III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Convenios. (BOE-A-2021-15161)
Resolución de 30 de julio de 2021, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con el Organismo Autónomo Centro Nacional de Información Geográfica, para la difusión y comercialización de publicaciones.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 224

Sábado 18 de septiembre de 2021

Sec. III. Pág. 114523

– Una vez recibida la correspondiente factura por parte del CNIG, el Centro de
Publicaciones ingresará el importe en la cuenta oficial del Banco de España a nombre
del Tesoro Público, al «concepto no presupuestario» «320200».
– Una vez que se hace efectivo el ingreso en el Tesoro, se realiza la propuesta de
mandamiento de pago, para transferir dicho importe a la cuenta bancaria del CNIG.
2.

Por parte del CNIG:

a) Actuaciones a realizar por el CNIG para que el Centro de Publicaciones pueda
llevar a cabo la difusión de las obras del primero:
– Acordar con el Centro de Publicaciones la entrega de aquellos títulos de su fondo
editorial que resulten de interés para su difusión y comercialización, tanto en los puntos
de venta al público disponibles en el Centro de Publicaciones, como en la página web de
su Tienda virtual.
– Poner a disposición del Centro de Publicaciones, las publicaciones solicitadas al
almacén del CNIG, mediante albarán de depósito debidamente firmado a su entrega, en
un plazo máximo de setenta y dos horas, siempre en función de la disponibilidad de
stocks.
– Realizar un seguimiento semestral de las publicaciones difundidas y
comercializadas por el Centro de Publicaciones.
– Mantener informado de manera continua al Centro de Publicaciones. de las
novedades editoriales del CNIG.

– Acordar con el Centro de Publicaciones la recepción de aquellos títulos del fondo
editorial de éste último, que resulten de interés para su difusión y comercialización, tanto
en los puntos de venta al público disponibles en el CNIG, como en la página web de su
Tienda virtual.
– Llevar a cabo los pedidos de publicaciones al Centro de Publicaciones y hacerse
cargo del envío y transporte de los mismos.
– Realizar un seguimiento preciso de las publicaciones recibidas en el almacén del
Centro de Publicaciones y de sus movimientos, y enviar un informe del inventario de
existencias de las publicaciones del Centro de Publicaciones y estadísticas de difusión y
comercialización siempre que éste último lo solicite.
– Incluir y mantener actualizadas en los catálogos del CNIG aquellas publicaciones
del Centro de Publicaciones que estén disponibles para comercialización en sus
diferentes puntos de venta, canales y circuitos de distribución. Implementar vínculos
entre la tienda virtual del CNIG y la del Centro de Publicaciones.
– A su vez, se podrán establecer vínculos y hacer mención en la página web del
Centro, a otras publicaciones incluidas en el fondo editorial del Centro de Publicaciones,
que, no estando disponibles en los almacenes del CNIG, resulten de interés, con
indicación de la forma de adquisición de las mismas.
– Recabar el consentimiento expreso del Centro de Publicaciones para llevar a cabo
comercializaciones especiales (ofertas, saldos, etc.).
– Proceder a la destrucción de las publicaciones desactualizadas que obren en el
poder del CNIG, previa autorización del Centro de Publicaciones que las sustituirá por
otras nuevas.
– Llevar a cabo la devolución de los ejemplares depositados en su almacén, que
sean solicitados por el Centro de Publicaciones y que serán restituidos cuando exista
disponibilidad de los mismos, realizando el transporte el Centro.
– Remitir al Centro de Publicaciones la liquidación correspondiente por semestres
naturales vencidos. En dicha liquidación deberá figurar, respecto a cada una de las
publicaciones y durante el semestre correspondiente: fecha de la liquidación, precio

cve: BOE-A-2021-15161
Verificable en https://www.boe.es

b) Actuaciones a realizar por el CNIG para poder llevar a cabo la difusión de obras
del Centro de Publicaciones: