III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Ayudas. (BOE-A-2021-15397)
Resolución de 10 de septiembre de 2021, de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Educación de 21 de julio de 2021, por el que se aprueba la propuesta de distribución territorial y los criterios de reparto de los créditos gestionados por Comunidades Autónomas destinados al Programa para la digitalización del sistema educativo, en el ejercicio presupuestario 2021, en el marco del componente 19 "Plan Nacional de Capacidades Digitales" del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
21 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 23 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 116081
centro para la digitalización de la educación, la capacitación técnica de los equipos
docentes para la gestión y uso de estos medios tecnológicos y la provisión a los centros
educativos de dotación digital para cesión temporal al alumnado en desventaja
socioeconómica, que no le permita la disponibilidad de medios propios en el hogar para
el aprendizaje a través de medios digitales.
Estas actuaciones son esenciales, previas y complementarias al desarrollo de la
competencia digital del alumnado, del profesorado, de los enfoques integrales de los
centros educativos para la digitalización, y requieren la participación del conjunto de las
administraciones educativas para desarrollarlas con éxito a través de un programa de
cooperación territorial.
3.
Objetivos del programa
El objetivo general es poner en marcha los mecanismos y procesos necesarios para
generalizar y facilitar al profesorado y al alumnado de los centros educativos el acceso a
medios digitales adecuados para el desarrollo de la actividad educativa, proporcionando
también al profesorado la capacitación pertinente para su uso en las aulas. Son objetivos
específicos del Programa:
a. Mejorar la dotación de los centros educativos para dar respuesta a las
necesidades educativas del alumnado a través de medios digitales.
b. Mejorar el acceso del alumnado de sectores vulnerables a dispositivos móviles
que faciliten la continuidad de su proceso de aprendizaje con mayores garantías.
c. Generalizar el acceso a medios digitales suficientes en todas las aulas, que
permitan los procesos de enseñanza y aprendizaje para un desarrollo competencial
acorde con las necesidades de la sociedad del s. XXI.
d. Proporcionar a los centros educativos un marco adecuado en cuanto a medios
digitales, que les facilite el diseño y desarrollo de un Plan Digital de Centro personalizado
y adecuado a su comunidad escolar.
e. Proporcionar una capacitación técnica adecuada dirigida al profesorado que les
permita conocer y familiarizarse con el funcionamiento de las dotaciones tecnológicas
que se reciban en su centro educativo.
f. Reducir las brechas digitales de uso y acceso, para promover la igualdad de
oportunidades en la educación.
g. Facilitar el desarrollo de las tareas diarias de enseñanza y aprendizaje desde
cualquier ubicación, atendiendo a situaciones de enseñanza presencial, a distancia y
mixta.
El programa #EcoDigEdu complementa las políticas autonómicas para mejorar los
recursos digitales disponibles para la enseñanza y el aprendizaje en los centros
educativos, la reducción de la brecha digital y la mejora del desarrollo competencial del
alumnado con el apoyo de las tecnologías.
4.
Destinatarios
Centros sostenidos con fondos públicos que impartan formación reguladas en la Ley
Orgánica 3/2006, de Educación, modificada por la Ley Orgánica 3/2020 (LOMLOE).
Dentro de este colectivo, se especificarán los destinatarios finales de cada una de las
actuaciones concretas de este programa.
cve: BOE-A-2021-15397
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 228
Jueves 23 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 116081
centro para la digitalización de la educación, la capacitación técnica de los equipos
docentes para la gestión y uso de estos medios tecnológicos y la provisión a los centros
educativos de dotación digital para cesión temporal al alumnado en desventaja
socioeconómica, que no le permita la disponibilidad de medios propios en el hogar para
el aprendizaje a través de medios digitales.
Estas actuaciones son esenciales, previas y complementarias al desarrollo de la
competencia digital del alumnado, del profesorado, de los enfoques integrales de los
centros educativos para la digitalización, y requieren la participación del conjunto de las
administraciones educativas para desarrollarlas con éxito a través de un programa de
cooperación territorial.
3.
Objetivos del programa
El objetivo general es poner en marcha los mecanismos y procesos necesarios para
generalizar y facilitar al profesorado y al alumnado de los centros educativos el acceso a
medios digitales adecuados para el desarrollo de la actividad educativa, proporcionando
también al profesorado la capacitación pertinente para su uso en las aulas. Son objetivos
específicos del Programa:
a. Mejorar la dotación de los centros educativos para dar respuesta a las
necesidades educativas del alumnado a través de medios digitales.
b. Mejorar el acceso del alumnado de sectores vulnerables a dispositivos móviles
que faciliten la continuidad de su proceso de aprendizaje con mayores garantías.
c. Generalizar el acceso a medios digitales suficientes en todas las aulas, que
permitan los procesos de enseñanza y aprendizaje para un desarrollo competencial
acorde con las necesidades de la sociedad del s. XXI.
d. Proporcionar a los centros educativos un marco adecuado en cuanto a medios
digitales, que les facilite el diseño y desarrollo de un Plan Digital de Centro personalizado
y adecuado a su comunidad escolar.
e. Proporcionar una capacitación técnica adecuada dirigida al profesorado que les
permita conocer y familiarizarse con el funcionamiento de las dotaciones tecnológicas
que se reciban en su centro educativo.
f. Reducir las brechas digitales de uso y acceso, para promover la igualdad de
oportunidades en la educación.
g. Facilitar el desarrollo de las tareas diarias de enseñanza y aprendizaje desde
cualquier ubicación, atendiendo a situaciones de enseñanza presencial, a distancia y
mixta.
El programa #EcoDigEdu complementa las políticas autonómicas para mejorar los
recursos digitales disponibles para la enseñanza y el aprendizaje en los centros
educativos, la reducción de la brecha digital y la mejora del desarrollo competencial del
alumnado con el apoyo de las tecnologías.
4.
Destinatarios
Centros sostenidos con fondos públicos que impartan formación reguladas en la Ley
Orgánica 3/2006, de Educación, modificada por la Ley Orgánica 3/2020 (LOMLOE).
Dentro de este colectivo, se especificarán los destinatarios finales de cada una de las
actuaciones concretas de este programa.
cve: BOE-A-2021-15397
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 228