III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Ayudas. (BOE-A-2021-15213)
Orden TMA/977/2021, de 2 de septiembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas a proyectos para el impulso y desarrollo del Sistema Cartográfico Nacional.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 225

Lunes 20 de septiembre de 2021

Sec. III. Pág. 115003

ajusta al principio de proporcionalidad, pues contiene la regulación imprescindible para
atender la necesidad expuesta. Asimismo, se garantiza el principio de seguridad jurídica,
ya que la orden es coherente con el marco normativo general en materia de
subvenciones. Por lo que se refiere al principio de transparencia, la orden identifica
claramente su propósito, y la memoria, ofrece una explicación completa de su contenido.
Finalmente, la norma proyectada es también adecuada al principio de eficiencia en el
gasto público destinado a cartografía e información geográfica previsto por la
Ley 14/2010, de 5 de julio.
Durante la tramitación se ha recabado informe preceptivo del Consejo Superior
Geográfico, previsto en el artículo 33 del Real Decreto 1545/2007, de 23 de noviembre, e
informe de la Abogacía del Estado en el Departamento y de la Intervención Delegada,
conforme a lo previsto en el artículo 17 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General
de Subvenciones.
En su virtud, y con la aprobación previa del entonces Ministro de Política Territorial y
Función Pública, dispongo:
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto y régimen jurídico aplicable.
1. La presente Orden tiene como objeto establecer las bases reguladoras para la
concesión de subvenciones a proyectos dirigidos al impulso y desarrollo del Sistema
Cartográfico.
2. Estas subvenciones se regirán por lo previsto en la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones y en el Reglamento de la Ley 38/2003 aprobado
por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio; por lo previsto en la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, en
la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad
Financiera, en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la
información pública y buen gobierno y en la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General
Presupuestaria, así como en las restantes normas de derecho administrativo que
resulten de aplicación.
Artículo 2. Finalidad.
Estas subvenciones tienen como finalidad:

Artículo 3.

Beneficiarios y requisitos.

1. Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones las administraciones de las
comunidades y ciudades autónomas adheridas al Sistema Cartográfico Nacional
mediante convenio en vigor en la fecha de publicación de la convocatoria de
subvenciones.
2. Para la acreditación de no estar incursas en ninguna de las prohibiciones
previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y conforme a lo

cve: BOE-A-2021-15213
Verificable en https://www.boe.es

a) Promover el desarrollo del Sistema Cartográfico Nacional (SCN) como marco de
actuación común, cohesión y equidad territorial de las administraciones públicas en el
ámbito de la cartografía y la información geográfica.
b) Potenciar proyectos de alto impacto o creación de valor para la sociedad,
especialmente aquéllos desarrollados en colaboración entre dos o más administraciones
públicas integradas en el SCN.
c) Promover trabajos en el ámbito de la información geográfica, que representen
una importante innovación o avance tecnológico extrapolable a las administraciones
públicas integradas en el SCN.