III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE UNIVERSIDADES. Convenios. (BOE-A-2021-15135)
Resolución de 8 de septiembre de 2021, de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., por la que se publica el Convenio con Llorente y Cuenca Madrid, SL, para la realización de prácticas académicas externas por parte de estudiantes de postgrado.
16 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 17 de septiembre de 2021

Sec. III. Pág. 114338

c) Mantener contacto con el tutor académico de la UIMP durante el desarrollo de la
práctica y comunicarle cualquier incidencia que pueda surgir, así como entregarle los
documentos e informes de seguimiento intermedio que le puedan ser requeridos, y, en
todo caso, la memoria final.
d) En caso de renuncia a las prácticas, el estudiante deberá comunicarlo por escrito
de forma motivada al tutor académico de la UIMP y a la UIMP.
e) Incorporarse a Llorente y Cuenca Madrid, S.L. en la fecha acordada, cumplir el
horario previsto y respetar sus normas de funcionamiento, seguridad y prevención de
riesgos laborales.
f) Desarrollar el proyecto formativo y cumplir con diligencia las actividades
acordadas con Llorente y Cuenca Madrid, S.L. conforme a las líneas establecidas en el
mismo.
g) Elaboración de la memoria final de las prácticas y, en su caso, del informe
intermedio.
h) Guardar confidencialidad en relación con la información interna de Llorente y
Cuenca Madrid, S.L. y guardar secreto profesional sobre sus actividades, durante su
estancia y finalizada ésta.
i) Mostrar en todo momento una actitud respetuosa hacia la política de Llorente y
Cuenca Madrid, S.L., salvaguardando el buen nombre de la UIMP.
j) Cualquier otro previsto en la normativa vigente.
ANEXO
Formalización de prácticas
Dorso. Ejemplar para Llorente y Cuenca Madrid, S.L.
Derechos y deberes de los estudiantes en prácticas (artículo 9 del Real
Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas académicas
externas de los estudiantes universitarios)
1. Durante la realización de las prácticas académicas externas, los estudiantes
tendrán los siguientes derechos:
a) A la tutela durante la práctica por un profesor de la UIMP y por un profesional
que preste servicios en Llorente y Cuenca Madrid, S.L.
b) A la evaluación de acuerdo con los criterios establecidos por la UIMP
c) A la obtención de un informe por parte de Llorente y Cuenca Madrid, S.L., con
mención expresa de la actividad desarrollada, su duración y en su caso su rendimiento.
d) A percibir, en los casos en que así se estipule en el presente anexo, la
aportación económica de Llorente y Cuenca Madrid, S.L. en concepto de bolsa o ayuda
al estudio.
e) A la propiedad intelectual e industrial en los términos establecidos en la
legislación reguladora de la materia.
f) A recibir por parte de Llorente y Cuenca Madrid, S.L., información de la normativa
de seguridad y prevención de riesgos laborales.
g) A cumplir con su actividad académica, formativa y de representación y
participación, previa comunicación con antelación suficiente a Llorente y Cuenca Madrid,
S.L.
h) A disponer, en caso de estudiante con discapacidad, de los recursos necesarios
para el acceso a la tutela, a la información, a la evaluación y al propio desempeño de las
prácticas en igualdad de condiciones.
i) A conciliar, en el caso de estudiante con discapacidad, la realización de las
prácticas con aquellas actividades y situaciones personales derivadas o conectadas con
la situación de discapacidad.
j) Aquellos otros previstos en la normativa vigente.

cve: BOE-A-2021-15135
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 223