III. Otras disposiciones. MINISTERIO DEL INTERIOR. Comunidad Autónoma del Principado de Asturias. Convenio. (BOE-A-2021-15075)
Resolución de 9 de septiembre de 2021, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias, en materia de seguridad en los edificios de la Administración de Justicia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 222

Jueves 16 de septiembre de 2021

Sec. III. Pág. 113422

Las Unidades del Cuerpo de la Guardia Civil que tengan encomendado el servicio de
vigilancia de las sedes judiciales relacionadas, se encuadrarán en la 14.ª Zona de la
Guardia Civil de Asturias, con dependencia orgánica y funcional del mando
correspondiente de la Guardia Civil
b) La composición de estos destacamentos, que estarán integrados por personal en
situación de reserva del Cuerpo de la Guardia Civil, se concretará en el seno de la
Comisión de Seguimiento.
c) La Dirección General de la Guardia Civil anunciará las vacantes que se
produzcan a fin de mantener cubiertos los puestos de servicio con el personal que
voluntariamente lo soliciten. Igualmente, seleccionarán al personal más idóneo que
cumpla las condiciones requeridas para cada puesto.
d) En el ejercicio de sus funciones, los miembros de las Unidades dependerán a
todos los efectos del Jefe de la Unidad en la que estén encuadrados.
Cualquier propuesta o sugerencia relacionada con el servicio que consideren
oportuna exponer los responsables de la Administración del Principado de Asturias, a
cuyo cargo se encuentre el edificio o instalación de que se trate, la cursarán ante el Jefe
de la Guardia Civil responsable de los Destacamentos de la Comunidad Autónoma, o
ante una Comisión Técnica de la Comisión Mixta de Seguimiento del Convenio, que
resolverá lo pertinente.
Tercera.

Compromisos de la Administración del Principado de Asturias.

a) Proporcionar la información necesaria y suficiente relativa a los edificios e
instalaciones para el ejercicio de las funciones de vigilancia y protección objeto de este
Convenio.
b) Facilitar los medios e instalaciones necesarios para el desempeño de los
cometidos de vigilancia y protección de los edificios judiciales. Las peticiones de dichos
medios deberán ser analizadas y aprobadas por la Comisión Mixta de Seguimiento y
están sujetas a las disposiciones presupuestarias.
c) Para coadyuvar al desarrollo de las actividades contempladas en el presente
Convenio, la Administración del Principado de Asturias, a través de la Consejería de
Presidencia, aportará las cantidades que resulten de la diferencias retributivas entre las
situaciones de activo y reserva sin destino de los efectivos adscritos al servicio, así como
un complemento de productividad atendiendo a la peculiaridad de los distintos puestos
de trabajo con un máximo de quinientos cincuenta mil euros (550.000 €) cantidad
consignada a tal efecto en la aplicación 11.03.126C.400.005 de los Presupuestos
Generales del Principado de Asturias para 2021.
La percepción del complemento de productividad mensual en caso de baja médica,
no producida durante la prestación del servicio, se reducirá en proporción al número de
días de no disponibilidad por dicho motivo que corresponda al período. Esta
circunstancia se tendrá en cuenta en las liquidaciones por prestación del servicio.
En caso de modificarse las cuantías individuales a percibir en concepto de
productividad sobre las fijadas inicialmente en el presente Convenio, las mismas deberán
tener la aprobación previa de la Dirección General de Costes de Personal y Pensiones
Públicas, pues dicho órgano es el que tiene la competencia de aprobar el incremento de
productividad, que permite generar los fondos ingresados en el Tesoro Público en el
presupuesto de gastos de la Guardia Civil. En todo caso, su abono, deberá ser aprobado
por la Administración del Principado de Asturias.
Dicha contraprestación económica se ingresará en el Tesoro Público, cuenta
restringida en la recaudación de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria de
liquidaciones practicadas por la Administración y otros ingresos no tributarios, a favor de
la Dirección General de la Guardia Civil, indicando en el texto libre de la operación del

cve: BOE-A-2021-15075
Verificable en https://www.boe.es

La Administración del Principado de Asturias, a través de la Consejería de
Presidencia, se compromete a: