III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Convenios. (BOE-A-2021-15162)
Resolución de 30 de agosto de 2021, de la Autoridad Portuaria de Valencia, por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Valencia, en materia de prevención y extinción de incendios en la zona de servicio del Puerto de Valencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 224

Sábado 18 de septiembre de 2021

Sec. III. Pág. 114533

En virtud de lo cual, acuerdan suscribir el presente Convenio, estableciendo las
siguientes
CLÁUSULAS
Primera.

Objeto.

La finalidad del presente Convenio es establecer las bases de colaboración entre el
Ayuntamiento de València y la Autoridad Portuaria para asegurar, en las superficies de
agua y tierra de la zona de servicio del Puerto de València, la respuesta más eficaz y
adecuada de la intervención en materia de prevención y extinción de incendios; y ello
sobre la base de los siguientes dos objetivos:
– Asegurar la configuración del Departamento de Bomberos, Prevención,
Intervención en Emergencias y Protección Civil del Ayuntamiento de València (en
adelante también DBPIEPC) como equipo o grupo de intervención cuando se active el
Plan de Autoprotección del Puerto de València.
– Establecer los mecanismos que favorezcan el fomento del conocimiento de las
instalaciones y actividad portuarias, la formación de los equipos humanos, así como la
adaptación de los medios materiales necesarios en la intervención.
Segunda.

Compromisos del Ayuntamiento de València.

1. Con la finalidad perseguida de establecer las bases de colaboración entre el
Ayuntamiento de València y la Autoridad Portuaria para asegurar, en las superficies de
agua y tierra de la zona de servicio del Puerto de València, la respuesta más eficaz y
adecuada de la intervención en materia de prevención y extinción de incendios, el
Ayuntamiento de València se compromete a constituir al DBPIEPC como equipo o grupo
de intervención para el caso en que se active el Plan de Autoprotección de la APV;
debiéndose tener por efectuadas a favor del precitado Departamento, a partir de la fecha
de eficacia del presente Convenio, las referencias recogidas en el vigente Plan de
Autoprotección a la dotación de bomberos existente en el recinto portuario. El grupo de
intervención actuará conforme al actual promedio de tiempo de respuesta,
entendiéndose por tal desde la activación del Plan de Autoprotección hasta la presencia
del grupo de intervención en el punto del recinto portuario donde se haya producido la
incidencia o emergencia.
2. Participar en los simulacros promovidos por la Autoridad Portuaria, tanto en tierra
como en mar.
3. Participar en las visitas que la Autoridad Portuaria promueva tanto a empresas
instaladas en el recinto portuario como a buques.
4. Formar al personal operativo del DBPIEPC en aquellas actuaciones de su
catálogo de servicios que se puedan dar en el Puerto de València. Para ello el DBPIEPC
se encargará de organizar, incluyendo su contratación, los cursos de formación que en
cumplimiento del presente Convenio se determinen por la Comisión de Seguimiento a
que se refiere la cláusula Sexta.
5. Los cursos de formación se dirigirán al personal del Servicio de Bomberos,
Prevención e Intervención en Emergencias, así como al personal de la Autoridad
Portuaria y de operadores instalados en la zona de servicio del puerto de Valencia sin
que, en este último caso, dicho personal supere el número de tres alumnos por curso.

cve: BOE-A-2021-15162
Verificable en https://www.boe.es

Mediante la firma del presente Convenio, el Ayuntamiento de València adquiere los
siguientes compromisos: