II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2021-15635)
Resolución de 10 de septiembre de 2021, conjunta de la Universidad de Barcelona y el Hospital Clínico de Barcelona, por la que se convoca concurso de acceso a plaza vinculada de cuerpos docentes universitarios.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 27 de septiembre de 2021
3.
Sec. II.B. Pág. 117615
Solicitudes
3.1 La solicitud para participar en los concursos de acceso se formalizará en el
modelo de impreso que está disponible en la sede electrónica de la UB y, una vez
firmada, se presentará dirigida al rector y acompañada de la documentación requerida en
el plazo de 20 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de la
convocatoria en el DOGC.
La presentación de la solicitud supondrá la aceptación incondicional de estas bases.
3.2 La solicitud se presentará por uno de los procedimientos siguientes, siempre en
el plazo indicado:
a) En cualquiera de las oficinas de registro general de la UB: http://www.ub.edu/
registre/es/horari.html.
b) Electrónicamente
mediante
instancia
genérica:
https://www.ub.edu/
eadministracio/IG.html.
Hay que tener en cuenta que esta vía tiene una limitación de peso de los
documentos que se pueden adjuntar. En caso de que no se puedan adjuntar todos los
documentos, estos deberán remitirse mediante las oficinas de Correos según se expone
en el punto c siguiente. Solo en caso de que las oficinas de Correos estuvieran cerradas
por razón de la COVID-19, se podrá enviar el resto de la documentación por correo
electrónico a personal.academic@ub.edu.
c) Mediante las oficinas de Correos. En este caso se deberá emplear el
procedimiento de correo certificado administrativo (también conocido como
procedimiento en sobre abierto, dado que el personal de Correos estampa el sello de la
fecha de envío en el documento enviado antes de cerrar el sobre).
d) Para cualquiera de los medios establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, de acuerdo con las disposiciones transitorias de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre (LPACAP).
En caso de que se presente la solicitud por uno de los medios alternativos al registro
presencial o telemático (puntos a y b) de la Universidad, se recomienda que la persona
aspirante cuente con una copia íntegra donde conste la fecha y el sello oficial de
presentación en el registro, y que envíe una copia por correo electrónico a la siguiente
dirección: personal.academic@ub.edu, dentro del mismo plazo de presentación de
solicitudes.
3.3 Dentro del plazo de presentación de solicitudes, las personas aspirantes
deberán satisfacer la tasa de 69,25 € en concepto de tasa de inscripción, de acuerdo con
lo establecido en la Orden PDA/85/2020, de 16 de junio, cuanto a las tasas de
inscripción en las convocatorias para la selección de personal, con las bonificaciones
que en la misma se contemplan, el cumplimiento del disfrute de las que habrá que
acreditar.
El pago se podrá efectuar en cualquiera de las oficinas del Banco de Bilbao Vizcaya
Argentaria o del Banco Santander, mediante el ingreso en caja, en los números de
cuenta corriente relacionados en la solicitud o bien pagando electrónicamente con tarjeta
de crédito.
Toda la información para obtener el impreso de solicitud y para acceder al pago
electrónico está disponible en la sede electrónica y en la web de la Universidad de
Barcelona:
https://intranet.ub.edu/dyn/cms/02_treball_UB/02_concursos_i_oposicions/
1_concursos_pdi/2_personal_academic_contractat/permanent/oberts/index.html.
La falta del pago de las tasas en el plazo de presentación de solicitudes determinará
la exclusión de la candidatura. Por tanto, no se podrá formalizar el pago en el plazo de
subsanación. Para acreditar el pago se deberá adjuntar el comprobante a la solicitud.
En ningún caso el pago sustituirá al trámite de presentación de la solicitud en forma y
plazo de acuerdo con estas bases.
Las tasas satisfechas no serán objeto de devolución en caso de exclusión de la
convocatoria por falta de cumplimiento de los requisitos, así como tampoco por causa de
cve: BOE-A-2021-15635
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 231
Lunes 27 de septiembre de 2021
3.
Sec. II.B. Pág. 117615
Solicitudes
3.1 La solicitud para participar en los concursos de acceso se formalizará en el
modelo de impreso que está disponible en la sede electrónica de la UB y, una vez
firmada, se presentará dirigida al rector y acompañada de la documentación requerida en
el plazo de 20 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de la
convocatoria en el DOGC.
La presentación de la solicitud supondrá la aceptación incondicional de estas bases.
3.2 La solicitud se presentará por uno de los procedimientos siguientes, siempre en
el plazo indicado:
a) En cualquiera de las oficinas de registro general de la UB: http://www.ub.edu/
registre/es/horari.html.
b) Electrónicamente
mediante
instancia
genérica:
https://www.ub.edu/
eadministracio/IG.html.
Hay que tener en cuenta que esta vía tiene una limitación de peso de los
documentos que se pueden adjuntar. En caso de que no se puedan adjuntar todos los
documentos, estos deberán remitirse mediante las oficinas de Correos según se expone
en el punto c siguiente. Solo en caso de que las oficinas de Correos estuvieran cerradas
por razón de la COVID-19, se podrá enviar el resto de la documentación por correo
electrónico a personal.academic@ub.edu.
c) Mediante las oficinas de Correos. En este caso se deberá emplear el
procedimiento de correo certificado administrativo (también conocido como
procedimiento en sobre abierto, dado que el personal de Correos estampa el sello de la
fecha de envío en el documento enviado antes de cerrar el sobre).
d) Para cualquiera de los medios establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, de acuerdo con las disposiciones transitorias de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre (LPACAP).
En caso de que se presente la solicitud por uno de los medios alternativos al registro
presencial o telemático (puntos a y b) de la Universidad, se recomienda que la persona
aspirante cuente con una copia íntegra donde conste la fecha y el sello oficial de
presentación en el registro, y que envíe una copia por correo electrónico a la siguiente
dirección: personal.academic@ub.edu, dentro del mismo plazo de presentación de
solicitudes.
3.3 Dentro del plazo de presentación de solicitudes, las personas aspirantes
deberán satisfacer la tasa de 69,25 € en concepto de tasa de inscripción, de acuerdo con
lo establecido en la Orden PDA/85/2020, de 16 de junio, cuanto a las tasas de
inscripción en las convocatorias para la selección de personal, con las bonificaciones
que en la misma se contemplan, el cumplimiento del disfrute de las que habrá que
acreditar.
El pago se podrá efectuar en cualquiera de las oficinas del Banco de Bilbao Vizcaya
Argentaria o del Banco Santander, mediante el ingreso en caja, en los números de
cuenta corriente relacionados en la solicitud o bien pagando electrónicamente con tarjeta
de crédito.
Toda la información para obtener el impreso de solicitud y para acceder al pago
electrónico está disponible en la sede electrónica y en la web de la Universidad de
Barcelona:
https://intranet.ub.edu/dyn/cms/02_treball_UB/02_concursos_i_oposicions/
1_concursos_pdi/2_personal_academic_contractat/permanent/oberts/index.html.
La falta del pago de las tasas en el plazo de presentación de solicitudes determinará
la exclusión de la candidatura. Por tanto, no se podrá formalizar el pago en el plazo de
subsanación. Para acreditar el pago se deberá adjuntar el comprobante a la solicitud.
En ningún caso el pago sustituirá al trámite de presentación de la solicitud en forma y
plazo de acuerdo con estas bases.
Las tasas satisfechas no serán objeto de devolución en caso de exclusión de la
convocatoria por falta de cumplimiento de los requisitos, así como tampoco por causa de
cve: BOE-A-2021-15635
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 231