III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE UNIVERSIDADES. Convenios. (BOE-A-2021-15135)
Resolución de 8 de septiembre de 2021, de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., por la que se publica el Convenio con Llorente y Cuenca Madrid, SL, para la realización de prácticas académicas externas por parte de estudiantes de postgrado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 223
Viernes 17 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 114339
2. Durante la realización de las prácticas académicas externas, los estudiantes
tendrán los siguientes deberes:
a) Cumplir la normativa vigente relativa a prácticas externas establecida por
la UIMP.
b) Conocer y cumplir el proyecto formativo de las prácticas siguiendo las
indicaciones del tutor asignado por Llorente y Cuenca Madrid, S.L., bajo la supervisión
del tutor académico de la UIMP.
c) Mantener contacto con el tutor académico de la UIMP durante el desarrollo de la
práctica y comunicarle cualquier incidencia que pueda surgir, así como entregarle los
documentos e informes de seguimiento intermedio que le puedan ser requeridos, y, en
todo caso, la memoria final.
d) En caso de renuncia a las prácticas, el estudiante deberá comunicarlo por escrito
de forma motivada al tutor académico de la UIMP y a la UIMP
e) Incorporarse a Llorente y Cuenca Madrid, S.L. en la fecha acordada, cumplir el
horario previsto y respetar sus normas de funcionamiento, seguridad y prevención de
riesgos laborales.
f) Desarrollar el proyecto formativo y cumplir con diligencia las actividades
acordadas con Llorente y Cuenca Madrid, S.L., conforme a las líneas establecidas en el
mismo.
g) Elaboración de la memoria final de las prácticas y, en su caso, del informe
intermedio.
h) Guardar confidencialidad en relación con la información interna de Llorente y
Cuenca Madrid, S.L. y guardar secreto profesional sobre sus actividades, durante su
estancia y finalizada ésta.
i) Mostrar en todo momento una actitud respetuosa hacia la política de Llorente y
Cuenca Madrid, S.L., salvaguardando el buen nombre de la UIMP.
j) Cualquier otro previsto en la normativa vigente.
Derechos y deberes del tutor designado por Llorente y Cuenca Madrid, S.L. (artículo 11
del Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas
académicas externas de los estudiantes universitarios)
1.
Derechos:
a) Al reconocimiento de su actividad colaboradora por parte de la UIMP en los
términos previstos en el Convenio.
b) A ser informado acerca de la normativa que regula las prácticas externas así
como del proyecto formativo y de las condiciones de desarrollo.
c) A tener acceso a la UIMP para obtener información y el apoyo necesarios para el
cumplimiento de su función, especialmente a través del tutor académico designado por la
universidad.
Deberes:
a) Acoger al estudiante y organizar la actividad a desarrollar con arreglo a lo
establecido en el Proyecto Formativo.
b) Supervisar las actividades del estudiante, orientar y controlar el desarrollo de la
práctica con una relación basada en el respeto mutuo y el compromiso con el
aprendizaje.
c) Informar al estudiante de la organización y funcionamiento de Llorente y Cuenca
Madrid, S.L. y de la normativa de interés, especialmente la relativa a la seguridad y
riesgos laborales.
d) Coordinar con el tutor académico de la UIMP el desarrollo de las actividades
establecidas, incluyendo aquellas modificaciones del plan formativo que puedan ser
necesarias para el normal desarrollo de la práctica, así como la comunicación y
cve: BOE-A-2021-15135
Verificable en https://www.boe.es
2.
Núm. 223
Viernes 17 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 114339
2. Durante la realización de las prácticas académicas externas, los estudiantes
tendrán los siguientes deberes:
a) Cumplir la normativa vigente relativa a prácticas externas establecida por
la UIMP.
b) Conocer y cumplir el proyecto formativo de las prácticas siguiendo las
indicaciones del tutor asignado por Llorente y Cuenca Madrid, S.L., bajo la supervisión
del tutor académico de la UIMP.
c) Mantener contacto con el tutor académico de la UIMP durante el desarrollo de la
práctica y comunicarle cualquier incidencia que pueda surgir, así como entregarle los
documentos e informes de seguimiento intermedio que le puedan ser requeridos, y, en
todo caso, la memoria final.
d) En caso de renuncia a las prácticas, el estudiante deberá comunicarlo por escrito
de forma motivada al tutor académico de la UIMP y a la UIMP
e) Incorporarse a Llorente y Cuenca Madrid, S.L. en la fecha acordada, cumplir el
horario previsto y respetar sus normas de funcionamiento, seguridad y prevención de
riesgos laborales.
f) Desarrollar el proyecto formativo y cumplir con diligencia las actividades
acordadas con Llorente y Cuenca Madrid, S.L., conforme a las líneas establecidas en el
mismo.
g) Elaboración de la memoria final de las prácticas y, en su caso, del informe
intermedio.
h) Guardar confidencialidad en relación con la información interna de Llorente y
Cuenca Madrid, S.L. y guardar secreto profesional sobre sus actividades, durante su
estancia y finalizada ésta.
i) Mostrar en todo momento una actitud respetuosa hacia la política de Llorente y
Cuenca Madrid, S.L., salvaguardando el buen nombre de la UIMP.
j) Cualquier otro previsto en la normativa vigente.
Derechos y deberes del tutor designado por Llorente y Cuenca Madrid, S.L. (artículo 11
del Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas
académicas externas de los estudiantes universitarios)
1.
Derechos:
a) Al reconocimiento de su actividad colaboradora por parte de la UIMP en los
términos previstos en el Convenio.
b) A ser informado acerca de la normativa que regula las prácticas externas así
como del proyecto formativo y de las condiciones de desarrollo.
c) A tener acceso a la UIMP para obtener información y el apoyo necesarios para el
cumplimiento de su función, especialmente a través del tutor académico designado por la
universidad.
Deberes:
a) Acoger al estudiante y organizar la actividad a desarrollar con arreglo a lo
establecido en el Proyecto Formativo.
b) Supervisar las actividades del estudiante, orientar y controlar el desarrollo de la
práctica con una relación basada en el respeto mutuo y el compromiso con el
aprendizaje.
c) Informar al estudiante de la organización y funcionamiento de Llorente y Cuenca
Madrid, S.L. y de la normativa de interés, especialmente la relativa a la seguridad y
riesgos laborales.
d) Coordinar con el tutor académico de la UIMP el desarrollo de las actividades
establecidas, incluyendo aquellas modificaciones del plan formativo que puedan ser
necesarias para el normal desarrollo de la práctica, así como la comunicación y
cve: BOE-A-2021-15135
Verificable en https://www.boe.es
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