III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Ayudas. (BOE-A-2021-15395)
Resolución de 10 de septiembre de 2021, de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Educación de 21 de julio de 2021, por el que se aprueba la propuesta de distribución territorial y los criterios de reparto de los créditos gestionados por Comunidades Autónomas destinados al Programa de unidades de acompañamiento y orientación personal y familiar del alumnado educativamente vulnerable, en los servicios educativos o psicopedagógicos situados en zonas/sectores escolares y centros rurales agrupados, en el ejercicio presupuestario 2021, en el marco del componente 21 "Modernización y digitalización del sistema educativo, incluida la educación temprana de 0-3 años" del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 228

Jueves 23 de septiembre de 2021

Sec. III. Pág. 116064

Asimismo, las Comunidades Autónomas se comprometen a ejecutar toda la
financiación recibida del MEFP para este programa realizando las licitaciones y
contrataciones que fueran necesarias para implementar cada una de las actuaciones en
el marco de los establecido en el presente programa de cooperación territorial.
6.

Criterios de distribución.

El Ministerio de Educación y Formación Profesional (MEFP) aporta los fondos en
función de los siguientes criterios:
– Nivel de estudios de población 25-64 años, en cada Comunidad Autónoma, según
los datos consolidados del año 2020. Explotación de las variables educativas de la
Encuesta de Población Activa (INE). Subdirección General de Estadística y Estudios del
MEFP. Ponderación 50 %.
– Abandono temprano de la educación y formación por comunidad autónoma.
Subdirección General de Estadística y Estudios del MEFP. Ponderación 35 %
– Dispersión de la población, según las cifras oficiales de población de los
municipios españoles: Revisión del Padrón Municipal a 1 de enero de 2020 del Instituto
Nacional de Estadística. Porcentaje de población en entidades singulares de población
menores de 5000 habitantes, se incluye la población completa de las siguientes islas:
Ibiza, Formentera, Menorca, Lanzarote, Fuerteventura, La Gomera, EL Hierro y La
Palma. Ponderación 15 %.
– Alumnado matriculado en Educación básica y Bachillerato. Enseñanzas de
Régimen General por titularidad/financiación del centro, sexo, comunidad autónoma/
provincia y enseñanza. Datos consolidados curso 2018-2019. Estadística de las
Enseñanzas no universitarias. Subdirección General de Estadística y Estudios del MEFP.
Al número de alumnos y alumnas matriculados en Educación Básica y Bachillerato
de cada Comunidad Autónoma se le aplica el porcentaje resultante de la ponderación de
los tres criterios de distribución descritos. De su resultado procede el porcentaje final de
distribución.
Los indicadores estarán ponderados por el número total de alumnado de Educación
Básica y Bachillerato de cada Comunidad Autónoma.
7.

Distribución resultante.

Las Administraciones de las Comunidades Autónomas, en el ejercicio de sus
competencias gestionarán los fondos que le correspondan para implementar las
actuaciones de este programa, de acuerdo con la siguiente distribución:

ANDALUCÍA.

Año 2021

7.315.527,00

Año 2022

Año 2023

9.514.918,00 13.595.062,00

ARAGÓN.

710.254,00

923.790,00

1.319.925,00

ASTURIAS (Principado de).

402.839,00

523.952,00

748.630,00

BALEARES.

842.735,00

1.096.100,00

1.566.125,00

CANARIAS.

1.520.578,00

1.977.736,00

2.825.819,00

303.772,00

395.100,00

564.524,00

CASTILLA Y LEÓN.

1.404.572,00

1.826.852,00

2.610.234,00

CASTILLA-LA MANCHA.

1.728.251,00

2.247.844,00

3.211.755,00

CATALUÑA.

4.854.334,00

6.313.775,00

9.021.220,00

COMUNIDAD VALENCIANA.

2.999.804,00

3.901.686,00

5.574.789,00

918.061,00

1.194.074,00

1.706.111,00

CANTABRIA.

EXTREMADURA.

cve: BOE-A-2021-15395
Verificable en https://www.boe.es

Comunidad autónoma