III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Delegación de competencias. (BOE-A-2021-15557)
Orden TMA/1007/2021, de 9 de septiembre, sobre fijación de límites para la administración de determinados créditos para gastos y delegación de competencias.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 230

Sábado 25 de septiembre de 2021

Sec. III. Pág. 117047

4. El titular de la Secretaría de Estado de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana
delega el ejercicio de sus competencias en materia de Protocolos Generales de
Actuación o instrumentos similares, conforme a lo establecido en la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, en el titular de la Secretaría General de Agenda Urbana y Vivienda, para
aquellos que afecten a su ámbito funcional.
Sexto. Modificaciones presupuestarias.
Se delega en el titular de la Dirección General de Programación Económica y
Presupuestos el ejercicio de las competencias que el ordenamiento jurídico atribuye al
titular del Departamento en materia de modificaciones presupuestarias.
Séptimo.

Ordenación de gastos y propuestas de pago.

1. Se delega el ejercicio de las siguientes competencias atribuidas al titular del
Departamento, salvo lo previsto para los «anticipos de Caja fija»:
A) En los titulares de la Secretaría General Técnica, la Dirección General de
Programación Económica y Presupuestos y la Dirección General del Instituto Geográfico
Nacional:
a) Aprobar los gastos con cargo a los créditos de sus respectivos servicios
presupuestarios, excepto los del Capítulo 1.
b) Autorizar los compromisos que procedan en relación con los gastos aprobados,
reconocer las obligaciones correspondientes e interesar del Tesoro Público la ordenación
de los oportunos pagos.
c) Expedir y autorizar los documentos contables procedentes y aprobar las cuentas
relativas a dichos gastos.
B) En el titular de la Dirección General de Organización e Inspección el ejercicio de
las competencias que atribuye al titular del Departamento el artículo 79.4 de la Ley
General Presupuestaria, en materia de ampliación de plazos para la justificación de las
cantidades recibidas de órdenes de pago a justificar en las cuentas de provisión de
fondos.
C) En el titular de la Subdirección General de Administración y Gestión Financiera:

2. El titular de la Secretaría de Estado de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana
delega en los titulares de las respectivas Direcciones Generales, en sus respectivos
ámbitos funcionales, con las salvedades previstas en el apartado 3 siguiente y en los
apartados decimosexto y decimoctavo de esta Orden, el ejercicio de las siguientes
competencias:
A) Aprobar los gastos con cargo a los créditos presupuestarios que tienen
asignados, excepto los del Capítulo 1.

cve: BOE-A-2021-15557
Verificable en https://www.boe.es

a) Aprobar los gastos con cargo a los créditos del Capítulo 1 de todos los servicios
del Presupuesto de Gastos del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana,
aprobar las nóminas e interesar del Tesoro Público la ordenación de los pagos que
procedan.
b) Aprobar los gastos con cargo a los créditos de los Capítulos 2 a 8 del servicio 01
del Presupuesto de Gastos del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana,
autorizar los compromisos que procedan en relación con los gastos aprobados,
reconocer las obligaciones correspondientes e interesar del Tesoro Público la ordenación
de los oportunos pagos.
c) Expedir y autorizar los documentos contables procedentes en relación con la
gestión de los créditos incluidos en los dos apartados precedentes y aprobar las cuentas
relativas a dichos gastos.