III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Ayudas. (BOE-A-2021-15397)
Resolución de 10 de septiembre de 2021, de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Educación de 21 de julio de 2021, por el que se aprueba la propuesta de distribución territorial y los criterios de reparto de los créditos gestionados por Comunidades Autónomas destinados al Programa para la digitalización del sistema educativo, en el ejercicio presupuestario 2021, en el marco del componente 19 "Plan Nacional de Capacidades Digitales" del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 23 de septiembre de 2021

Sec. III. Pág. 116089

Actuación 3: Capacitación técnica del profesorado en el funcionamiento de las
dotaciones que reciban los centros educativos.
Esta actuación está orientada a garantizar el conocimiento, por parte de los equipos
docentes de los centros educativos, de los sistemas digitales interactivos instalados en
los centros y su funcionamiento. Esta capacitación, de carácter técnico, no pretende
desarrollar las competencias docentes en el uso de los equipamientos digitales para los
procesos de enseñanza de las áreas y materias, sino a capacitar al profesorado en el
funcionamiento y características de las dotaciones de la actuación 2 del Programa
#EcoDigEdu. De este modo, se facilitará a los docentes su confianza en el
funcionamiento de los dispositivos para poder centrar sus esfuerzos en las tareas
propias de la enseñanza, evitando que los dispositivos supongan una dificultad para las
mismas.
El objetivo básico de esta actuación es la impartición de una o más sesiones de
capacitación técnica en los centros educativos una vez tengan instalados la dotación
correspondiente de sus SDI. En la organización y gestión de esta actuación deberá
tenerse en cuenta que:
– Cada administración autonómica se encargará de gestionar la financiación recibida
para proporcionar la capacitación técnica correspondiente a cada uno de los centros
educativos dentro del ámbito territorial de su competencia.
– Se deberá garantizar, al menos, una actividad formativa independiente para cada
centro educativo que reciba dotación.
– Cada administración educativa autonómica determinará el responsable o
responsables de impartir esta capacitación a cada centro, garantizando el conocimiento
de los sistemas instalados los componentes del sistema que instalará en las aulas para
poder impartir las sesiones.
10. Compromisos del Ministerio de Educación y Formación Profesional y de las
comunidades autónomas
Los compromisos adquiridos por las partes, junto a los establecidos en los apartados
relativos a Evaluación y Seguimiento y Justificación y Verificación, son los siguientes:
El Ministerio de Educación y Formación Profesional se compromete a:
– Adquirir con cada Comunidad Autónoma un compromiso de aplicación y
financiación del programa para la Digitalización del Ecosistema Educativo.
– Aportar los fondos comprometidos que serán distribuidos en función de los criterios
aprobados en el seno de la Conferencia Sectorial.
– Mantener una estructura de coordinación que colaborará con el equipo
responsable de cada Comunidad Autónoma en el apoyo y seguimiento de este
programa.
– En todas las actuaciones de comunicación, convocatoria, publicidad, resolución y
notificación sobre el programa, el MEFP deberá hacer constar la mención expresa
siguiente: Programa financiado por el Ministerio de Educación y Formación Profesional y
el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, así como la mención expresa de Programa
financiado por la Unión Europea en el marco de dicho Mecanismo y el emblema de la
Unión Europea.
– Realizar el seguimiento de las actuaciones del programa en cada Comunidad
Autónoma, en colaboración con el equipo responsable del mismo designado al efecto.
– De acuerdo y en colaboración con las Comunidades Autónomas, el Ministerio de
Educación y Formación Profesional se compromete a:
• Mantener reuniones con los equipos técnicos de las Comunidades Autónomas
sobre aquellas cuestiones que se acuerden.
• Realizar una evaluación global de la aplicación del programa al final de cada curso.

cve: BOE-A-2021-15397
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Núm. 228