III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2021-15503)
Resolución de 15 de septiembre de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Uniprex, SAU.
49 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 229

Viernes 24 de septiembre de 2021

Sec. III. Pág. 116714

Por todo ello, se acuerda la creación de una comisión que tendrá como objetivo las
siguientes materias:
Acordar los programas formativos (técnicos y prácticos) necesarios para la
adaptación de la plantilla a las nuevas realidades que se plantean. Esta formación ha de
tener un reconocimiento oficial por parte de la compañía.
Acordar unos periodos de detección de necesidades, sensibilización, formación y
reorganización del trabajo.
Si como consecuencia del desarrollo de estas competencias las partes firmantes
apreciaran la necesidad de ajustar la actual redacción del Convenio, se estudiarán los
cambios que se estimen convenientes para su adaptación en el seno de la comisión.
Hasta que concluya la negociación, las funciones relacionadas con la transformación
digital tendrán carácter fundamentalmente complementario a las labores que los
trabajadores vienen desarrollando. No obstante, las funciones de redacción exclusiva
para la web –siempre que no sean de contenido radiofónico–, de diseño gráfico, toma y
edición de fotografía y grabación y realización de vídeo, tendrán carácter voluntario.
Una vez finalizada la negociación, y aprobada la misma por la Comisión negociadora
del Convenio, se trasladarán los acuerdos como anexo al texto del presente convenio.
Los trabajos de la comisión deberán haber finalizado antes del 31 de diciembre
de 2021.
Artículo 59.

Igualdad de oportunidades. Plan de Igualdad.

La Constitución Española proclama el principio de igualdad y prohíbe la
discriminación por razón de sexo en el ámbito laboral, habiendo desarrollado este
principio la Ley 3/2007.
Dicha normativa fomenta la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres en
el trabajo y ampara la conciliación de la vida familiar y laboral.
PLAN DE IGUALDAD DE UNIPREX, SAU

El plan de igualdad de la empresa pretende ser un conjunto ordenado de medidas,
tendentes a alcanzar en la empresa la igualdad de trato y de oportunidades entre
mujeres y hombres y a eliminar la discriminación por razón de sexo.
La empresa declara su compromiso en el establecimiento y desarrollo de políticas
que integren la igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres, sin
discriminar directa o indirectamente por razón de sexo, así como en el impulso y fomento
de medidas para conseguir la igualdad real en el seno de nuestra organización,
estableciendo la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres como un principio
estratégico de nuestra política de Recursos Humanos, de acuerdo con la definición de
dicho principio que establece la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad
efectiva entre mujeres y hombres.
Este Plan de Igualdad nace con la finalidad de integrar y mejorar la igualdad de trato
y oportunidades entre mujeres y hombres en la empresa. Igualmente, pretende facilitar la
conciliación de la vida familiar, personal y laboral de sus trabajadores.
Con tal propósito, seguidamente se detallan los objetivos que se persiguen en
distintas áreas o campos de actuación, así como las medidas concretas que,
consensuadamente con la representación de las personas trabajadoras, se adoptan para
la consecución de dichos objetivos.

cve: BOE-A-2021-15503
Verificable en https://www.boe.es

Antecedentes-Introducción