III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2021-15167)
Resolución de 10 de septiembre de 2021, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Nuevo centro de defensa forestal del Infoca en El Pedroso (Sevilla)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 18 de septiembre de 2021

Sec. III. Pág. 114584

(6) Toda obra auxiliar que el promotor pueda necesitar para llevar a cabo las
actuaciones, que no esté contemplada en la documentación aportada, necesitará
autorización del Parque Natural.
(7) Las operaciones autorizadas no conllevarán la apertura de nuevos caminos
forestales ni vías de saca en la finca.
(8) Las construcciones deberán, en la medida de lo compatible con las necesidades
técnicas y de seguridad de la instalación, guardar armonía con la arquitectura popular y
con el resto de las instalaciones ya existentes en el Parque Natural, debiendo cumplir las
condiciones mínimas que se establecen en el epígrafe 4.2.11.1.f del PRUG. La obra
deberá realizarse conforme a las características de las construcciones tradicionales de la
zona: paredes blancas y cubierta de teja o de chapa de color rojo o verde. No se
utilizarán azulejos en la fachada y no deberán introducirse elementos decorativos
exteriores distintos a los tradicionales. La altura máxima de las construcciones no
superará los 6,5 m medidos desde el pavimento de la planta baja hasta la cara superior
del último forjado o hasta el arranque de la cubierta. Por encima de esta altura tan sólo
se podrá construir la cubierta del edificio, y en el caso de edificios no residenciales, los
silos u otras construcciones o instalaciones que forzosamente deban de sobresalir por
cuestiones técnicas.
(9) La alambrada deberá quedar integrada paisajísticamente, por lo que los
materiales del cerramiento (postes y traviesas) no podrán tener una terminación metálica
brillante o reflectante. En caso necesario, se aplicará una imprimación que evite este
efecto e integre visualmente la infraestructura en el entorno.
(10) La portada deberá guardar armonía con la arquitectura popular y con el resto
de las instalaciones ya existentes en el Parque Natural, evitándose los elementos
ornamentales y la monumentalización de la infraestructura. La terminación será en
piedra o encalada en blanco.
(11) El hormigón de los viales peatonales deberá imitar el aspecto o tonalidad del
firme natural.
(12) Para la vegetación de zonas ajardinadas se utilizarán especies autóctonas del
Parque Natural.
(13) El firme del tramo de 300 m de camino existente será terreno natural
compactado, quedando prohibida la utilización de hormigón, materiales asfálticos y
escombros sin reciclar para el firme del camino.
(14) Para la integración paisajística de los depósitos se deberán mimetizar con el
entorno, para ello se recomienda el uso de colores cercanos cromáticamente a los
colores dominantes de su entorno. En general se evitarán las tonalidades saturadas o
muy luminosas. Las pinturas serán mates, evitando brillos o reflectancias propias de los
acabados metálicos. En superficies lisas se utilizarán tonalidades un grado o dos más
oscuras que las del entorno.
(15) Durante la ejecución y funcionamiento de la línea eléctrica habrá de darse
debido cumplimiento a la aplicación del Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto, por el
que se establecen medidas para la protección de la avifauna, contra la colisión y la
electrocución, en líneas eléctricas de alta tensión y al Decreto 178/2006, de 10 de
octubre, por el que se establecen normas de protección de la avifauna, para las
instalaciones eléctricas de alta tensión.
(16) Las obras se ejecutarán preferentemente en el período comprendido entre
el 15 de octubre y el 30 de abril con objeto de que éstas sean compatibles con las
épocas de reproducción de la fauna silvestre y con las épocas de peligro de incendios
forestales.
(17) En el caso de que la fitodepuradora funcione como fosa séptica, se deberá
poder certificar la recogida de la fosa séptica por empresa homologada para ello, y
disponer de contrato de servicios con la empresa encargada de la gestión de los
residuos, así como certificado homologación y estanqueidad de la fosa séptica. Si el
funcionamiento es como el de un humedal artificial sin vertidos, si el vertido de aguas
residuales se realiza a través de una balsa de depuración de las aguas residuales, se

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Núm. 224