III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Aviación civil. (BOE-A-2021-15212)
Resolución de 30 de julio de 2021, de la Dirección de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, por la que se prorroga la exención concedida por la Resolución de 22 de julio de 2019.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 225

Lunes 20 de septiembre de 2021

Sec. III. Pág. 115000

con el apartado 5 del artículo 5 del Reglamento (UE) 965/2012 de la Comisión de 5 de
octubre a las Organizaciones de Formación aprobadas de acuerdo con el
Reglamento (UE) n.º 1178/2011 de la Comisión de 3 de noviembre, por el que se
establecen requisitos técnicos y procedimientos administrativos relacionados con el
personal de vuelo de la aviación civil cuya sede principal esté en España, para impartir el
entrenamiento para la obtención y/o renovación de la habilitación de clase AT-4/5/6/8
SET en el AT802 y AT 802 A de manera que la operación se realice cumpliendo con el
Anexo VII (Parte NCO), en lugar de con el Anexo VI (parte NCC), del citado reglamento.
Tres. La exención concedida mediante la Resolución de 16 de junio de 2017, de la
Dirección de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, modificada por la Resolución de 30
de noviembre de 2017, y ésta por la Resolución de 22 de julio de 2019, al cumplimiento
con los requisitos SPO.IDE.A.130 (Sistema de advertencia y alarma de impacto),
SPO.IDE.A.131 (Sistema anticolisión de a bordo) y SPO.IDE.A.145 (Registrador de
datos de vuelo) del Anexo VIII (Parte SPO) del Reglamento (UE) n.º 965/2012 de la
Comisión de 5 de octubre a aquellos operadores que tengan su sede principal, su
residencia o estén establecidos en España y realicen operaciones comerciales
especializadas de acuerdo con lo previsto en el artículo 5.6 del Reglamento (UE)
n.º 965/2012 de la Comisión de 5 de octubre con el avión Air Tractor AT 802 y AT 802 A.
No obstante lo anterior, y en cumplimiento de la Recomendación de la Agencia
Europea de Seguridad Aérea N.º ES/02/2018 y 712-19-0059-ES, en lo relativo al
requisito SPO.IDE.A.145, esta exención no será aplicable a los aviones Air Tractor
AT 802 y AT 802 A con un certificado de aeronavegabilidad individual expedido por
primera vez el 1 de enero de 2016 o con posterioridad a dicha fecha.
Estos aviones deberán estar equipados con un equipo capaz de grabar los datos del
vuelo y/o imágenes, capaz determinar la trayectoria de vuelo y la velocidad del avión.
Este equipo podrá ser:

Cuatro. La exención concedida mediante la Resolución de 16 de junio de 2017, de
la Dirección de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, modificada por la Resolución
de 30 de noviembre de 2017, y ésta por la Resolución de 22 de Julio de 2019, al
cumplimiento del artículo 3 del Reglamento (CE) n.º 1332/2011 de la Comisión de 16 de
diciembre de 2011, por el que se establecen requisitos comunes de utilización del
espacio aéreo y procedimientos operativos para los sistemas anticolisión de a bordo, a
las Organizaciones de Formación aprobadas de acuerdo con el Reglamento (UE)
n.º 1178/2011 de la Comisión de 3 de noviembre, cuya sede principal esté en España,
para impartir el entrenamiento para la obtención y/o renovación de la habilitación de
clase AT-4/5/6/8 SET para las aeronaves AT802 y AT 802 A, a los operadores que
tengan su sede principal, su residencia o estén establecidos en España que realicen
operaciones no comerciales con el avión Air Tractor AT 802 y AT 802 A y a los
operadores que tengan su sede principal, su residencia o estén establecidos en España
y realicen operaciones comerciales especializadas de acuerdo con lo previsto en el
artículo 5.6 del Reglamento (UE) n.º 965/2012 de la Comisión de 5 de octubre con las
aeronaves Air Tractor AT 802 y AT 802 A.
Segundo.
En todo momento se cumplirán los procedimientos y condiciones indicadas en esta
resolución.

cve: BOE-A-2021-15212
Verificable en https://www.boe.es

− Un registrador de datos de vuelo o FDR en sus siglas en inglés aprobado bajo el
estándar TSO-C124b/ESTO-C124b o equivalente,
− Un sistema de recopilación y monitorización de información aprobado bajo el
estándar TSO-C197/ESTO-2C197 o equivalente, o
− Cualquier equipo que cumpla el estándar definido en las especificaciones de
certificación para cambios y reparaciones estándar (CS-STAN), CS-SC104a.