III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Ayudas. (BOE-A-2021-15394)
Resolución de 10 de septiembre de 2021, de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Educación de 21 de julio de 2021, por el que se aprueba la propuesta de distribución territorial y los criterios de reparto de los créditos gestionados por Comunidades Autónomas destinados al Programa para la orientación, avance y enriquecimiento educativo en centros de especial complejidad educativa (programa PROA+), en el ejercicio presupuestario 2021.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 23 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 116057
• El incumplimiento significativo de la ejecución del Plan por un centro puede
comportar la supresión de la financiación adicional o la reducción temporal de recursos
adicionales que se destinarán a complementar los de otro centro PROA+.
Los centros educativos se comprometen a:
– Participar activamente en la formación inicial del programa dos personas del
Claustro, una de ellas del equipo directivo, y en la formación continua, así como en las
reuniones de red de centros PROA+
– Integrar el programa PROA+ en el funcionamiento ordinario del centro.
– Presentar la consecución de los objetivos establecidos anualmente ante la
comisión establecida para tal efecto en la Comunidad Autónoma.
– Facilitar todos los datos que se requieran para el seguimiento y evaluación del
programa PROA+.
– Aplicar, explicitar y desarrollar los principios pedagógicos PROA+, tomando como
modelo la escuela inclusiva.
– No segregar internamente al alumnado.
– Los centros educativos participantes podrán formalizar, por el procedimiento que
establezcan las Administraciones competentes, convenios u otras fórmulas de
colaboración con instituciones y entidades del entorno comunitario (ayuntamientos,
diputaciones, universidades, organizaciones del tercer sector, fundaciones u otras).
Las Comunidades Autónomas considerarán la posibilidad de valorar como mérito, a
efectos de los concursos administrativos, el compromiso proactivo del profesorado
con PROA+.
Las Comunidades Autónomas facilitarán, dentro de sus posibilidades y durante la
duración del programa, la estabilidad del profesorado en los centros PROA+, y mayores
márgenes de autonomía para favorecer la aplicación del Plan estratégico de mejora. Los
indicadores estarán ponderados por el número total de alumnado de Educación Básica y
Bachillerato de cada Comunidad Autónoma.
Compromisos compartidos entre el Ministerio de Educación y Formación Profesional
y las Comunidades Autónomas. Los compromisos y la cooperación para el desarrollo del
Programa entre Ministerio de Educación y Formación Profesional y las Comunidades
Autónomas favorecerán el buen desarrollo del Programa y la consecución de los
objetivos del mismo. En este sentido:
– El Ministerio de Educación y Formación Profesional definirá las líneas estratégicas
y las actividades palanca genéricas asociadas teniendo en cuenta las propuestas de las
Comunidades Autónomas, las cuales configuran el catálogo de actividades
subvencionables por PROA+.
– Las Comunidades Autónomas concretarán las actividades palanca genéricas en su
territorio.
– Los centros educativos seleccionarán libremente y ajustarán a sus singularidades
las actividades palanca que mejor se adapten a su Plan estratégico de centro,
respetando los principios pedagógicos PROA+.
– Para realizar el seguimiento y la evaluación del programa PROA+ se establecerán
indicadores a tres niveles: Comunidad Autónoma, centro y actividades palanca.
– Las actividades palanca se monitorizarán y evaluarán de acuerdo con el modelo
que se acuerde. Los resultados y aprendizajes se compartirán en el marco del
programa PROA+.
– La comisión técnica Ministerio de Educación y Formación Profesional y
Comunidades Autónomas colaborarán en la definición de los segundos niveles de
concreción que se propongan.
cve: BOE-A-2021-15394
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 228
Jueves 23 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 116057
• El incumplimiento significativo de la ejecución del Plan por un centro puede
comportar la supresión de la financiación adicional o la reducción temporal de recursos
adicionales que se destinarán a complementar los de otro centro PROA+.
Los centros educativos se comprometen a:
– Participar activamente en la formación inicial del programa dos personas del
Claustro, una de ellas del equipo directivo, y en la formación continua, así como en las
reuniones de red de centros PROA+
– Integrar el programa PROA+ en el funcionamiento ordinario del centro.
– Presentar la consecución de los objetivos establecidos anualmente ante la
comisión establecida para tal efecto en la Comunidad Autónoma.
– Facilitar todos los datos que se requieran para el seguimiento y evaluación del
programa PROA+.
– Aplicar, explicitar y desarrollar los principios pedagógicos PROA+, tomando como
modelo la escuela inclusiva.
– No segregar internamente al alumnado.
– Los centros educativos participantes podrán formalizar, por el procedimiento que
establezcan las Administraciones competentes, convenios u otras fórmulas de
colaboración con instituciones y entidades del entorno comunitario (ayuntamientos,
diputaciones, universidades, organizaciones del tercer sector, fundaciones u otras).
Las Comunidades Autónomas considerarán la posibilidad de valorar como mérito, a
efectos de los concursos administrativos, el compromiso proactivo del profesorado
con PROA+.
Las Comunidades Autónomas facilitarán, dentro de sus posibilidades y durante la
duración del programa, la estabilidad del profesorado en los centros PROA+, y mayores
márgenes de autonomía para favorecer la aplicación del Plan estratégico de mejora. Los
indicadores estarán ponderados por el número total de alumnado de Educación Básica y
Bachillerato de cada Comunidad Autónoma.
Compromisos compartidos entre el Ministerio de Educación y Formación Profesional
y las Comunidades Autónomas. Los compromisos y la cooperación para el desarrollo del
Programa entre Ministerio de Educación y Formación Profesional y las Comunidades
Autónomas favorecerán el buen desarrollo del Programa y la consecución de los
objetivos del mismo. En este sentido:
– El Ministerio de Educación y Formación Profesional definirá las líneas estratégicas
y las actividades palanca genéricas asociadas teniendo en cuenta las propuestas de las
Comunidades Autónomas, las cuales configuran el catálogo de actividades
subvencionables por PROA+.
– Las Comunidades Autónomas concretarán las actividades palanca genéricas en su
territorio.
– Los centros educativos seleccionarán libremente y ajustarán a sus singularidades
las actividades palanca que mejor se adapten a su Plan estratégico de centro,
respetando los principios pedagógicos PROA+.
– Para realizar el seguimiento y la evaluación del programa PROA+ se establecerán
indicadores a tres niveles: Comunidad Autónoma, centro y actividades palanca.
– Las actividades palanca se monitorizarán y evaluarán de acuerdo con el modelo
que se acuerde. Los resultados y aprendizajes se compartirán en el marco del
programa PROA+.
– La comisión técnica Ministerio de Educación y Formación Profesional y
Comunidades Autónomas colaborarán en la definición de los segundos niveles de
concreción que se propongan.
cve: BOE-A-2021-15394
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 228