de
Castilla-La Mancha. Concluye que no se han identificado riesgos de accidentes graves o
catástrofes y, por tanto, no cabe esperar efectos adversos sobre los diversos factores
ambientales a consecuencia de la vulnerabilidad del proyecto frente a ellos.
A pesar de ello, el promotor propone como medida la elaboración de un plan de
emergencia de gestión y actuación. Será aplicable tanto en la fase de construcción como
de explotación y desmantelamiento, para los casos en los que se pueda producir un
vertido incontrolado y accidental de sustancias tóxicas y peligrosas en el medio natural.
El plan contemplará cómo actuar en caso de que se produzca una emergencia que
pueda afectar al medio ambiente y en particular al sistema hidrológico.
El Servicio de Protección Ciudadana de la Delegación Provincial de Hacienda y
Administraciones Públicas del Gobierno de Castilla-La Mancha, emite informe favorable
visto que no conlleva un incremento de riesgos para los ciudadanos ni sus bienes,
siempre que se cumplan las condiciones recogidas en su informe, relacionadas con
riesgos laborales e incendios forestales (Orden de 26/09/2012, de la Consejería de
Agricultura, por la que se modifica la Orden de 16/05/2006 de la Consejería de Medio
Ambiente y Desarrollo Rural, por la que se regulan las campañas de prevención de
incendios forestales así como a las resoluciones de la Dirección General de Política
Forestal y Espacios naturales sobre prohibición temporal de quema de restos vegetales
en el medio natural y trabajos con riesgo de incendios en las superficies forestales), cuyo
cumplimiento ha sido asumido por el promotor.
d) Programa de vigilancia ambiental (PVA). El EsIA contiene un PVA cuyo objetivo
consiste en garantizar el cumplimiento de la totalidad de las medidas preventivas y
correctoras descritas. En cada una de sus fases, se realizará un seguimiento su eficacia
y criterios de aplicación, emitiendo los correspondientes informes. Sus líneas principales
se resumen a continuación:
Fase de construcción. Se prevé:
– Comprobación documental de licencias, autorizaciones y demás documentos
administrativos necesarios previo inicio de las obras.
– Comprobación de la existencia de un Plan de Emergencia de Gestión y Actuación.
– Comprobación de la existencia de un Plan de Desmantelamiento
– Comprobación de existencia de autorización de actuación en zona de Zona de
Policía.
– Comprobación de existencia de autorización de actuación en zona de Dominio
Público Pecuario.
– Replanteo y jalonamiento de las obras, especialmente, para evitar afecciones no
previstas.
– Detección previa al inicio de las obras de especímenes o comunidades vegetales
de interés, de manera que se pueda proceder a su señalamiento, en caso de detección.
– Verificación del cumplimiento de las medidas diseñadas en el proyecto de
restauración en especial en lo que se refiere a la restitución de la capacidad agrológica
de los suelos.
– Comprobación visual del buen estado de las diferentes señalizaciones.
– Comprobación de la correcta adecuación y señalización de zonas de acopio de
materiales, e instalaciones auxiliares.
– Verificación de la existencia de un parque de maquinaria y un punto limpio,
comprobándose la correcta segregación y gestión de residuos conforme a la legislación
aplicable; con existencia de cubeto de recogida de residuos en el caso de hacer
mantenimiento de maquinaria en el parque de maquinaria, en el caso de que no se
efectúe en talleres externos.
– Revisión de la existencia de una capa impermeabilizante sobre el terreno en el
parque de maquinaria y dotación de las medidas adecuadas relativas al almacenamiento
de residuos.
cve: BOE-A-2021-15667
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 231
Lunes 27 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 118675
ámbito autonómico frente a los riesgos presentes en la Comunidad Autónoma de
Castilla-La Mancha. Concluye que no se han identificado riesgos de accidentes graves o
catástrofes y, por tanto, no cabe esperar efectos adversos sobre los diversos factores
ambientales a consecuencia de la vulnerabilidad del proyecto frente a ellos.
A pesar de ello, el promotor propone como medida la elaboración de un plan de
emergencia de gestión y actuación. Será aplicable tanto en la fase de construcción como
de explotación y desmantelamiento, para los casos en los que se pueda producir un
vertido incontrolado y accidental de sustancias tóxicas y peligrosas en el medio natural.
El plan contemplará cómo actuar en caso de que se produzca una emergencia que
pueda afectar al medio ambiente y en particular al sistema hidrológico.
El Servicio de Protección Ciudadana de la Delegación Provincial de Hacienda y
Administraciones Públicas del Gobierno de Castilla-La Mancha, emite informe favorable
visto que no conlleva un incremento de riesgos para los ciudadanos ni sus bienes,
siempre que se cumplan las condiciones recogidas en su informe, relacionadas con
riesgos laborales e incendios forestales (Orden de 26/09/2012, de la Consejería de
Agricultura, por la que se modifica la Orden de 16/05/2006 de la Consejería de Medio
Ambiente y Desarrollo Rural, por la que se regulan las campañas de prevención de
incendios forestales así como a las resoluciones de la Dirección General de Política
Forestal y Espacios naturales sobre prohibición temporal de quema de restos vegetales
en el medio natural y trabajos con riesgo de incendios en las superficies forestales), cuyo
cumplimiento ha sido asumido por el promotor.
d) Programa de vigilancia ambiental (PVA). El EsIA contiene un PVA cuyo objetivo
consiste en garantizar el cumplimiento de la totalidad de las medidas preventivas y
correctoras descritas. En cada una de sus fases, se realizará un seguimiento su eficacia
y criterios de aplicación, emitiendo los correspondientes informes. Sus líneas principales
se resumen a continuación:
Fase de construcción. Se prevé:
– Comprobación documental de licencias, autorizaciones y demás documentos
administrativos necesarios previo inicio de las obras.
– Comprobación de la existencia de un Plan de Emergencia de Gestión y Actuación.
– Comprobación de la existencia de un Plan de Desmantelamiento
– Comprobación de existencia de autorización de actuación en zona de Zona de
Policía.
– Comprobación de existencia de autorización de actuación en zona de Dominio
Público Pecuario.
– Replanteo y jalonamiento de las obras, especialmente, para evitar afecciones no
previstas.
– Detección previa al inicio de las obras de especímenes o comunidades vegetales
de interés, de manera que se pueda proceder a su señalamiento, en caso de detección.
– Verificación del cumplimiento de las medidas diseñadas en el proyecto de
restauración en especial en lo que se refiere a la restitución de la capacidad agrológica
de los suelos.
– Comprobación visual del buen estado de las diferentes señalizaciones.
– Comprobación de la correcta adecuación y señalización de zonas de acopio de
materiales, e instalaciones auxiliares.
– Verificación de la existencia de un parque de maquinaria y un punto limpio,
comprobándose la correcta segregación y gestión de residuos conforme a la legislación
aplicable; con existencia de cubeto de recogida de residuos en el caso de hacer
mantenimiento de maquinaria en el parque de maquinaria, en el caso de que no se
efectúe en talleres externos.
– Revisión de la existencia de una capa impermeabilizante sobre el terreno en el
parque de maquinaria y dotación de las medidas adecuadas relativas al almacenamiento
de residuos.
cve: BOE-A-2021-15667
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 231