III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Ayudas. (BOE-A-2021-15399)
Resolución de 10 de septiembre de 2021, de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Educación de 21 de julio de 2021, por el que se aprueba la propuesta de distribución territorial y los criterios de reparto de los créditos gestionados por Comunidades Autónomas destinados al Programa para la mejora de la competencia digital educativa #CompDigEdu, en el ejercicio presupuestario 2021, en el marco del componente 19 "Plan Nacional de Capacidades Digitales" del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 228
Jueves 23 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 116123
autorreflexión de los centros educativos en relación con la integración de las tecnologías
educativas en los procesos de enseñanza-aprendizaje.
(5)
https://sede.educacion.gob.es/publiventa/promocion-de-un-aprendizaje-eficaz-en-la-era-digital-unmarco-europeo-para-organizaciones-educativas-digitalmente-competentes/ensenanza-recursos-digitales/21199
(6)
https://intef.es/Noticias/el-plan-digital-de-centro-un-marco-para-la-integracion-de-las-tecnologias/
(7)
https://ec.europa.eu/education/schools-go-digital_es
– Con respecto al profesorado, el Marco de Referencia de la Competencia Digital
Docente acordado el 14 de mayo de 2020 por la Conferencia Sectorial de Educación y
publicado mediante Resolución de 2 de julio de 2020 en el BOE de 13 de julio . Debe
tenerse presente que el Acuerdo sobre el Marco de Referencia de la Competencia Digital
Docente recoge que dicho documento «se debe someter a una evolución y adaptación
continua y, por tanto, estará sujeto a revisiones periódicas».
(8)
(8)
3.
https://www.boe.es/eli/es/res/2020/07/02/(2)
Objetivos del programa:
La finalidad última de la puesta en marcha de este plan es la de mejorar el desarrollo
de la competencia digital del alumnado y el uso de las tecnologías digitales en el
aprendizaje a través del desarrollo de la competencia digital del profesorado -tanto
individual como colegiada- y de la transformación de los centros en organizaciones
educativas digitalmente competentes.
Los objetivos finales del PCT para la Mejora de la Competencia Digital Educativa
#CompDigEdu que suscribirían todas las administraciones educativas (MEFP y
administraciones educativas en las CCAA), para cuya consecución está previsto un
plazo de 3 años, son los siguientes:
– Lograr que todos los centros dispongan de un Plan Digital integrado en su Proyecto
Educativo que estructure las estrategias organizativas y académicas emprendidas de
forma colectiva para la transformación del centro en una organización educativa
digitalmente competente.
– Facilitar que el profesorado alcance, al menos, un nivel intermedio en el desarrollo
de su competencia digital y un nivel avanzado para los miembros del equipo responsable
de los Planes Digitales de Centro. La denominación de estos niveles es genérica y será
concretada o sustituida por la que se establezcan en el marco actualizado.
– Certificar el grado de competencia digital del profesorado.
4.
Destinatarios:
El presente PCT se dirige a los docentes de enseñanzas reguladas en la Ley
Orgánica 3/2006, de Educación, modificada por la Ley Orgánica 3/2020 (LOMLOE) y a
centros educativos sostenidos con fondos públicos.
Financiación:
El Programa de Cooperación Territorial para la Mejora de la Competencia Digital
Educativa #CompDigEdu (2021-2024), dispone de un crédito con cargo a la aplicación
presupuestaria 18.50.320N.452.40, de 11.947.200,00 € para el ejercicio 2021, y está
prevista una cuantía de 284.741.600,00 € para el ejercicio 2022.
La concesión se efectuará por resolución del Ministerio de Educación y Formación
Profesional y se abonará con carácter anticipado para la financiación de las actuaciones,
de conformidad con el artículo 34.4 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General
Presupuestaria. El pago de las ayudas se hará sin necesidad de constitución de fianza o
garantía, de conformidad con lo previsto en el artículo 42.2.a) Reglamento de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado por Real
Decreto 887/2006, de 21 de julio.
cve: BOE-A-2021-15399
Verificable en https://www.boe.es
5.
Núm. 228
Jueves 23 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 116123
autorreflexión de los centros educativos en relación con la integración de las tecnologías
educativas en los procesos de enseñanza-aprendizaje.
(5)
https://sede.educacion.gob.es/publiventa/promocion-de-un-aprendizaje-eficaz-en-la-era-digital-unmarco-europeo-para-organizaciones-educativas-digitalmente-competentes/ensenanza-recursos-digitales/21199
(6)
https://intef.es/Noticias/el-plan-digital-de-centro-un-marco-para-la-integracion-de-las-tecnologias/
(7)
https://ec.europa.eu/education/schools-go-digital_es
– Con respecto al profesorado, el Marco de Referencia de la Competencia Digital
Docente acordado el 14 de mayo de 2020 por la Conferencia Sectorial de Educación y
publicado mediante Resolución de 2 de julio de 2020 en el BOE de 13 de julio . Debe
tenerse presente que el Acuerdo sobre el Marco de Referencia de la Competencia Digital
Docente recoge que dicho documento «se debe someter a una evolución y adaptación
continua y, por tanto, estará sujeto a revisiones periódicas».
(8)
(8)
3.
https://www.boe.es/eli/es/res/2020/07/02/(2)
Objetivos del programa:
La finalidad última de la puesta en marcha de este plan es la de mejorar el desarrollo
de la competencia digital del alumnado y el uso de las tecnologías digitales en el
aprendizaje a través del desarrollo de la competencia digital del profesorado -tanto
individual como colegiada- y de la transformación de los centros en organizaciones
educativas digitalmente competentes.
Los objetivos finales del PCT para la Mejora de la Competencia Digital Educativa
#CompDigEdu que suscribirían todas las administraciones educativas (MEFP y
administraciones educativas en las CCAA), para cuya consecución está previsto un
plazo de 3 años, son los siguientes:
– Lograr que todos los centros dispongan de un Plan Digital integrado en su Proyecto
Educativo que estructure las estrategias organizativas y académicas emprendidas de
forma colectiva para la transformación del centro en una organización educativa
digitalmente competente.
– Facilitar que el profesorado alcance, al menos, un nivel intermedio en el desarrollo
de su competencia digital y un nivel avanzado para los miembros del equipo responsable
de los Planes Digitales de Centro. La denominación de estos niveles es genérica y será
concretada o sustituida por la que se establezcan en el marco actualizado.
– Certificar el grado de competencia digital del profesorado.
4.
Destinatarios:
El presente PCT se dirige a los docentes de enseñanzas reguladas en la Ley
Orgánica 3/2006, de Educación, modificada por la Ley Orgánica 3/2020 (LOMLOE) y a
centros educativos sostenidos con fondos públicos.
Financiación:
El Programa de Cooperación Territorial para la Mejora de la Competencia Digital
Educativa #CompDigEdu (2021-2024), dispone de un crédito con cargo a la aplicación
presupuestaria 18.50.320N.452.40, de 11.947.200,00 € para el ejercicio 2021, y está
prevista una cuantía de 284.741.600,00 € para el ejercicio 2022.
La concesión se efectuará por resolución del Ministerio de Educación y Formación
Profesional y se abonará con carácter anticipado para la financiación de las actuaciones,
de conformidad con el artículo 34.4 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General
Presupuestaria. El pago de las ayudas se hará sin necesidad de constitución de fianza o
garantía, de conformidad con lo previsto en el artículo 42.2.a) Reglamento de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado por Real
Decreto 887/2006, de 21 de julio.
cve: BOE-A-2021-15399
Verificable en https://www.boe.es
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