III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE UNIVERSIDADES. Convenios. (BOE-A-2021-15135)
Resolución de 8 de septiembre de 2021, de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., por la que se publica el Convenio con Llorente y Cuenca Madrid, SL, para la realización de prácticas académicas externas por parte de estudiantes de postgrado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 17 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 114340
resolución de posibles incidencias y el control de permisos para la realización de
exámenes.
e) Emitir el Informe final que deberá ser remitido al tutor académico de la UIMP y a
la UIMP, y, en su caso, el informe intermedio.
f) Proporcionar la formación complementaria que precise el estudiante para la
realización de las prácticas.
g) Proporcionar al estudiante los medios materiales indispensables para el
desarrollo de la práctica.
h) Facilitar y estimular la aportación de propuestas de innovación, mejora y
emprendimiento por parte del estudiante.
i) Facilitar al tutor académico de la UIMP el acceso a Llorente y Cuenca Madrid,
S.L. para el cumplimiento de los fines propios de su función.
j) Guardar confidencialidad en relación con cualquier información que conozca del
estudiante como consecuencia de su actividad como tutor.
k) Prestar ayuda y asistencia al estudiante para la resolución de aquellas
cuestiones de carácter profesional que pueda necesitar en el desempeño de las
actividades que realiza en la práctica.
ANEXO
Formalización de prácticas
Dorso. Ejemplar para UIMP
Derechos y deberes de los estudiantes en prácticas (art. 9 del Real Decreto 592/2014,
de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas académicas externas de los
estudiantes universitarios)
1. Durante la realización de las prácticas académicas externas, los estudiantes
tendrán los siguientes derechos:
a) A la tutela durante la práctica por un profesor de la UIMP y por un profesional
que preste servicios en Llorente y Cuenca Madrid, S.L.
b) A la evaluación de acuerdo con los criterios establecidos por la UIMP.
c) A la obtención de un informe por parte de Llorente y Cuenca Madrid, S.L., con
mención expresa de la actividad desarrollada, su duración y en su caso su rendimiento.
d) A percibir, en los casos en que así se estipule en el presente anexo, la
aportación económica de Llorente y Cuenca Madrid, S.L. en concepto de bolsa o ayuda
al estudio.
e) A la propiedad intelectual e industrial en los términos establecidos en la
legislación reguladora de la materia.
f) A recibir por parte de Llorente y Cuenca Madrid, S.L. información de la normativa
de seguridad y prevención de riesgos laborales.
g) A cumplir con su actividad académica, formativa y de representación y
participación, previa comunicación con antelación suficiente a Llorente y Cuenca Madrid,
S.L.
h) A disponer, en caso de estudiante con discapacidad, de los recursos necesarios
para el acceso a la tutela, a la información, a la evaluación y al propio desempeño de las
prácticas en igualdad de condiciones.
i) A conciliar, en el caso de estudiante con discapacidad, la realización de las
prácticas con aquellas actividades y situaciones personales derivadas o conectadas con
la situación de discapacidad.
j) Aquellos otros previstos en la normativa vigente.
cve: BOE-A-2021-15135
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 223
Viernes 17 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 114340
resolución de posibles incidencias y el control de permisos para la realización de
exámenes.
e) Emitir el Informe final que deberá ser remitido al tutor académico de la UIMP y a
la UIMP, y, en su caso, el informe intermedio.
f) Proporcionar la formación complementaria que precise el estudiante para la
realización de las prácticas.
g) Proporcionar al estudiante los medios materiales indispensables para el
desarrollo de la práctica.
h) Facilitar y estimular la aportación de propuestas de innovación, mejora y
emprendimiento por parte del estudiante.
i) Facilitar al tutor académico de la UIMP el acceso a Llorente y Cuenca Madrid,
S.L. para el cumplimiento de los fines propios de su función.
j) Guardar confidencialidad en relación con cualquier información que conozca del
estudiante como consecuencia de su actividad como tutor.
k) Prestar ayuda y asistencia al estudiante para la resolución de aquellas
cuestiones de carácter profesional que pueda necesitar en el desempeño de las
actividades que realiza en la práctica.
ANEXO
Formalización de prácticas
Dorso. Ejemplar para UIMP
Derechos y deberes de los estudiantes en prácticas (art. 9 del Real Decreto 592/2014,
de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas académicas externas de los
estudiantes universitarios)
1. Durante la realización de las prácticas académicas externas, los estudiantes
tendrán los siguientes derechos:
a) A la tutela durante la práctica por un profesor de la UIMP y por un profesional
que preste servicios en Llorente y Cuenca Madrid, S.L.
b) A la evaluación de acuerdo con los criterios establecidos por la UIMP.
c) A la obtención de un informe por parte de Llorente y Cuenca Madrid, S.L., con
mención expresa de la actividad desarrollada, su duración y en su caso su rendimiento.
d) A percibir, en los casos en que así se estipule en el presente anexo, la
aportación económica de Llorente y Cuenca Madrid, S.L. en concepto de bolsa o ayuda
al estudio.
e) A la propiedad intelectual e industrial en los términos establecidos en la
legislación reguladora de la materia.
f) A recibir por parte de Llorente y Cuenca Madrid, S.L. información de la normativa
de seguridad y prevención de riesgos laborales.
g) A cumplir con su actividad académica, formativa y de representación y
participación, previa comunicación con antelación suficiente a Llorente y Cuenca Madrid,
S.L.
h) A disponer, en caso de estudiante con discapacidad, de los recursos necesarios
para el acceso a la tutela, a la información, a la evaluación y al propio desempeño de las
prácticas en igualdad de condiciones.
i) A conciliar, en el caso de estudiante con discapacidad, la realización de las
prácticas con aquellas actividades y situaciones personales derivadas o conectadas con
la situación de discapacidad.
j) Aquellos otros previstos en la normativa vigente.
cve: BOE-A-2021-15135
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Núm. 223