III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Ayudas. (BOE-A-2021-15213)
Orden TMA/977/2021, de 2 de septiembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas a proyectos para el impulso y desarrollo del Sistema Cartográfico Nacional.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 225
Lunes 20 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 115002
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD
Y AGENDA URBANA
Orden TMA/977/2021, de 2 de septiembre, por la que se aprueban las bases
reguladoras para la concesión de ayudas públicas a proyectos para el
impulso y desarrollo del Sistema Cartográfico Nacional.
La Ley 14/2010, de 5 de julio, sobre las infraestructuras y los servicios de información
geográfica en España, está considerada por su Preámbulo como «el necesario
complemento y perfeccionamiento de la Ley de Ordenación de la Cartografía de 1986,
para adecuarla al desarrollo de la información geográfica. A tal fin (…) instituye con
rango legal el Sistema Cartográfico Nacional (…)». Las disposiciones relativas al Sistema
Cartográfico Nacional, como dispone el artículo 2 de la citada Ley, serán aplicadas «por
la Administración General del Estado (…), así como por las Administraciones
autonómicas y locales que opten por integrarse en el sistema Cartográfico Nacional».
Entre otras funciones, la Ley 14/2010, de 5 de julio, ordena que el desarrollo del
Sistema Cartográfico Nacional se dirija a alcanzar objetivos de homogeneidad de la
información de los organismos públicos que formen parte de él, para asegurar la
coherencia, continuidad de interoperabilidad de la información, favorecer la eficiencia en
el gasto público destinado a cartografía e información geográfica, asegurar la
disponibilidad pública y actualización de datos geográficos y optimizar la calidad de la
producción cartográfica oficial.
El desarrollo durante estos años del Sistema Cartográfico Nacional ha puesto de
manifiesto el potencial de la colaboración entre las distintas administraciones territoriales
en el ámbito de la información geográfica, por lo que el apoyo a su mejor funcionamiento
es fundamental para lograr un desarrollo completo del Sistema.
Así, el Real Decreto 1545/2007, de 23 de noviembre, por el que se regula el Sistema
Cartográfico Nacional, prevé que las administraciones públicas integradas en el sistema
formalicen acuerdos para la producción de información geográfica o cartografía, dando
cuenta a la Secretaría Técnica del Consejo Superior Geográfico (art. 6), la coordinación
bajo el Plan Cartográfico Nacional de planes y programas de producción cartográfica
autonómica integrada en el Sistema Cartográfico Nacional, o la participación de las
administraciones públicas en programas de investigación, desarrollo e innovación
(art. 9).
La Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el
año 2021, incluye por primera vez en los créditos del Presupuesto del Instituto
Geográfico Nacional, del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, una
partida presupuestaria en «Apoyo al funcionamiento del Sistema Cartográfico Nacional»,
dirigida a las comunidades autónomas.
Por tanto, la regulación de las subvenciones que lleva a cabo esta Orden se dirige a
impulsar la contribución de las comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla al
desarrollo del Sistema Cartográfico Nacional con el objetivo de fortalecer su proceso de
implantación y desarrollo.
Esta Orden se adecúa a los principios de buena regulación establecidos en el
artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas. En concreto, esta orden responde a los principios de
necesidad y eficacia, ya que promueve las aportaciones de las administraciones públicas
a proyectos en el ámbito de la información geográfica emprendidos con el objetivo de
avanzar en el desarrollo del Sistema Cartográfico Nacional, sin perjuicio de que
contribuyan asimismo al ejercicio de las competencias de sus beneficiarios. La orden se
cve: BOE-A-2021-15213
Verificable en https://www.boe.es
15213
Núm. 225
Lunes 20 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 115002
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD
Y AGENDA URBANA
Orden TMA/977/2021, de 2 de septiembre, por la que se aprueban las bases
reguladoras para la concesión de ayudas públicas a proyectos para el
impulso y desarrollo del Sistema Cartográfico Nacional.
La Ley 14/2010, de 5 de julio, sobre las infraestructuras y los servicios de información
geográfica en España, está considerada por su Preámbulo como «el necesario
complemento y perfeccionamiento de la Ley de Ordenación de la Cartografía de 1986,
para adecuarla al desarrollo de la información geográfica. A tal fin (…) instituye con
rango legal el Sistema Cartográfico Nacional (…)». Las disposiciones relativas al Sistema
Cartográfico Nacional, como dispone el artículo 2 de la citada Ley, serán aplicadas «por
la Administración General del Estado (…), así como por las Administraciones
autonómicas y locales que opten por integrarse en el sistema Cartográfico Nacional».
Entre otras funciones, la Ley 14/2010, de 5 de julio, ordena que el desarrollo del
Sistema Cartográfico Nacional se dirija a alcanzar objetivos de homogeneidad de la
información de los organismos públicos que formen parte de él, para asegurar la
coherencia, continuidad de interoperabilidad de la información, favorecer la eficiencia en
el gasto público destinado a cartografía e información geográfica, asegurar la
disponibilidad pública y actualización de datos geográficos y optimizar la calidad de la
producción cartográfica oficial.
El desarrollo durante estos años del Sistema Cartográfico Nacional ha puesto de
manifiesto el potencial de la colaboración entre las distintas administraciones territoriales
en el ámbito de la información geográfica, por lo que el apoyo a su mejor funcionamiento
es fundamental para lograr un desarrollo completo del Sistema.
Así, el Real Decreto 1545/2007, de 23 de noviembre, por el que se regula el Sistema
Cartográfico Nacional, prevé que las administraciones públicas integradas en el sistema
formalicen acuerdos para la producción de información geográfica o cartografía, dando
cuenta a la Secretaría Técnica del Consejo Superior Geográfico (art. 6), la coordinación
bajo el Plan Cartográfico Nacional de planes y programas de producción cartográfica
autonómica integrada en el Sistema Cartográfico Nacional, o la participación de las
administraciones públicas en programas de investigación, desarrollo e innovación
(art. 9).
La Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el
año 2021, incluye por primera vez en los créditos del Presupuesto del Instituto
Geográfico Nacional, del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, una
partida presupuestaria en «Apoyo al funcionamiento del Sistema Cartográfico Nacional»,
dirigida a las comunidades autónomas.
Por tanto, la regulación de las subvenciones que lleva a cabo esta Orden se dirige a
impulsar la contribución de las comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla al
desarrollo del Sistema Cartográfico Nacional con el objetivo de fortalecer su proceso de
implantación y desarrollo.
Esta Orden se adecúa a los principios de buena regulación establecidos en el
artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas. En concreto, esta orden responde a los principios de
necesidad y eficacia, ya que promueve las aportaciones de las administraciones públicas
a proyectos en el ámbito de la información geográfica emprendidos con el objetivo de
avanzar en el desarrollo del Sistema Cartográfico Nacional, sin perjuicio de que
contribuyan asimismo al ejercicio de las competencias de sus beneficiarios. La orden se
cve: BOE-A-2021-15213
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