III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Delegación de competencias. (BOE-A-2021-15557)
Orden TMA/1007/2021, de 9 de septiembre, sobre fijación de límites para la administración de determinados créditos para gastos y delegación de competencias.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 25 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 117050
General Técnica, a la Dirección General de Programación Económica y Presupuestos y
a la Dirección General del Instituto Geográfico Nacional, así como iniciar y resolver los
procedimientos de reintegro que procedan.
c) Iniciar y resolver los procedimientos de otorgamiento de subvenciones de
concesión directa, con sujeción al real decreto regulador de las mismas, con cargo a
créditos del servicio 01 del Presupuesto de Gastos del Departamento y de los servicios
presupuestarios correspondientes a la Secretaría General Técnica, la Dirección General
de Programación Económica y Presupuestos y la Dirección General del Instituto
Geográfico Nacional, así como iniciar y resolver los procedimientos de reintegro que
procedan.
B) En los titulares de la Secretaría General Técnica, la Dirección General de
Programación Económica y Presupuestos y la Dirección General del Instituto Geográfico
Nacional, aprobar, cuando tengan asignación nominativa, las ayudas o subvenciones y
las transferencias corrientes y de capital para los créditos consignados en sus
respectivos servicios presupuestarios, así como iniciar y resolver los procedimientos de
reintegro que procedan.
C) En el titular de la Dirección General de Organización e Inspección, acordar y
resolver, con sujeción a las bases reguladoras previamente aprobadas, las convocatorias
para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva en el ámbito
de sus competencias, cuando la cuantía sea inferior a 1.000.000 de euros, así como
iniciar y resolver los procedimientos de reintegro que procedan.
D) En el titular de la Subdirección General de Administración y Gestión Financiera,
aprobar, cuando tengan asignación nominativa, las ayudas o subvenciones y las
transferencias corrientes y de capital para los créditos consignados en el servicio
presupuestario 01, así como iniciar y resolver los procedimientos de reintegro que
procedan.
2. El titular de la Secretaría de Estado de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana
delega el ejercicio de las siguientes competencias en materia de subvenciones y
transferencias:
A) En los titulares de las Secretarías Generales de Infraestructuras, de Transportes
y Movilidad y de Agenda Urbana y Vivienda, respectivamente, acordar y resolver, con
sujeción a las bases reguladoras previamente aprobadas, las convocatorias para la
concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva con cargo a créditos
de los respectivos servicios presupuestarios, así como iniciar y resolver los
procedimientos de reintegro que procedan.
B) En los titulares de las respectivas Direcciones Generales, el ejercicio de la
competencia para aprobar las ayudas o subvenciones y las transferencias corrientes y
de capital para los créditos consignados en sus respectivos servicios presupuestarios,
así como iniciar y resolver los procedimientos de reintegro que procedan, con las
salvedades previstas en el apartado C) siguiente.
C) En el titular de la Dirección General de Vivienda y Suelo, resolver la concesión
de ayudas y subvenciones en ejecución de los Planes de Vivienda, previa autorización
del gasto por el órgano competente, así como iniciar y resolver los procedimientos de
reintegro que procedan.
3. Se delega en el titular de la Secretaría de Estado de Transportes, Movilidad y
Agenda Urbana, en su ámbito de competencia, el ejercicio de las competencias que el
ordenamiento jurídico atribuye al titular del Departamento en materia de subvenciones y
ayudas cuando se supere el límite establecido en el número 2 del apartado primero de
esta Orden.
cve: BOE-A-2021-15557
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 230
Sábado 25 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 117050
General Técnica, a la Dirección General de Programación Económica y Presupuestos y
a la Dirección General del Instituto Geográfico Nacional, así como iniciar y resolver los
procedimientos de reintegro que procedan.
c) Iniciar y resolver los procedimientos de otorgamiento de subvenciones de
concesión directa, con sujeción al real decreto regulador de las mismas, con cargo a
créditos del servicio 01 del Presupuesto de Gastos del Departamento y de los servicios
presupuestarios correspondientes a la Secretaría General Técnica, la Dirección General
de Programación Económica y Presupuestos y la Dirección General del Instituto
Geográfico Nacional, así como iniciar y resolver los procedimientos de reintegro que
procedan.
B) En los titulares de la Secretaría General Técnica, la Dirección General de
Programación Económica y Presupuestos y la Dirección General del Instituto Geográfico
Nacional, aprobar, cuando tengan asignación nominativa, las ayudas o subvenciones y
las transferencias corrientes y de capital para los créditos consignados en sus
respectivos servicios presupuestarios, así como iniciar y resolver los procedimientos de
reintegro que procedan.
C) En el titular de la Dirección General de Organización e Inspección, acordar y
resolver, con sujeción a las bases reguladoras previamente aprobadas, las convocatorias
para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva en el ámbito
de sus competencias, cuando la cuantía sea inferior a 1.000.000 de euros, así como
iniciar y resolver los procedimientos de reintegro que procedan.
D) En el titular de la Subdirección General de Administración y Gestión Financiera,
aprobar, cuando tengan asignación nominativa, las ayudas o subvenciones y las
transferencias corrientes y de capital para los créditos consignados en el servicio
presupuestario 01, así como iniciar y resolver los procedimientos de reintegro que
procedan.
2. El titular de la Secretaría de Estado de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana
delega el ejercicio de las siguientes competencias en materia de subvenciones y
transferencias:
A) En los titulares de las Secretarías Generales de Infraestructuras, de Transportes
y Movilidad y de Agenda Urbana y Vivienda, respectivamente, acordar y resolver, con
sujeción a las bases reguladoras previamente aprobadas, las convocatorias para la
concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva con cargo a créditos
de los respectivos servicios presupuestarios, así como iniciar y resolver los
procedimientos de reintegro que procedan.
B) En los titulares de las respectivas Direcciones Generales, el ejercicio de la
competencia para aprobar las ayudas o subvenciones y las transferencias corrientes y
de capital para los créditos consignados en sus respectivos servicios presupuestarios,
así como iniciar y resolver los procedimientos de reintegro que procedan, con las
salvedades previstas en el apartado C) siguiente.
C) En el titular de la Dirección General de Vivienda y Suelo, resolver la concesión
de ayudas y subvenciones en ejecución de los Planes de Vivienda, previa autorización
del gasto por el órgano competente, así como iniciar y resolver los procedimientos de
reintegro que procedan.
3. Se delega en el titular de la Secretaría de Estado de Transportes, Movilidad y
Agenda Urbana, en su ámbito de competencia, el ejercicio de las competencias que el
ordenamiento jurídico atribuye al titular del Departamento en materia de subvenciones y
ayudas cuando se supere el límite establecido en el número 2 del apartado primero de
esta Orden.
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Núm. 230