III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CONSUMO. Premios. (BOE-A-2021-15579)
Orden CSM/1008/2021, de 20 de septiembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de los premios del concurso escolar Consumópolis.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 230

Sábado 25 de septiembre de 2021

2.

Sec. III. Pág. 117499

Premios y reconocimientos autonómicos:

a) Los premios o reconocimientos autonómicos serán establecidos por los
organismos competentes en materia de consumo de las Comunidades Autónomas y
Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla organizadoras del concurso, a través de las
correspondientes convocatorias autonómicas.
b) Quienes participen y completen el recorrido por la ciudad virtual de
Consumópolis obtendrán un diploma acreditado de su participación en el concurso, que
podrá descargarse directamente del sitio web de Consumópolis.
3.

Criterios de valoración de los premios autonómicos:

a) La puntuación de las pruebas incluidas en el recorrido por la ciudad virtual de
Consumópolis quedará establecida de forma automática por el propio sistema, con base
en los criterios de conocimientos y habilidades propios de cada edición del concurso
escolar detallados en las Instrucciones generales de participación.
b) En caso de estar prevista en la convocatoria la realización de una segunda parte
del concurso, la puntuación de los trabajos en equipo de la segunda parte se realizará
conforme a los siguientes criterios:
i.
ii.
iii.
iv.
v.

Coherencia del trabajo con los objetivos del concurso: Hasta 40 puntos.
Creatividad, originalidad: Hasta 20 puntos.
Presentación del trabajo: Hasta 20 puntos.
Calidad técnica: Hasta 15 puntos.
Calidad lingüística: Hasta 5 puntos.

c) El trabajo en equipo de la segunda parte ponderará del cuarenta al cincuenta por
ciento, según los criterios establecidos en la letra b) y el recorrido por la ciudad de
Consumópolis, del cincuenta al sesenta por ciento. En el caso de que algún organismo
organizador considere conveniente requerir a los equipos una memoria explicativa de su
participación en el concurso, esta se valorará hasta un diez por ciento.
d) Si en la convocatoria del concurso estuviera prevista únicamente la realización
del recorrido por la ciudad virtual de Consumópolis, se tendrán en cuenta exclusivamente
los criterios de valoración establecidos en la letra a).
Artículo 6.

Fase nacional.

a) Los equipos de las Comunidades Autónomas o Ciudades Autónomas de Ceuta y
Melilla no organizadores del concurso deberán presentar la solicitud para participar en la
convocatoria de los premios nacionales del concurso, junto con la ficha virtual, en la
Dirección General de Consumo del Ministerio de Consumo, de la calle Príncipe de
Vergara, 54, 28006 Madrid. La documentación podrá presentarse a través de medios
electrónicos de acuerdo con lo previsto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, en las fechas que sean definidas en cada convocatoria.
b) El órgano instructor del procedimiento será la Subdirección General de
Coordinación, Calidad y Cooperación en Consumo de la Dirección General de Consumo
del Ministerio de Consumo, que realizará de oficio cuantas actuaciones estime

cve: BOE-A-2021-15579
Verificable en https://www.boe.es

1. Iniciación del procedimiento. Participarán en esta convocatoria, en régimen de
concurrencia competitiva, los equipos ganadores de la convocatoria autonómica del
concurso, los equipos relativos al ámbito territorial de aquellas comunidades autónomas
o ciudades autónomas de Ceuta y Melilla que no publiquen convocatoria, en su caso, así
como los equipos del ámbito territorial de las Comunidades Autónomas o Ciudades
Autónomas de Ceuta y Melilla no organizadoras del concurso cuya participación y
selección se regula en los siguientes apartados.
2. Procedimiento de selección de los equipos finalistas de las Comunidades
Autónomas y Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla no organizadoras del concurso: