II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO. Especialidades sanitarias. (BOE-A-2021-15108)
Resolución 167/2021, de 22 de marzo, de la Dirección Gerencia de la Organización Sanitaria Integrada Goierri-Alto Urola, por la que se convoca concurso para la provisión de puesto de trabajo de Jefe/a de Sección Sanitaria de Nefrología.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 223

Viernes 17 de septiembre de 2021

Sec. II.B. Pág. 113632

Por cada miembro titular de la Comisión se nombrará un suplente que actuará en
ausencia del anterior y deberá reunir los requisitos establecidos para los miembros
titulares. En el caso de ser necesario podrá ser designado como miembro del
Tribunal su equivalente de cualquier otra organización de servicios de Osakidetza.
Todos los miembros de la Comisión de Valoración pertenecerán a la misma a
título individual. En su funcionamiento, serán independientes y actuarán amparados
por la discrecionalidad técnica, sin perjuicio de su sometimiento a derecho.
Su composición responderá al principio de presencia equilibrada de mujeres y
hombres, de acuerdo a lo dispuesto en la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la
Igualdad de Mujeres y Hombres, siempre que las circunstancias lo permitan,
considerándose que existe una representación equilibrada cuando cada sexo esté
representado al menos al cuarenta por ciento.
Las personas que integren la Comisión deberán abstenerse de actuar,
notificándolo a la autoridad convocante, cuando concurra en las mismas alguna de
las circunstancias contempladas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. En los mismos supuestos, las
personas participantes en el proceso podrán, en cualquier momento, promover
recusación, de conformidad con lo establecido en el artículo 24 del citado texto legal.
Asimismo, la Comisión de Valoración ajustará su actuación a las reglas
determinadas en los artículos 15 a 24 de la citada Ley 40/2015.
Todos los miembros de la Comisión de Valoración tendrán voz y voto siendo los
acuerdos de la misma adoptados por mayoría de votos y recogidos en un acta
dictada al efecto.
La Comisión actuará con plena autonomía funcional, velando por la legalidad del
procedimiento y siendo responsable de garantizar su objetividad. Asimismo,
resolverá todas las dudas que surjan en la aplicación de las bases de la
convocatoria, estableciendo los criterios que deban adoptarse en relación con los
supuestos no previstos en ellas. Además, deberán recoger en acta, previamente a la
evaluación de las personas aspirantes, los criterios específicos de evaluación
siguiendo las bases y el baremo de méritos recogido en las mismas.
6.

Procedimiento de selección

La valoración de méritos de las personas aspirantes constará de las fases
siguientes:
Memoria-Proyecto de gestión y defensa del mismo.

Las personas aspirantes serán convocadas fehacientemente por la Comisión de
Valoración para efectuar la defensa pública del proyecto de gestión cuya memoria
hayan presentado junto a la solicitud de participación en el proceso. Esta
convocatoria deberá efectuarse con una antelación mínima de 72 horas y deberá
indicar la fecha, lugar y la hora de intervención de las personas aspirantes, y
publicarse un anuncio de la misma en la página web de Osakidetza.
Con carácter general, previamente a la defensa pública de los diferentes
proyectos de gestión presentados, los miembros de la Comisión de Valoración
revisarán posibles causas de abstención o de recusación que puedan afectar a los
propios miembros de la Comisión, que serán notificadas al órgano convocante.
Posteriormente se procederá a efectuar el llamamiento individual de cada uno de
las personas aspirantes para que efectúe la exposición y defensa del proyecto,
seguida de una entrevista mediante la cual los miembros de la Comisión de
Valoración efectuarán preguntas acerca de aspectos contenidos en la misma para
una mayor aclaración o profundización. Tanto la exposición y defensa del proyecto
como la entrevista serán públicas.

cve: BOE-A-2021-15108
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