III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Convenio. (BOE-A-2021-15560)
Resolución de 21 de septiembre de 2021, de la Secretaría de Estado de Comercio, por la que se publica el Convenio con el Instituto de Fomento de la Región de Murcia, para la realización de un periodo de formación en las Oficinas Económicas y Comerciales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 230

Sábado 25 de septiembre de 2021

Vigesimosegunda.

Sec. III. Pág. 117104

Naturaleza jurídica del convenio.

El presente convenio tiene naturaleza administrativa y habrá de regirse por lo
dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público,
aplicándose los principios de dicha norma para resolver las dudas y lagunas que
pudieran suscitarse en su interpretación y ejecución.
De conformidad con todo lo expuesto y convenido, en el ejercicio de las atribuciones
de que son titulares los firmantes, suscriben por duplicado el presente Convenio,
tomándose como fecha de formalización del presente documento la fecha del último
firmante, que figura al principio del Convenio.–Por el Ministerio de Industria, Comercio y
Turismo, la Secretaria de Estado de Comercio, P.D. (Orden ICT/111/2021, de 5 de
febrero de 2021), la Directora General de Comercio Internacional e Inversiones, M.ª Paz
Ramos Resa.–Por el Instituto de Fomento de la Región de Murcia, la Presidenta, María
del Valle Miguélez Santiago.
ANEXO
Compromiso de cumplimiento de las normas y obligaciones establecidas en el
Convenio entre la Dirección General de Comercio Internacional e Inversiones y el
Instituto de Fomento de la Región de Murcia
D./D.ª ……………………………………………………………………….becario/a del
programa de becas del Instituto de Fomento de la Región de Murcia (INFO) ha sido
designado para desarrollar su período de beca en la oficina económica y comercial de
españa en …………………………...., de acuerdo con las siguientes
CONDICIONES
1.

Tutoría.

La persona becada quedará bajo la supervisión del responsable de la Oficina
Económica y Comercial en…………........................................ (en adelante, OFECOME/
Oficina). Cualquier actuación del becario que no vaya autorizada expresamente por la
persona responsable de la Oficina/tutor, se entenderá que es realizada a título personal y
no comprometerá a ningún órgano de la Administración española, no asumiendo, por
tanto, la Oficina responsabilidad alguna por la realización de las mismas.
2.

Duración.

La estancia del becario en la Oficina será de ………… meses desde el …… de ……
………….. de …………. Durante este período, la persona becada se compromete al
cumplimiento ininterrumpido de la misma.
3.

Relación OFECOME-Becario.

La estancia del becario en la Oficina no supone vinculación laboral o administrativa
entre el becario y la Oficina.
Actividades formativas.

El becario realizará las actividades formativas que le indique la persona responsable
de la Oficina/tutor. En todo caso, el becario dispondrá de acceso al tutor para cualquier
duda con respecto a las tareas de apoyo que le fueran asignadas.
Dentro de estas actividades se encuentran la colaboración en la preparación de
informes, notas y elaboración de estudios que le sean asignados y cuya finalidad es
completar y perfeccionar su formación. Estas obras, que habrán de ser asignadas,

cve: BOE-A-2021-15560
Verificable en https://www.boe.es

4.