III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Convenios. (BOE-A-2021-15161)
Resolución de 30 de julio de 2021, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con el Organismo Autónomo Centro Nacional de Información Geográfica, para la difusión y comercialización de publicaciones.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 224

Sábado 18 de septiembre de 2021

Segunda.

Sec. III. Pág. 114522

Actuaciones.

Las actividades a realizar por cada parte se concretan en:
1. Por parte de la Secretaría General Técnica, a través del Centro de
Publicaciones:
a) Actuaciones a realizar por el Centro de Publicaciones para que el CNIG pueda
llevar a cabo la difusión de las obras del primero:
– Acordar con el CNIG la entrega de aquellos títulos de su fondo editorial que
resulten de interés para su difusión y comercialización, tanto en los puntos de venta al
público disponibles en el CNIG, como en la página web de su Tienda virtual.
– Poner a disposición del CNIG las publicaciones solicitadas al almacén del Centro
de Publicaciones, mediante albarán de depósito debidamente firmado a su entrega, en
un plazo máximo de setenta y dos horas, siempre en función de la disponibilidad de
stocks.
– Realizar un seguimiento semestral de las publicaciones difundidas y
comercializadas por el CNIG.
– Mantener informado de manera continua al CNIG de las novedades editoriales del
Centro de Publicaciones.

– Acordar con el CNIG la recepción de aquellos títulos del fondo editorial de éste
último, que resulten de interés para su difusión y comercialización, tanto en los puntos de
venta al público disponibles en el Centro de Publicaciones, como en la página web de su
Tienda virtual.
– Llevar a cabo los pedidos de publicaciones al CNIG y hacerse cargo del envío y
transporte de los mismos.
– Realizar un seguimiento preciso de las publicaciones recibidas en el almacén del
Centro de Publicaciones y de sus movimientos, y enviar un informe del inventario de
existencias de las publicaciones del CNIG y estadísticas de difusión y comercialización
siempre que éste último lo solicite.
– Incluir y mantener actualizadas en los catálogos del Centro de Publicaciones,
aquellas publicaciones del CNIG que estén disponibles para comercialización en sus
diferentes puntos de venta, canales y circuitos de distribución. Implementar vínculos
entre la tienda virtual del CNIG y la del Centro de Publicaciones.
– A su vez, se podrán establecer vínculos y hacer mención en la página web del
Centro, a otras publicaciones incluidas en el fondo editorial del CNIG que, no estando
disponibles en los almacenes del Centro de Publicaciones, resulten de interés, con
indicación de la forma de adquisición de las mismas.
– Recabar el consentimiento expreso del CNIG para llevar a cabo comercializaciones
especiales (ofertas, saldos, etc.).
– Proceder a la destrucción de las publicaciones desactualizadas que obren en poder
del Centro de Publicaciones, previa autorización del CNIG, que las sustituirá por otras
nuevas.
– Llevar a cabo la devolución de aquellos ejemplares depositados en el almacén del
Centro de Publicaciones que sean solicitados por el CNIG y que serán restituidos cuando
exista disponibilidad de los mismos, realizando el transporte ese Organismo.
– Remitir al CNIG la liquidación correspondiente por semestres naturales vencidos.
En dicha liquidación deberá figurar, respecto a cada una de las publicaciones y durante
el semestre correspondiente: fecha de la liquidación, precio unitario sin IVA de cada
ejemplar, importe total de las ventas de cada uno de ellos e importe a liquidar.

cve: BOE-A-2021-15161
Verificable en https://www.boe.es

b) Actuaciones a realizar por el Centro de Publicaciones para poder llevar a cabo la
difusión de obras del CNIG: