III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Registro Civil. Gestión informatizada. (BOE-A-2021-15391)
Instrucción de 16 de septiembre de 2021, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se acuerdan las pautas y criterios para apoyar la entrada en servicio efectiva de la aplicación informática Dicireg, a partir de la entrada en funcionamiento de la primera oficina conforme a las previsiones contenidas en la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 228

Jueves 23 de septiembre de 2021

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puede provocar un hecho inscribible en sus descendientes menores de edad, ya que su
propio apellido puede tener que cambiar para adaptarse al de su progenitor. Además,
hay que tener en cuenta que las cancelaciones de asientos de un sujeto principal
también pueden afectar a los sujetos relacionados tanto en las menciones al sujeto
principal como a los hechos inscribibles que se producen sobre el registro individual del
sujeto relacionado. Por ejemplo, la cancelación de un cambio de nombre y apellidos de
un sujeto principal que está casado y tiene hijos, afecta a la mención a su identidad
como cónyuge y como progenitor. Además, también se debe considerar la cancelación
del cambio de apellido de los descendientes para que vuelva a coincidir con el de su
progenitor, siguiendo el procedimiento de cancelación. Esta interacción entre sujetos
relacionados y cómo afectan los cambios, tendrán reflejo en las certificaciones. Las
certificaciones en extracto del sujeto relacionado mostrarán los datos actualizados de los
sujetos principales en el momento de su emisión, puesto que han quedado plasmados
los cambios en su ficha personal. Además, las certificaciones literales deben ser
coherentes con las certificaciones en extracto, para lo que harán uso de las llamadas
notas de relación. Las notas de relación tienen carácter informativo y consisten en un
texto aclaratorio del motivo del cambio que se ha producido sobre el sujeto relacionado.
Los sujetos relacionados, en función del supuesto, pueden ser: cónyuge, ex cónyuge,
progenitores e hijos.
– Ficha personal: Cada persona tendrá su ficha personal con los datos vigentes
sobre su identidad y estado civil, junto con sus relaciones con otras personas. Contiene
datos sobre la persona, sus relaciones con otros sujetos y sus procedimientos en trámite.
– Expediente electrónico: Se creará uno para la tramitación de cada procedimiento.
Contendrá el conjunto de datos, documentos, trámites y actuaciones electrónicas que
corresponden a un mismo procedimiento, cualquiera que sea el tipo de información que
contenga y el formato en el que se hayan generado.
Para mayor información se dispone del Manual de tramitación general del Registro
Civil, validado por la DGSJFP que en el periodo formativo se pone a disposición de cada
Oficina con el sistema informático DICIREG.
En cuanto a las Oficinas DICIREG, en relación con su descripción, funciones y tipos
de Oficinas en el nuevo modelo de Registro Civil, habrá de estarse a lo previsto en el
documento Definición de Oficina Registro Civil igualmente validado por la DGSJFP que
se pondrá a disposición de cada una de dichas Oficinas DICIREG que se vayan
desplegando; se destaca del mismo lo siguiente:
– Oficina Central: Existirá una que está localizada en Madrid.
– Oficina General: Existirá una en todas las poblaciones que sean sede de la capital
de un partido judicial.
– Oficina Consular: Existirá una por cada demarcación consular.
– Oficina colaboradora: Existirá una en todos los municipios en los que no se ubique
una Oficina General (pasarán a integrarse en las futuras Oficinas de Justicia del
municipio).
Procedimientos previos abiertos conforme a la Ley de Registro Civil de 1957.

En una Oficina en la que se encuentre en funcionamiento DICIREG los
procedimientos en curso abiertos conforme a la Ley de 1957 continuarán su tramitación
conforme a dicha Ley.
Si se trata de una oficina colaboradora, el procedimiento será finalizado en la Oficina
General que corresponda. En este caso, se generará un expediente electrónico en
DICIREG por la oficina colaboradora donde se incluirá la documentación y quedará
asignado a dicha Oficina General.
La resolución de estos procedimientos será dictada por el Encargado que, conforme
a la Ley 20/2011, de 21 de julio, ya se encuentre al frente de la Oficina y la práctica de
los asientos se realizarán en DICIREG generando el expediente electrónico del

cve: BOE-A-2021-15391
Verificable en https://www.boe.es

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