III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Fundación Festival Internacional de Teatro Clásico de Almagro. Cuentas anuales. (BOE-A-2021-15342)
Resolución de 1 de septiembre de 2021, del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, por la que se publican las cuentas anuales de la Fundación Festival Internacional de Teatro Clásico de Almagro del ejercicio 2018.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 22 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 115697
En los arrendamientos financieros se contabiliza el activo de acuerdo con su naturaleza, y un
pasivo financiero por el mismo importe, que es el menor entre el valor razonable del activo
arrendado y el valor actual al inicio del arrendamiento de los pagos mínimos acordados.
La amortización de los elementos del inmovilizado material se realiza, desde el momento en el
que están disponibles para su puesta en funcionamiento, de forma lineal durante su vida útil
estimada estimando un valor residual nulo, en función de los siguientes años de vida útil:
Descripción
Instalaciones Técnicas
Mobiliario
Equipos Procesos de Información
Otro Inmovilizado
Años
20,10,7
10
4
10
% Anual
5,10 y 15
10
25
10
La Entidad evalúa al menos al cierre de cada ejercicio si existen indicios de pérdidas por
deterioro de valor de su inmovilizado material, que reduzcan el valor recuperable de dichos
activos a un importe inferior al de su valor en libros. Si existe cualquier indicio, se estima el
valor recuperable del activo con el objeto de determinar el alcance de la eventual pérdida por
deterioro de valor. En caso de que el activo no genere flujos de efectivo que sean
independientes de otros activos o grupos de activos, la Entidad calcula el valor recuperable de
la unidad generadora de efectivo (UGE) a la que pertenece el activo.
El valor recuperable de los activos es el mayor entre su valor razonable menos los costes de
venta y su valor en uso. La determinación del valor en uso se realiza en función de los flujos de
efectivo futuros esperados que se derivarán de la utilización del activo, las expectativas sobre
posibles variaciones en el importe o distribución temporal de los flujos, el valor temporal del
dinero, el precio a satisfacer por soportar la incertidumbre relacionada con el activo y otros
factores que los partícipes del mercado considerarían en la valoración de los flujos de efectivo
futuros relacionados con el activo.
En el caso de que el importe recuperable estimado sea inferior al valor neto en libros del
activo, se registra la correspondiente pérdida por deterioro con cargo a la cuenta de
resultados, reduciendo el valor en libros del activo a su importe recuperable.
Una vez reconocida la corrección valorativa por deterioro o su reversión, se ajustan las
amortizaciones de los ejercicios siguientes considerando el nuevo valor contable.
No obstante lo anterior, si de las circunstancias específicas de los activos se pone de
manifiesto una pérdida de carácter irreversible, ésta se reconoce directamente en pérdidas
procedentes del inmovilizado de la cuenta de resultados.
4.3. Créditos y débitos por la actividad propia.
La presente norma se aplicará a:
a) Créditos por la actividad propia: son los derechos de cobro que se originan en el desarrollo
de la actividad propia frente a los beneficiarios, usuarios, patrocinadores y afiliados.
▪ Las cuotas, donativos y otras ayudas similares, procedentes de patrocinadores,
afiliados u otros deudores, con vencimiento a corto plazo, originan un derecho de
cve: BOE-A-2021-15342
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 227
Miércoles 22 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 115697
En los arrendamientos financieros se contabiliza el activo de acuerdo con su naturaleza, y un
pasivo financiero por el mismo importe, que es el menor entre el valor razonable del activo
arrendado y el valor actual al inicio del arrendamiento de los pagos mínimos acordados.
La amortización de los elementos del inmovilizado material se realiza, desde el momento en el
que están disponibles para su puesta en funcionamiento, de forma lineal durante su vida útil
estimada estimando un valor residual nulo, en función de los siguientes años de vida útil:
Descripción
Instalaciones Técnicas
Mobiliario
Equipos Procesos de Información
Otro Inmovilizado
Años
20,10,7
10
4
10
% Anual
5,10 y 15
10
25
10
La Entidad evalúa al menos al cierre de cada ejercicio si existen indicios de pérdidas por
deterioro de valor de su inmovilizado material, que reduzcan el valor recuperable de dichos
activos a un importe inferior al de su valor en libros. Si existe cualquier indicio, se estima el
valor recuperable del activo con el objeto de determinar el alcance de la eventual pérdida por
deterioro de valor. En caso de que el activo no genere flujos de efectivo que sean
independientes de otros activos o grupos de activos, la Entidad calcula el valor recuperable de
la unidad generadora de efectivo (UGE) a la que pertenece el activo.
El valor recuperable de los activos es el mayor entre su valor razonable menos los costes de
venta y su valor en uso. La determinación del valor en uso se realiza en función de los flujos de
efectivo futuros esperados que se derivarán de la utilización del activo, las expectativas sobre
posibles variaciones en el importe o distribución temporal de los flujos, el valor temporal del
dinero, el precio a satisfacer por soportar la incertidumbre relacionada con el activo y otros
factores que los partícipes del mercado considerarían en la valoración de los flujos de efectivo
futuros relacionados con el activo.
En el caso de que el importe recuperable estimado sea inferior al valor neto en libros del
activo, se registra la correspondiente pérdida por deterioro con cargo a la cuenta de
resultados, reduciendo el valor en libros del activo a su importe recuperable.
Una vez reconocida la corrección valorativa por deterioro o su reversión, se ajustan las
amortizaciones de los ejercicios siguientes considerando el nuevo valor contable.
No obstante lo anterior, si de las circunstancias específicas de los activos se pone de
manifiesto una pérdida de carácter irreversible, ésta se reconoce directamente en pérdidas
procedentes del inmovilizado de la cuenta de resultados.
4.3. Créditos y débitos por la actividad propia.
La presente norma se aplicará a:
a) Créditos por la actividad propia: son los derechos de cobro que se originan en el desarrollo
de la actividad propia frente a los beneficiarios, usuarios, patrocinadores y afiliados.
▪ Las cuotas, donativos y otras ayudas similares, procedentes de patrocinadores,
afiliados u otros deudores, con vencimiento a corto plazo, originan un derecho de
cve: BOE-A-2021-15342
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 227