III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Registro Civil. Gestión informatizada. (BOE-A-2021-15391)
Instrucción de 16 de septiembre de 2021, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se acuerdan las pautas y criterios para apoyar la entrada en servicio efectiva de la aplicación informática Dicireg, a partir de la entrada en funcionamiento de la primera oficina conforme a las previsiones contenidas en la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 228
Jueves 23 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 116030
En ambos supuestos se realizará la tramitación de la incorporación de antecedentes
en DICIREG mediante procedimientos de captura de antecedentes.
Las pautas que se han de tener en cuenta para un traslado son las siguientes:
– Se realiza siempre cuando los asientos están en Libros manuscritos no
digitalizados y de forma opcional cuando se encuentren en INFOREG.
– Si se realiza el traslado de un asiento, se trasladarán también el resto de asientos
de esa materia (sección) del inscrito.
– El traslado de los asientos de la sección de tutelas implica el traslado de los
asientos de la sección de nacimiento del inscrito.
– Cancelación: Para cancelar un asiento, se realizará el traslado de todos los
asientos de esa materia (sección) del inscrito.
7.1.1
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Procedimientos.
Procedimiento para el traslado.
El procedimiento se realizará en los siguientes pasos:
– Inicio de procedimiento de captura de antecedentes y asignación a una Oficina.
Para esta asignación a una Oficina para su tramitación se tendrá en cuenta que, si el
asiento está en Libro manuscrito no digitalizado, se asignará a la que custodia dicho
Libro, si tiene DICIREG.
– Continuación de la tramitación:
a) Oficina colaboradora (custodia el Libro): Incorpora la certificación al expediente y
sigue tramitando hasta elaborar el borrador de asiento.
b) Oficinas Generales/Consulares/Central: Tramitan hasta la finalización del
procedimiento de captura de antecedentes.
• Si no se tiene acceso al asiento en Libro manuscrito: Obtención de la certificación
literal con los asientos (mediante auxilio registral), que se incorpora al expediente.
– Borrador del asiento/s. Se transcriben los datos de la/s certificación/es literal/es.
– Revisión de los datos del borrador y firma del asiento/s.
– Cancelación del asiento/s trasladado/s, consignando en ella la circunstancia del
traslado al registro individual y la fecha en la que se realiza, además de los datos
habituales.
a) Para oficina colaboradora: Cancelación conforme a la Ley de 1957 firmando el
funcionario del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa por indicación y delegación
expresa del Encargado actual Oficina General.
b) Para el resto de Oficinas: Cancelación conforme a la Ley de 1957 firmando el
Encargado actual.
El objetivo de esta cancelación es que no se practiquen nuevos asientos para el
inscrito en esa sección según la Ley de 1957.
Procedimiento para la anotación captura de antecedentes.
El procedimiento se realizará en los siguientes pasos:
– Inicio de procedimiento de captura de antecedentes y asignación a una Oficina. En
general, continúa la tramitación en la misma Oficina; pero, por motivos de carga de
trabajo, se puede asignar el expediente a otra Oficina.
– Generación del borrador del asiento. DICIREG genera de forma automática este
borrador que deberá ser completado con los datos que no puedan obtenerse
automáticamente.
– Revisión de los datos del borrador y firma del asiento.
cve: BOE-A-2021-15391
Verificable en https://www.boe.es
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Núm. 228
Jueves 23 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 116030
En ambos supuestos se realizará la tramitación de la incorporación de antecedentes
en DICIREG mediante procedimientos de captura de antecedentes.
Las pautas que se han de tener en cuenta para un traslado son las siguientes:
– Se realiza siempre cuando los asientos están en Libros manuscritos no
digitalizados y de forma opcional cuando se encuentren en INFOREG.
– Si se realiza el traslado de un asiento, se trasladarán también el resto de asientos
de esa materia (sección) del inscrito.
– El traslado de los asientos de la sección de tutelas implica el traslado de los
asientos de la sección de nacimiento del inscrito.
– Cancelación: Para cancelar un asiento, se realizará el traslado de todos los
asientos de esa materia (sección) del inscrito.
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Procedimientos.
Procedimiento para el traslado.
El procedimiento se realizará en los siguientes pasos:
– Inicio de procedimiento de captura de antecedentes y asignación a una Oficina.
Para esta asignación a una Oficina para su tramitación se tendrá en cuenta que, si el
asiento está en Libro manuscrito no digitalizado, se asignará a la que custodia dicho
Libro, si tiene DICIREG.
– Continuación de la tramitación:
a) Oficina colaboradora (custodia el Libro): Incorpora la certificación al expediente y
sigue tramitando hasta elaborar el borrador de asiento.
b) Oficinas Generales/Consulares/Central: Tramitan hasta la finalización del
procedimiento de captura de antecedentes.
• Si no se tiene acceso al asiento en Libro manuscrito: Obtención de la certificación
literal con los asientos (mediante auxilio registral), que se incorpora al expediente.
– Borrador del asiento/s. Se transcriben los datos de la/s certificación/es literal/es.
– Revisión de los datos del borrador y firma del asiento/s.
– Cancelación del asiento/s trasladado/s, consignando en ella la circunstancia del
traslado al registro individual y la fecha en la que se realiza, además de los datos
habituales.
a) Para oficina colaboradora: Cancelación conforme a la Ley de 1957 firmando el
funcionario del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa por indicación y delegación
expresa del Encargado actual Oficina General.
b) Para el resto de Oficinas: Cancelación conforme a la Ley de 1957 firmando el
Encargado actual.
El objetivo de esta cancelación es que no se practiquen nuevos asientos para el
inscrito en esa sección según la Ley de 1957.
Procedimiento para la anotación captura de antecedentes.
El procedimiento se realizará en los siguientes pasos:
– Inicio de procedimiento de captura de antecedentes y asignación a una Oficina. En
general, continúa la tramitación en la misma Oficina; pero, por motivos de carga de
trabajo, se puede asignar el expediente a otra Oficina.
– Generación del borrador del asiento. DICIREG genera de forma automática este
borrador que deberá ser completado con los datos que no puedan obtenerse
automáticamente.
– Revisión de los datos del borrador y firma del asiento.
cve: BOE-A-2021-15391
Verificable en https://www.boe.es
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