III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Aviación civil. (BOE-A-2021-15212)
Resolución de 30 de julio de 2021, de la Dirección de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, por la que se prorroga la exención concedida por la Resolución de 22 de julio de 2019.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 225

Lunes 20 de septiembre de 2021

Sec. III. Pág. 115001

Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa de conformidad con el
artículo 4.2 del Estatuto de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, aprobado por Real
Decreto 184/2008, de 8 de febrero, y de acuerdo con el artículo 123 de la Ley 39/2015,
de 2 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, los interesados podrán interponer, potestativamente, recurso de reposición
ante la Directora de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea en el plazo de un mes a
contar desde el día siguiente a la notificación de esta resolución, o directamente recurso
contencioso administrativo ante los Juzgados Centrales de lo contencioso-administrativo
de Madrid, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la notificación de
este acto, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

cve: BOE-A-2021-15212
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 30 de julio de 2021.–La Directora de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea,
P.D. (Resolución de 5 de agosto de 2021), el Director de Seguridad de la Aviación Civil y
Protección al Usuario, David Nieto Sepúlveda.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X